Ahora los trámites del Código de Policía se pueden hacer en la Ventanilla Única de Atención al Ciudadano del CAM
La Ventanilla Única de Atención al Ciudadano de la Alcaldía de Cali, queda en el sector de la bahía del Centro Administrativo Municipal (CAM), en la avenida 2N con calle 11.
- La Secretaría de Seguridad y Justicia Distrital trasladó el punto de atención al ciudadano del Edificio Guzmán a la Ventanilla Única del CAM, para trámites relacionados con el Código de Policía.
- En el CAM se atenderán todos los trámites relacionados con el Código de Policía, ahora Código de Seguridad y Convivencia, como la consulta de órdenes de comparendo, expedición de recibos para pago o programación de cursos pedagógicos.
- En lo corrido de 2024 se han impuesto más de 50 mil comparendos por comportamientos contrarios a la convivencia.
Santiago de Cali, 23 de mayo de 2024
A partir del jueves (23.05.2024), todos los trámites relacionados con el Código Nacional de Seguridad y Convivencia, también conocido como Código de Policía, serán atendidos en la Ventanilla Única de Atención al Ciudadano, ubicada en el primer piso del Centro Administrativo Municipal (CAM).
Así lo decidió la Secretaría de Seguridad y Justicia Distrital, que antes prestaba este servicio en sus instalaciones del Edificio Guzmán, sumándose al objetivo de la Alcaldía que lidera Alejandro Eder de tener un solo punto de atención de trámites para la ciudadanía.
La Oficina de Atención al Ciudadano de la Alcaldía de Cali está abierta al público de lunes a viernes, en horario continuo de 8:00 a.m. a 4:30 p.m.
Lo que se puede hacer en el nuevo punto
1. Consultar el estado de cuenta del ciudadano, según los comparendos impuestos por comportamientos contrarios a la convivencia.
2. Generar los recibos de pago de las sanciones.
3. Programar las actividades pedagógicas cuando la sanción se pueda conmutar.
4. Radicar la solicitud para llegar a un acuerdo de pago del valor total de la multa.
5. Para objetar las órdenes de comparendo el ciudadano debe presentarse ante el inspector de policía, correspondiente a la comuna donde ocurrieron los hechos por los cuales la persona fue objeto de una orden sancionatoria.
Los comportamientos contrarios a la convivencia más sancionados
- Porte de elementos corto-punzantes o sustancias peligrosas.
- Incumplir, desacatar, desconocer e impedir la función o la orden de la Policía.
- Consumir, portar, distribuir, ofrecer o comercializar sustancias psicoactivas.
- Consumir sustancias prohibidas en estadios, parques, centros deportivos o en espacio público.
- Reñir, incitar o incurrir en confrontaciones violentas.
En Cali, entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2024, la Policía Nacional, amparada en el cumplimiento de la Ley de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016), ha impuesto orden de comparendo por la comisión de comportamientos contrarios a la convivencia a 50.458 personas.
Las sanciones
El Código Nacional de Seguridad y Convivencia regula el comportamiento de las personas en la sociedad, buscando armonizar las relaciones en comunidad. Para quienes incumplan la norma, se establecen cuatro tipos de multa.
Multa tipo 1: cuatro salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Multa Tipo 2: ocho salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Multa Tipo 3: 16 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Multa Tipo 4: 32 salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Las multas tipo 1 y 2 pueden ser conmutadas a cambio de participar en programas comunitarios o actividades pedagógicas de convivencia.
¿Qué pasa si no pago la multa?
El no pagar las multas impuestas por convivencia le impedirá:
- Obtener o renovar permiso de tenencia o porte de armas.
- Ser nombrado o ascendido en cargo público.
- Ingresar a las escuelas de formación de la Fuerza Pública.
- Contratar o renovar contrato con cualquier entidad del Estado.
- Obtener o renovar el Registro Mercantil en las cámaras de Comercio.
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Comunicaciones Secretaría de Seguridad y Justicia Distrital