Autoridad sanitaria del Municipio, realiza recomendaciones para el día de los niños
La Secretaría de Salud del Municipio, hace un llamado a las instituciones de salud y educación, a los Centros de Desarrollo Infantil, Hogares Comunitarios, Jardines infantiles, padres de familia y cuidadores de niños, para que la celebración de los menores, seguir las recomendaciones para prevenir algún riesgo en esta fecha.
Acompañe a los niños durante todo el recorrido. Nunca permita que salgan solos a pedir dulces.
No les coloque mascaras ni disfraces incómodos, que impidan su identificación ni obstruya las vías respiratorias, la visión o pueda causarles tropiezos al caminar.
Si usa maquillaje, asegúrese que la pintura no sea tóxica y cuente con registro sanitario.
Permita que reciban dulces solo de personas conocidas, vecinos o de establecimientos reconocidos como centros comerciales y almacenes de cadena.
Antes que consuman cualquier obsequio comestible, examínelo usted mismo. No permita que consuman dulces de aspecto húmedo o con envolturas sospechosas y Verifique la fecha de vencimiento.
Inspeccione los alimentos de fabricación casera y descártelos si sospecha que están en mal estado o generan desconfianza.
Revise los dulces cuando regrese a casa y guarde solamente los que estén debidamente envueltos y cuenten con registro sanitario.
No transite por lugares de escasa luz, ni permita que los niños ingresen a casas desconocidas.
Verifique que la zona donde se va a realizar el recorrido sea segura y conocida por el adulto, procure andar en grupos y no separarse. En lo posible lleve un teléfono celular para emergencias.
Salga en lo posible a tempranas horas y no espere la noche, procure no correr con el niño. Tampoco permita que los niños suban a vehículos de personas desconocidas.
Oriéntelos en caso de un eventual extravío. Anote su nombre, dirección y teléfono y colóquelo en el bolsillo del disfraz, en una etiqueta o manilla visible.
En los lugares de concentración masiva o aglomeración de gente, tenga extremo cuidado con los niños, no los pierda de vista y manténgalos sujetados de la mano.
Si permite que los niños visiten su casa, deje encendidas las luces de la entrada y entregue los dulces y obsequios en su empaque original.
Debido a que en chocolates, dulces y confites es fácil adicionar escopolamina o sustancias alucinógenas que pueden ocasionar pérdida de la memoria y falta de voluntad, se sugiere no consumirlos inmediatamente son recibidos, sino en la vivienda.
Recuerde que debido al alto consumo de dulces, los niños pueden presentar dolor abdominal, náuseas, vómito y cuadros diarreicos. Ante estos síntomas, los padres y cuidadores, deben llevarlos inmediatamente a la institución de salud correspondiente.
Para esta Secretaría, también es prioridad evitar quemaduras por el uso o manipulación de pólvora. Se recuerda que el uso y manipulación de pólvora está estrictamente prohibido en menores de edad y debe cumplirse con lo dispuesto en el Decreto 4481 de 2006, que prohíbe la venta de artículos pirotécnicos a menores de edad y a las personas en estado de embriaguez. Los padres de familia como responsables de los menores de edad deben evitar que manipulen pólvora o cualquier artefacto que pueda causarles daño, atente contra su integridad física y ponga en riesgo su vida.
La fabricación, expendio y uso de la pólvora, debe cumplir con lo estipulado en la normatividad vigente colombiana y lo dispuesto en la Ley 670 de 2001.
El decreto 4481 de 2006 y Decreto 623 de 2016, por medio de los cuales se prohíbe la venta de pólvora o artículos pirotécnicos a menores de edad, personas en estado de embriaguez y se dan las directrices de seguridad para el almacenamiento, transporte, distribución, venta y uso de la pólvora, artículos pirotécnicos o fuegos artificiales, con el propósito de proteger la vida, la salud y la preservación de la seguridad:
Los padres de familia y/o cuidadores como responsables de los menores de edad, están en la obligación de evitar que ellos manipulen pólvora o cualquier artefacto que pueda causar algún daño o lesión que atente contra su integridad física y ponga en riesgo su vida.
Está estrictamente prohibida la venta o comercialización, manipulación y uso de pólvora, artefactos pirotécnicos y globos de aire caliente por menores de edad y personas en estado de embriaguez o que hayan ingerido licor. Los adultos que permitan a los menores de edad acceder, manipular o hacer uso de pólvora, globos de aire caliente, fuegos artificiales o artículos pirotécnicos y los establecimientos que incumplan con lo dispuesto en esta normativa se les impondrán sanciones pecuniarias que oscilan entre los dos (2) y los (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes, adicionalmente se podrá realizar decomiso de los artículos y los menores serán puestos a disposición de un defensor de familia de acuerdo a lo estipulado en los anteriores decretos y la Ley 670 de 2001.
La red hospitalaria –pública y privada–, debe prestar la atención inicial de urgencias si alguna persona es afectada con quemaduras u otros daños corporales por el uso de pólvora o artículos pirotécnicos.
Las instituciones de salud deben brindar atención integral en salud a las personas lesionadas por el mal uso o manipulación de pólvora (Instituto Nacional de Salud), realizar las acciones descritas en el protocolo de vigilancia de lesiones por pólvora y notificar inmediatamente a la Secretaría de Salud Pública Municipal. Igualmente, informar cualquier situación a las autoridades competentes, Línea 123. Se anexa directorio de hospitales de la red pública de Cali y de Cuadrantes de la Policía Metropolitana de Cali.
Comunicar a las autoridades cualquier actividad peligrosa o irresponsable referente a la fabricación, almacenamiento, transporte, comercialización, venta y manipulación de pólvora, fuegos artificiales o artículos pirotécnicos en su comunidad, con el fin de prevenir lesiones o daños permanentes como resultado de estas actividades.
Puede comunicarse a la línea 123 - Centro Automático de Despacho (CAD), al número de su cuadrante o estación de policía más cercana.
Fecha de publicación 27/10/2017
Última modificación 27/10/2017