Establecen horario para la Ley Zanahoria
Con el firme propósito de contribuir al mejoramiento de la cultura ciudadana, la economía, la convivencia, la seguridad, el turismo y el impacto ambiental en Santiago de Cali, el alcalde Jorge Iván Ospina Gómez acordó con los empresarios de la diversión el Decreto 0380 de julio 2 de 2010, mediante el cual se reglamenta el funcionamiento de los establecimientos donde se consuma y expenda licor.
Para los establecimientos de comercio nocturno, cuyas actividades principales –simultáneamente- sean las de baile, expendio y consumo de licor, como discotecas, viejotecas, salones de baile, griles, clubes sociales, centros sociales privados y los que estén autorizados por el uso del suelo, aplica:
Los días lunes, martes, miércoles y jueves el horario será de 12:00 del día hasta la 1:00 de la mañana del día siguiente.
Los días viernes y sábado el horario será desde las 12:00 del día hasta las 3:00 de la mañana del día siguiente.
Los días domingo será de 10:00 de la mañana a 11:00 de la noche
Y los días vísperas de festivo, el horario de cierre será hasta las 3:00 de la mañana del día siguiente.
Para los establecimientos de comercio donde se expendan y consuma licor, como jugaderos de sapo y tejo, billares, estancos, fuentes de soda, salas de masaje, video bar, galleras y similares, el horario será:
Los días lunes, martes miércoles, jueves, viernes y sábado el horario será desde las 10:00 de la mañana hasta las 12:00 de la noche, incluso si son festivos.
Los días domingo será de 10:00 de la mañana a 11:00 de la noche. Cuando el lunes sea festivo el horario del domingo se extiende hasta las 12:00 de la noche.
Para los restaurantes bar, el horario será:
Días lunes, martes, miércoles y jueves, de 10:00 de la mañana a 1:00 de la mañana.
Los días viernes y sábado será de 10:00 de la noche a 2:00 de la mañana del día siguiente.
Y los domingos el horario de cierre será a las 11:00 de la noche y cuando sea previo a festivo, el cierre se extiende hasta las 2:00 de la mañana.
Conviene aclarar que a la hora del cierre, los establecimientos deben suspender la música y encender las luces. Y se ratifica que en ningún caso se podrá permitir la venta de licor a menores de edad.
/Margarita Cardona – margarita.cardona@cali.gov.co