Glosario

Certificación de cumplimiento de requisitos para vehículos de carga.

Es la autorización expedida por el Ministerio de Transporte, para la matrícula inicial de un vehículo de carga para el servicio público, sin este requisito no es factible el registro.

Certificado de calidad del bien.

Certificado que determina las condiciones legales y físicas en la que se encuentra un Bien Inmueble con el fin de que incurrir en errores y posteriores investigaciones de acuerdo a inversión que realice el Municipio o la comunidad sobre dichos Bienes.

Certificado de disponibilidad presupuestal.

Acto Administrativo expedido por la oficina de Presupuesto de cada Dependencias de la Administración Central, en el cual consta la existencia de asignación Presupuestal para atender un determinado gasto.

Certificado de tradición.

Documento que se expide al interesado con el fin de saber a nombre de quien esta un determinado inmueble.

Certificado digital.

Un bloque de caracteres que acompaña a un documento y que certifica quién es su autor (autenticación) y que no haya existido ninguna manipulación de los datos (integridad). Para firmar, el firmante emisor utiliza una clave secreta que le vincula al documento. La validez de la firma podrá ser comprobada por cualquier persona que disponga de la clave pública del autor.

Certificado.

Documento, generalmente de carácter publico, pero que también puede ser privado por el que se acredita o atestigua un hecho del cual lo suscribe y tiene conocimiento.

Cesantías anualizadas.

Aquellas que se reconocen a los servidores públicos que ingresaron a trabajar a partir del 1 de Enero de 1997 y los servidores que han hecho cambio de régimen, dentro del término que la ley se los permitió. Se liquidan por vigencias de un (1) año y se consignan en un fondo, a más tardar el 14 de Febrero de cada año. Para retirarlas el servidor público debe solicitar la autorización de la Subdirección Administrativa del Recurso Humano y se pagan solo en los casos que establece la Ley.

Cesantías definitivas.

Se reconocen y cancelan cuando el servidor público se desvincula de la entidad.

Cesantías parciales.

Son los adelantos de cesantías que se hace a los servidores públicos que las requieren y cumplen con los requisitos que la ley exige.

Cesantías retroactivas.

Son las que se cancelan con el promedio del salario del último año de servicio, tienen derecho los servidores que ingresaron antes del 1 de Enero de 1997.

Versión 7.0.1

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