Negocios obligados a presentar información de compra de bienes y servicios en medios magnéticos
Ya iniciaron los vencimientos de plazos para que los contribuyentes presenten en medios magnéticos toda la información del año gravable 2016. Esto depende del último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT), sin tener en cuenta el número de verificación.
Los medios magnéticos deben presentarlos las personas naturales, jurídicas, sociedades de hecho, administradoras de carteras colectivas, sociedades administradoras de fondos de valores, los fondos de pensiones y cesantías, las cajas de compensación familiar, las uniones temporales y las sucesiones ilíquidas quienes según su patrimonio bruto o ingresos brutos sean superiores a 40.700 Unidades de Valor Tributario (UVT).
Aquellos contribuyentes que sean autoretenedores del impuesto de industria y comercio deberán reportar sus propias retenciones acumuladas.
También se debe entregar información por parte de las entidades bancarias con los movimientos contables de los ahorradores dependiendo del monto de depósitos o retiros.
Igual sucede con las empresas de servicios públicos y de telefonía.
El formato de entrega generado por el sistema debe ser radicado en la Ventanilla Única de Atención al Ciudadano o en los Centros de Administración Local (CALI) 5, 6, 9, 10, 15, 17, 19, 20 y 21.
Aquellos contribuyentes que no presenten la información en las fechas establecidas, o la información no corresponda se someten a sanciones hasta 7.500 UVT.
Negocios obligados a presentar información de compra de bienes y servicios en medios magnéticos
Anna María Castro Casas
Fecha de publicación 08/06/2017
Última modificación 08/06/2017