Autoridad sanitaria del Municipio, realiza recomendaciones para el día de los niños

Autoridad sanitaria del Municipio, realiza recomendaciones para el día de los niños


La Secretaría de Salud del Municipio, hace un llamado a las instituciones de salud y educación, a los  Centros de Desarrollo Infantil, Hogares Comunitarios, Jardines infantiles, padres de familia y cuidadores de niños, para que la celebración de los menores, seguir las recomendaciones para prevenir algún riesgo en esta fecha.

Acompañe a los niños durante todo el recorrido. Nunca permita que salgan solos a pedir dulces.

No les coloque mascaras ni disfraces incómodos, que impidan su identificación ni  obstruya las vías respiratorias, la visión o pueda causarles tropiezos al caminar.
Si usa maquillaje, asegúrese que la pintura no sea tóxica y cuente con registro sanitario.

Permita que reciban dulces solo de personas conocidas, vecinos o de establecimientos reconocidos como centros comerciales y almacenes de cadena.
Antes que consuman cualquier obsequio comestible, examínelo usted mismo. No permita que consuman dulces de aspecto húmedo o con envolturas sospechosas y  Verifique la fecha de vencimiento. 

Inspeccione los alimentos de fabricación casera y descártelos si sospecha que están en mal estado o generan desconfianza.

Revise los dulces cuando regrese a casa y guarde solamente los que estén debidamente envueltos y cuenten con registro sanitario.
No transite por lugares de escasa luz, ni permita que los niños ingresen a casas desconocidas.

Verifique que la zona donde se va a realizar el recorrido sea segura y conocida por el adulto, procure andar en grupos y no separarse. En lo posible lleve un teléfono celular para emergencias.

Salga en lo posible a tempranas horas y no espere la noche, procure no correr con el niño. Tampoco permita que los niños suban a vehículos de personas desconocidas.

Oriéntelos en caso de un eventual extravío. Anote su nombre, dirección y teléfono y colóquelo en el bolsillo del disfraz, en una etiqueta o manilla visible.

En los lugares de concentración masiva o aglomeración de gente, tenga extremo cuidado con los niños, no los pierda de vista y manténgalos sujetados de la mano.

Si permite que los niños visiten su casa, deje encendidas las luces de la entrada y entregue los dulces y obsequios en su empaque original.

Debido a que en chocolates, dulces y confites es fácil adicionar escopolamina o sustancias alucinógenas que pueden ocasionar pérdida de la memoria y falta de voluntad, se sugiere no consumirlos inmediatamente son recibidos, sino en la vivienda.

Recuerde que debido al alto consumo de dulces, los  niños pueden presentar  dolor abdominal, náuseas, vómito y cuadros diarreicos. Ante estos síntomas, los padres y cuidadores, deben llevarlos inmediatamente a la institución de salud correspondiente.

Para esta Secretaría, también es prioridad evitar quemaduras por el uso o manipulación de pólvora. Se recuerda que el uso y manipulación de pólvora está estrictamente prohibido en menores de edad y debe cumplirse con lo dispuesto en el Decreto 4481 de 2006, que prohíbe la venta de artículos pirotécnicos a menores de edad y a las personas en estado de embriaguez. Los padres de familia como responsables de los menores de edad deben evitar que manipulen pólvora o cualquier artefacto que pueda causarles daño, atente contra su integridad física y ponga en riesgo su vida.

 La fabricación, expendio y uso de la pólvora, debe cumplir con lo estipulado en la normatividad vigente colombiana y lo dispuesto en la Ley 670 de 2001.

El decreto 4481 de 2006 y Decreto 623 de 2016, por medio de los cuales se prohíbe la venta de pólvora o artículos pirotécnicos a menores de edad, personas en estado de embriaguez y se dan las directrices de seguridad para el almacenamiento, transporte, distribución, venta y uso de la pólvora, artículos pirotécnicos o fuegos artificiales, con el propósito de proteger la vida, la salud y la preservación de la seguridad:

Los padres de familia y/o cuidadores como responsables de los menores de edad, están en la obligación de evitar que ellos manipulen pólvora o cualquier artefacto que pueda causar algún daño o lesión que atente contra su integridad física y ponga en riesgo su vida.

Está estrictamente prohibida la venta o comercialización, manipulación y uso de pólvora, artefactos pirotécnicos y globos de aire caliente por menores de edad y personas en estado de embriaguez o que hayan ingerido licor. Los adultos que permitan a los menores de edad acceder, manipular o hacer uso de pólvora, globos de aire caliente, fuegos artificiales o artículos pirotécnicos y los establecimientos que incumplan con lo dispuesto en esta normativa se les impondrán sanciones pecuniarias que oscilan entre los dos (2) y los (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes, adicionalmente se podrá realizar decomiso de los artículos y los menores serán puestos a disposición de un defensor de familia de acuerdo a lo estipulado en los anteriores decretos y la Ley 670 de 2001.

La red hospitalaria –pública y privada–, debe prestar la atención inicial de urgencias si alguna persona es afectada con quemaduras u otros daños corporales por el uso de pólvora o artículos pirotécnicos.

Las instituciones de salud deben brindar atención integral en salud a las personas lesionadas por el mal uso o manipulación de pólvora (Instituto Nacional de Salud), realizar las acciones descritas en el protocolo de vigilancia de lesiones por pólvora y notificar  inmediatamente a la Secretaría de Salud Pública Municipal. Igualmente, informar cualquier situación a las autoridades competentes, Línea 123. Se anexa directorio de hospitales de la red pública de Cali y de Cuadrantes de la Policía Metropolitana de Cali. 

Comunicar a las autoridades cualquier actividad peligrosa o irresponsable referente a la fabricación, almacenamiento, transporte, comercialización, venta y manipulación de pólvora, fuegos artificiales o artículos pirotécnicos en su comunidad, con el fin de prevenir lesiones o daños permanentes como resultado de estas actividades.

Puede comunicarse a la línea 123 - Centro Automático de Despacho (CAD), al número de su cuadrante o estación de policía más cercana.

Autoridad sanitaria del Municipio, realiza recomendaciones para el día de los niños

Autoridad sanitaria del Municipio, realiza recomendaciones para el día de los niños

 


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Fecha de publicación 27/10/2017
Última modificación 27/10/2017

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