29 de marzo, un año de entrada en vigor del Código General Disciplinario
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Publicación:
29/03/2023
Modificación: 29/03/2023
Hace un año entró en vigor el Código General Disciplinario, un cuerpo normativo compuesto por las leyes 1952 del 2019 y 2094 del 2021, con excepción del artículo que regula la prescripción de la acción disciplinaria, el cual entrará en vigencia el 29 de diciembre del 2023.
El Departamento Administrativo de Control Disciplinario Interno de la Alcaldía de Cali, ha establecido mesas de estudio permanentes con los operadores disciplinarios del organismo, con el fin de abordar los cambios señalados en la nueva norma.
El Código General Disciplinario vigente precisa definiciones como la de culpabilidad, determinando que la conducta disciplinaria será dolosa cuando el disciplinable conozca los hechos constitutivos de falta, su ilicitud y quiera su realización. De otra parte, elimina la caducidad de la acción, que había sido introducida en la Ley 1474 del 2011 y retorna la figura de la prescripción, además contiene un régimen de pruebas propio que no dependerá de la remisión normativa a otros estatutos procedimentales.
La nueva norma también señala aspectos claves que enmarcan el régimen sustantivo y procesal en cuanto a principios, prescripción, conductas, sanciones, sistema probatorio, beneficios por colaboración, titularidad de la potestad disciplinaria, división de roles y doble conformidad, salas disciplinarias, destacando la prevalencia del principio de la Dignidad Humana, entre otros.
El Departamento Administrativo de Control Disciplinario Interno de la Alcaldía de Cali, ha establecido mesas de estudio permanentes con los operadores disciplinarios del organismo, con el fin de abordar los cambios señalados en la nueva norma.
El Código General Disciplinario vigente precisa definiciones como la de culpabilidad, determinando que la conducta disciplinaria será dolosa cuando el disciplinable conozca los hechos constitutivos de falta, su ilicitud y quiera su realización. De otra parte, elimina la caducidad de la acción, que había sido introducida en la Ley 1474 del 2011 y retorna la figura de la prescripción, además contiene un régimen de pruebas propio que no dependerá de la remisión normativa a otros estatutos procedimentales.
La nueva norma también señala aspectos claves que enmarcan el régimen sustantivo y procesal en cuanto a principios, prescripción, conductas, sanciones, sistema probatorio, beneficios por colaboración, titularidad de la potestad disciplinaria, división de roles y doble conformidad, salas disciplinarias, destacando la prevalencia del principio de la Dignidad Humana, entre otros.
Mediante el Observatorio para la Vigilancia de la Conducta Oficial, en el 2022 el Departamento de Control Disciplinario Interno de la Alcaldía adelantó un proyecto de investigación sobre la evolución de la norma disciplinaria, que puede ser consultado en el siguiente enlace:
https://www.cali.gov.co/ disciplinario/publicaciones/ 115227/publicaciones_ observatorio_de_la_gestion_ publica_municipal/
https://www.cali.gov.co/
Claudia Salas