San Antonio más planificado
En procura de elevar la calidad urbanística de la ciudad y con ello el mejoramiento de vida de los caleños, al mitigar impactos negativos, como lo consagra el Plan de Ordenamiento Territorial, la alcaldía de Jorge Iván Ospina, a través del Departamento Administrativo de Planeación municipal, trazó por medio del Decreto 411.0.20.0329 de junio 17 de 2010, las directrices de desarrollo urbano en el barrio San Antonio, polígono normativo PUR-PN-41-PAAUR.
El Decreto contempla en su artículo primero, la suspensión en este sector de la ciudad, de la expedición de conceptos de uso del suelo de comercio y de servicios. Sin embargo, se confirmó que las solicitudes radicadas con anterioridad a la vigencia de este acto administrativo continúan sus trámites de acuerdo con las disposiciones vigentes al momento de su radicación.
Igualmente se recuerda que las directrices trazadas en el citado Decreto para el barrio San Antonio seguirán mientras subsista la saturación de establecimientos comerciales y de servicios permitida en el área de actividad residencial neta que debe ser inferior a un 5% de la misma, lo que se establece en el Artículo 257 del POT.
También se especifica que en las edificaciones de este barrio, que conforma la comuna 3, donde se lleven a cabo actividades comerciales y de servicio que cumpla lo dispuesto en la Ley 232 de 1995, que cambien de propietario o que se establezca una nueva actividad permitida, no impactante, le será aprobado el concepto de uso de suelo, acorde con el POT.
Gustavo Sánchez gustavo.sanchez@cali.gov.co
Foto: skyscrapercity.com