Oficina de la Secretaría Privada


De acuerdo a lo establecido en el Decreto Extraordinario No. 411.0.20.0516 de 28 de septiembre de 2016,  "Por el cual se determina la estructura de la Administración Central y las funciones de sus dependencias",  la Oficina de la Secretaría Privada tendrá por funciones, las siguientes:

  1. Administrar y coordinar los recursos humanos y físicos del Despacho del Alcalde y de los altos consejeros y sus asesores adscritos. 
  2. Atender y resolver las peticiones ciudadanas que correspondan al Alcalde, cuando no sean asignadas a otros organismos o entidades. 
  3. Planear y coordinar la agenda del Alcalde y la logística, seguridad y el protocolo relacionados. 
  4. Hacer seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos por el Alcalde en las reuniones a las que asista, en coordinación con el Secretario de Gobierno. 
  5. Acompañar al Alcalde a las reuniones que él considere necesarias. 
  6. Coordinar la respuesta o traslado por competencia de los requerimientos de los Órganos de Control hechos al Despacho del Alcalde y la Secretaría de Gobierno. 
  7. Enviar al Gobernador, dentro de los cinco (5) días siguientes a su sanción o expedición, los Acuerdos del Concejo, los Decretos de carácter general que expida el Alcalde, los actos mediante los cuales se reconozca y decrete honorarios a los Concejales, y los demás de carácter particular que el Gobernador solicite. 
  8. Desarrollar las demás funciones y negocios que le sean asignados acordes con su competencia.

 

 


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Fecha de publicación 13/02/2017
Última modificación 05/02/2024

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