Receptor de RCD

Receptor de RCD


 

 

Persona natural o jurídica que, sin que la gestión de Residuos de Construcción y Demolición (RCD) constituya su actividad principal, utiliza RCD para aprovechamiento como materia prima dentro de su proceso productivo a través de simbiosis industrial, ya sea en proyectos, obras o actividades de la misma persona o de otras personas dentro del territorio nacional, bajo las condiciones establecidas en esta resolución.”

 

Obligaciones del Receptor:

 

Sin perjuicio de que el gran generador y el receptor cumplan con la normativa vigente relacionada con la calidad y uso de los materiales y productos, son obligaciones del receptor:

  1. Especificar el proceso, proyecto, obra o actividad para el cual el RCD será utilizado como materia prima, para lo cual deberá diligenciar los Anexos VI y VII de la presente resolución.
  2. Entregar al gran generador los siguientes soportes del aprovechamiento de RCD en sus actividades:
    - Registro fotográfico del proyecto, obra o actividad para la que se requiere el RCD.
    - Fecha programada para la recepción de los RCD aprovechables.
    - El receptor debe adjuntar copia de los permisos, autorizaciones y licencias a que haya lugar para el desarrollo del proyecto, obra o actividad.
  3. Contar, como mínimo, con un área de almacenamiento de RCD debidamente separados.
  4. Expedir constancia al generador de la cantidad exacta de residuos aprovechados en un tiempo máximo de 15 días calendario posteriores a la recepción del material, conforme a la información requerida en el formato del Anexo VI.
  5. Para los casos en los que el generador y el receptor correspondan a la misma persona natural o jurídica, expedir el certificado de autodeclaración con la información contenida en el formato del Anexo VII, que forma parte integral de la presente resolución.

 

Nombre:
Anexo VI Formato de certificación de receptor de RCD.pdf 0.41Mb 18/07/2022
Descripción:

Formato a través del cual las personas que se dedican a ser receptoras de residuos de construcción y demolición se pueden certificar como tal.


 

Nombre:
Anexo VII Formato autodeclaracion de receptor.pdf 0.39Mb 18/07/2022
Descripción:

Formato a través del cual las personas que se dedican a ser receptoras de residuos de construcción y demolición se pueden autodeclarar como tal.


 

 


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Fecha de publicación 17/08/2022
Última modificación 17/08/2022

Versión 7.0.1

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