Glosario

Movimientos en Masa

Todo movimiento ladera abajo de una masa de roca, de detritos o de tierras por efectos de la gravedad (Cruden, 1991). Algunos movimientos en masa son lentos, a veces imperceptibles y difusos; en tanto que otros pueden desarrollar velocidades altas. Los principales tipos de movimientos en masa comprenden caídas, deslizamientos, reptación, flujos y propagación lateral.  

Multa.

Se presenta cuando el contratista incumple parcialmente una o más cláusulas del contrato. Para algunos tratadistas, no es considerada una sanción, sino mas bien una enérgica llamada de atención, con el fin de que el contratista de cabal cumplimiento a lo pactado.

Multimedia.

Sistema que utiliza de manera simultánea más de un medio de comunicación (texto, audio, video) en la presentación de la información.

Municipalizado.

Son los servidores públicos que ingresaron inicialmente a la unidad regional de salud, con los cuales se hizo un convenio para determinar que ingresaban a la nómina del Municipio.

Municipio.

De acuerdo con el artículo 311 de la Constitución Política de Colombia, es la entidad territorial fundamental de la división político-administrativa del Estado. De acuerdo con la Ley 136 de junio 2 de 1994, el municipio es la entidad territorial fundamental de la división político-administrativa del Estado, con autonomía política, fiscal y administrativa dentro de los límites que le señalen la constitución y las leyes de la República. Dentro de sus objetivos están la eficiente prestación de los servicios públicos a su cargo, la construcción de las obras que demande el progreso local, la ordenación de su territorio, la promoción de la participación comunitaria en la gestión de sus intereses y el mejoramiento social y cultural de sus habitantes.

Musicalizar.

Poner música a un texto para que pueda ser cantado.

Mutación física.

Indica la agregación o segregación de áreas, por contratos, o certificados del Alcalde Municipal sobre nuevas construcciones, demoliciones o deterioros, dichas mutaciones podrán comprobarse por medio de escritura pública.

Mutación.

Se entiende por mutación catastral todo cambio que sobrevenga respecto de los elementos físico, jurídico o económico de los predios cuando sea debidamente inscrito en el Catastro. Para los efectos catastrales las mutaciones se clasificarán en el orden siguiente: • Mutaciones de primera clase: Las que ocurran respecto del cambio de propietario o poseedor. • Mutaciones de segunda clase: Las que ocurran en los límites de los predios, por agregación o segregación, con o sin cambio de propietario o poseedor. • Mutaciones de tercera clase: Las que ocurran en los predios, bien sea por nuevas edificaciones, construcciones, o por demoliciones de éstas • Mutaciones de cuarta clase: Las que ocurran en los avalúos de los predios de un municipio por renovación total o parcial de sus aspectos físicos y económicos, tales como los reajustes anuales ordenados por los artículos 6º y 7º de la Ley 14 de 1983 y por los auto-avalúos legalmente aceptados. • Mutaciones de quinta clase: Las que ocurran como consecuencia de la inscripción de predios o mejoras por edificaciones no declarados u omitidos durante la formación o la actualización de la formación del catastro. • Mutaciones Mixtas: Son los cambios que se presentan por ocurrencia simultánea de dos o más clases de mutaciones. Para fines estadísticos se clasificarán siguiendo el orden establecido en el artículo anterior. Así, si concurre una mutación de primera con otra de segunda, se clasificará como de primera; si concurre una de segunda con otra de tercera, se anotará como de segunda, etc.

Versión 7.0.1

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