Secretaría de Gobierno

La Secretaría de Gobierno es la instancia articuladora de todos los organismos y dependencias de la entidad y las entidades descentralizadas del Municipio de Santiago de Cali para facilitar el buen desempeño de la Administración y la consecución de las metas del Plan de desarrollo.
La Secretaría de Gobierno tiene la siguiente estructura:
1. Despacho del Alcalde.
2. Despacho del Secretario de Gobierno.
3. Oficina de la Secretaría Privada.
4. Oficina Asesora de Transparencia.
5. Oficina de Relaciones y Cooperación.
Funciones:
1. Articular los organismos y dependencias de la Administración Central y las entidades descentralizadas del Municipio de Santiago de Cali para facilitar el buen desempeño de la administración y la consecución de las metas del respectivo plan de desarrollo.
2. Monitorear y hacer seguimiento a los temas estratégicos definidos por el Alcalde.
3. Coordinar, bajo las directrices del Alcalde, el Consejo de Gobierno y ejercer su secretaría técnica.
4. Revisar desde la dimensión procedimental y de forma los documentos que deban someterse a la firma o aprobación del Alcalde.
5. Coordinar, con los demás organismos, la agenda y presentación de los proyectos de acuerdo del Gobierno ante el Concejo Municipal.
6. Coordinar las relaciones políticas de la Administración Municipal con las corporaciones públicas de elección popular y los gobiernos de los diferentes niveles de la Administración Pública.
7. Representar al Alcalde, previa delegación, en comités, juntas directivas, reuniones, consejos, entre otros.
8. Hacer seguimiento a los comités, juntas directivas, reuniones, consejos, entre otros, a los que deba asistir el Alcalde o sus delegados, y coordinar la postura que en ellos debe expresar la Administración Municipal, previa consulta con el Alcalde.
9. Coordinar los procesos de postulación oficial de la Alcaldía de Santiago de Cali y de sus servidores públicos a premios locales, regionales, nacionales e internacionales.
10. Efectuar el seguimiento al cumplimiento y desarrollo de las facultades extraordinarias que le conceda el Concejo Municipal al Alcalde, para su oportuno ejercicio.
11. Desarrollar las demás funciones y negocios que le sean asignados acordes con su competencia.
Decreto Extraordinario No. 411.0.20516 de 28 de septiembre de 2016, "Por el cual se determina la estructura de la Administración Central y las funciones de sus dependencias"
Fecha de publicación 13/02/2017
Última modificación 11/10/2023