ABC Catastral
- Fortalece las finanzas públicas mediante una determinación más justa y equitativa del impuesto predial.
- Apoya los procesos de formalización, regularización y legalización de la propiedad, en articulación con las entidades competentes.
- Promueve la interoperabilidad y articulación entre los sistemas catastral y registral, contribuyendo a la seguridad jurídica y a la transparencia del mercado inmobiliario.
- Facilita la identificación, protección y gestión de áreas de interés ambiental y ecosistemas estratégicos.
- Aporta información clave para el diseño de políticas de gestión del riesgo y prevención de desastres.
- Proporciona datos fundamentales para la planeación de redes de servicios públicos domiciliarios y la modelación de tarifas.
- Mejora la planificación urbana y rural mediante un inventario integral y actualizado de los predios.
- Contribuye al desarrollo sostenible, la equidad en el acceso a la tierra y la construcción de paz territorial.
- Contribuye a la seguridad jurídica de la propiedad, en coordinación con el sistema registral.
- Ofrece avalúos catastrales actualizados, que sirven como referencia para transacciones inmobiliarias y trámites legales.
- Facilita la realización de trámites catastrales de manera más ágil.
- Apoya los procesos de formalización de predios informales, conforme a la normatividad vigente.
- Aumenta la transparencia del mercado inmobiliario local mediante información clara y verificable.
- Permite mantener actualizada la información fiscal, reduciendo riesgos de errores en el cobro del impuesto predial.
- Contribuye a una valorización más justa del inmueble, acorde con sus características reales.
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Catastro es la oficina responsable de las técnicas del trabajo para mantener actualizado el inventario de predios públicos y privados en Cali, con el objeto de lograr su correcta identificación física, jurídica, fiscal y económica.
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Predio es una posesión inmueble, tierra o hacienda, no separado por otro predio público o privado, con o sin construcciones y/o edificaciones, perteneciente a personas naturales o jurídicas, individualizados con una matrícula inmobiliaria.
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Destino económico es la actividad económica de explotación de un predio, construcción o terreno, de conformidad con la actividad predominante que en él se desarrolle, ya sea residencial, comercial, institucional, religioso, etc.
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Ficha catastral es el documento de la identificación de un predio, donde se consigna la información correspondiente al inmueble, con los datos físicos, jurídicos y económicos del mismo. Es uno de los productos comercializados en la Subdirección de Catastro, disponible al servicio de los ciudadanos.
- Predios que NO están en propiedad horizontal - NPH (casas, lotes, fincas): Avalúo = valor del terreno + valor de la construcción.
- Predios en propiedad horizontal – PH (apartamentos, oficinas): Avalúo = valor integral del inmueble.
AVALÚO = Terreno (Área Terreno x Valor Terreno) + Construcción (Área Construcción x Valor Construcción) + Anexo* (Área Construida x Valor Construcción)
*Ejemplos de anexos: enramadas, toboganes, tanques, marraneras, corrales, gallineros, establos, kioscos, canchas, patios cubiertos, entre otros.
¿Por qué puede variar el avalúo catastral?
- Cambios físicos: Ocurren cuando hay variaciones en el área del terreno o de la construcción, ampliaciones, demoliciones, mejoras, cambios en el uso del predio o en las características de la edificación.
- Cambios económicos: Se dan cuando varía el valor del metro cuadrado del terreno, de la construcción o de los anexos, debido al comportamiento del mercado inmobiliario.
- Área rural: actualización realizada en 2016.
- Área urbana:
- Año 2024: comunas 2, 3, 4, 8, 17, 19 y 22.
- Año 2025: comunas 1, 3, 9, 10, 11, 12 y 22.
- IVP: Indicador que permite estimar la variación porcentual en los precios de los predios, reflejando la dinámica del mercado inmobiliario. (Ley 1607 de 2012, Artículo 190).
- IPC: Indicador económico que mide las variaciones de los precios de un determinado conjunto de bienes y servicios representativos del consumo en los hogares del país. Este índice cuantifica la inflación a nivel nacional. (Ley 242 de 1995).
- Subdirección de Catastro: Se encarga de determinar el avalúo catastral de los predios, con base en el comportamiento del mercado inmobiliario.
- Subdirección de Impuestos y Rentas: liquida y factura el Impuesto Predial Unificado, aplicando las tarifas establecidas sobre el avalúo catastral.
- Que el avalúo catastral no sea mayor al valor comercial del predio. Pregúntese: ¿vendería mi inmueble por el valor que aparece en el avalúo?
- Que las áreas de terreno y construcción (metros cuadrados) registradas coincidan con la realidad física y con los documentos del predio.
- Que el uso del inmueble registrado sea el correcto (vivienda, comercio, institucional, religioso, entre otros).
¿Qué es la actualización catastral?
- Identificación de cambios físicos en los predios, áreas construidas nuevas, cambios en uso, modificación de las características constructivas.
- Determinación del valor de los predios a partir del estudio económico del mercado inmobiliario en el Distrito.
- Análisis de brecha registral para la incorporación de predios nuevos en la base catastral.
- Edición cartográfica de los predios con cambios físicos en la base de datos catastral.
- Ley 14 de 1983 - Por la cual se fortalecen los fiscos de las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones. Capítulo I - Normas sobre Catastro, Impuesto Predial E Impuesto De Renta Y Complementarios.
- Ley 44 de 1990 - por la cual se dictan normas sobre catastro e impuestos sobre la propiedad raíz, se dictan otras disposiciones de carácter tributario, y se conceden unas facultades extraordinarias.
- Ley 1450 de 2011 - Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 "Todos por un nuevo país - Art. 24 Formación Y Actualización De Los Catastros. - ...El avalúo catastral no podrá ser inferior al sesenta por ciento (60%) de su valor comercial.
- Ley 14 de 1983, artículo 24. obliga a las entidades territoriales a realizar el proceso de actualización en periodos máximos de 5 años.
- Decreto 148 de 2020 “Por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 79, 80, 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 y se modifica parcialmente el Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1170 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Administrativo de Información Estadística.”
- Ley 2294 del 19 de mayo del 2023 “Por el cual se expide el plan nacional de desarrollo 2022- 2026 “Colombia potencia mundial de la vida”.
- Resolución 1040 de 2023 “Por medio de la cual se expide la Resolución Única de la Gestión Catastral Multipropósito” del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC).
- Resolución 746 de 2024 “Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución número 1040 del 8 de agosto de 2023, única de la gestión catastral multipropósito” del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC).
- Resolución No. 4131.050.21.1847 del 05 de mayo de 2025, “Por la cual se ordena la modificación a la ejecución del proceso de actualización catastral de la formación catastral en el área urbana ordenada mediante resolución 4131.050.21.0473 de 19 de febrero de 2025”
- Resolución 4131.050.21.3937 del 11 de agosto de 2025 “Por la cual se ordena el inicio y la ejecución del proceso de actualización de la formación catastral con el fin de garantizar el mantenimiento en el área urbana correspondiente a las comunas 3 y 22 del Distrito de Santiago de Cali”.
Tablas de destinos económicos 2019