Funciones del organismo

Distrito de Santiago de Cali, ciudad cultural y deportiva del Suroccidente Colombiano.
Nuestras funciones, según Decreto extraordinario No. 516 de 2016 son:
- Diseñar las estrategias, planes y programas para el manejo integral de los residuos sólidos, alumbrado público y servicios funerarios.
- Dirigir y coordinar la prestación de los servicios públicos propios del manejo integral de residuos sólidos, el servicio de alumbrado público y los servicios funerarios.
- Realizar el seguimiento y la evaluación de los servicios propios del manejo integral de residuos sólidos, alumbrado público y servicios funerarios.
- Promover la participación democrática de los usuarios de los servicios a su cargo.
- Realizar el seguimiento a los prestadores y operadores de los servicios públicos.
- Realizar los estudios técnicos que permitan la prestación de los servicios públicos con calidad, cobertura y continuidad.
- Promover la participación de los usuarios en la gestión y fiscalización de las entidades que prestan servicios públicos.
- Otorgar a los usuarios de servicios públicos domiciliarios los subsidios, de acuerdo con lo dispuesto en la normatividad.
- Administrar el Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos del orden municipal para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, conforme a la normatividad vigente.
- Realizar el reconocimiento del pago del programa de mínimo vital de Agua Potable, para los suscriptores residenciales de los estratos 1 y 2 del Municipio y la zona rural.
- Compilar y reportar la información de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo en el Sistema Único de Información - SUI
- Ejercer la coordinación intersectorial, interinstitucional y con la sociedad civil organizada en el marco de la ¡implementación del Sistema de Gestión de Residuos Sólidos.
- Otorgar las autorizaciones para la instalación de infraestructura de TIC en el municipio.
- Administrar la prestación del servicio de alumbrado público y supervisar los prestadores del mismo.
- Diseñar e implementar el alumbrado ornamental y navideño.
- Administrar la prestación del servicio de recolección de residuos sólidos, poda de árboles y césped, y supervisar los prestadores del mismo.
- Cumplir y coordinar con los demás organismos y entidades el cumplimiento de las sentencias proferidas por las jurisdicciones constitucional y de lo contencioso administrativo, proferidas en contra de la entidad territorial, en aquellos asuntos relacionados con el propósito de la Unidad.
- Operar el sistema de tratamiento de lixiviados del antiguo sitio de disposición final de Navarro.
- Realizar las actividades de post clausura del antiguo sitio de disposición final de Navarro.
- Mantener actualizado el censo de recicladores de oficio de acuerdo a la normatividad vigente. 21. Implementar el esquema de aprovechamiento de residuos sólidos domiciliarios.
- Implementar el control de residuos sólidos domiciliarios.
- Implementar la infraestructura del esquema de aprovechamiento de residuos sólidos domiciliarios.
- Implementar el esquema de aprovechamiento de residuos de construcción y de demolición.
- Promover la conformación de las Juntas Administradoras de Agua o Asociaciones de Usuarios para la administración de los acueductos rurales.
- Coordinar el Comité de Inclusión Social de Recicladores de oficio.
- Realizar la construcción, ampliación y mejoramiento de la infraestructura de servicios de acueducto y alcantarillado en la zona rural que se encuentre debidamente regularizada, en proceso de regularización urbanística o con concepto viable expedido por el Departamento Administrativo de Planeación Municipal.
- Suministrar apoyo técnico y social a los pequeños prestadores de Servicios públicos de acueducto y alcantarillado de conformidad a los recursos existentes.
- Desarrollar las demás funciones y negocios que le sean asignadas acordes con su competencia.
Parágrafo. La prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado en la zona rural será prestada por las empresas de servicios públicos de carácter oficial, privado o mixto o quien en el marco de la Ley 142 de 1994, pueda hacerlo.
Fecha de publicación 29/01/2018
Última modificación 18/10/2022