Oficina de Comunicaciones


De acuerdo a lo establecido en el Artículo 42 del Decreto Extraordinario No. 411.0.20.0516 de 28 de septiembre de 2016,  "Por el cual se determina la estructura de la Administración Central y las funciones de sus dependencias",  la Oficina de Comunicaciones tendrá por funciones, las siguientes: 

  1. Definir la estrategia de comunicaciones de la Alcaldía de Santiago de Cali.
  2. Desarrollar campañas de comunicación internas y externas de la Alcaldía de Santiago de Cali.
  3. Planear y producir contenidos informativos y de comunicación corporativa de la Alcaldía de Santiago de Cali.
  4. Administrar y actualizar los contenidos de los espacios institucionales de la Alcaldía de Santiago de Cali en los medios de comunicación internos y externos.
  5. Administrar y actualizar los contenidos y los perfiles institucionales en las redes sociales de la Alcaldía de Santiago de Cali. 
  6. Administrar las plataformas y los medios de comunicación propios de la Alcaldía de Santiago de Cali, en coordinación con el Departamento Administrativo de Tecnologías de Información y las Comunicaciones.
  7. Formular el Manual de Identidad Corporativa y verificar su adecuada aplicación.
  8. Elaborar los planes de medios para difundir la gestión de la Alcaldía de Santiago de Cali.
  9. Liderar el protocolo oficial en todos los eventos de la Alcaldía de Santiago de Cali y de sus organismos y dependencias.
  10. Coordinar la organización y realización de los actos, eventos o ceremonias que deba atender el Alcalde y los organismos y dependencias de la Administración Central.
  11. Elaborar estrategias de comunicaciones para el manejo de situaciones imprevistas.
  12. Definir la estrategia de comunicación de las rendiciones de cuentas de la Alcaldía de Santiago de Cali, y aplicarla en conjunto con los organismos y dependencias.
  13. Medir la percepción ciudadana sobre la gestión de la Administración Municipal.
  14. Publicar los actos administrativos de carácter general de la Administración Municipal y facilitar el acceso de los ciudadanos a su conocimiento y fiscalización, de conformidad con la ley.
  15. Desarrollar las demás funciones y negocios que le sean asignados acordes con su competencia.

 


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Fecha de publicación 13/02/2017
Última modificación 05/02/2024

Versión 7.0.1

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