Glosario
Deducciones o descuentos tributarios.
Son los porcentajes o valores fijos que por disposición de la ley se autorizan disminuir de un impuesto.
Deducciones.
Todos los descuentos que afectan la asignación básica mensual de los servidores públicos y las mesadas de los pensionados. Dentro de éstas podemos mencionar: cotizaciones obligatorias a seguridad social, cotizaciones voluntarias, retención en la fuente, embargos, estampillas pro hospitales, sindicatos, cooperativas y a terceros.
Defecto.
Incumplimiento de un requisito asociado a un uso previsto o especificado.
Defensa y seguridad.
Incluye las inversiones orientadas a mejorar y fortalecer la capacidad de operación de la fuerza pública y demás organismos de seguridad del Estado.
Defensor del usuario en salud.
Es el vocero de los afiliados ante las respectivas Entidades Promotoras de Salud en cada departamento, con el fin de conocer, gestionar y dar traslado a las instancias competentes de las quejas relativas a la prestación de servicios de salud. Fuente: Superintendencia de Salud (www.supersalud.gov.co), Circular Externa No. 049 de 2008
Déficit cualitativo.
Hace referencia a las viviendas particulares que presentan carencias habitacionales en los atributos referentes a la estructura, espacio y a la disponibilidad de servicios públicos domiciliarios y por tanto, requieren mejoramiento o ampliación de la unidad habitacional en la cual viven.
Déficit fiscal.
Diferencia negativa entre la Ejecución de los Ingreso y los Gastos públicos en una determinada vigencia anual, de acuerdo con el movimiento presupuestal e incluyendo tanto operaciones de caja de causación.
Déficit habitacional.
Diferencia que existe entre la demanda de viviendas y la oferta de las mismas.
Déficit presupuestal.
Es la suma algebraica de la diferencia positiva de lo recaudado frente a lo presupuestado y la diferencia positiva de lo efectivamente gastado y lo presupuestado.
Defraudaciones.
Este riesgo puede presentarse de dos formas. Cuando mediante cualquier mecanismo clandestino o alterando los sistemas de control o aparatos contadores, se apropien de energía eléctrica, agua, gas natural, o señal de telecomunicaciones, en perjuicio ajeno; y en el caso de las rentas aduaneras, cuando sean declarados tributos aduaneros por un valor inferior al que por ley corresponde.