El derecho a la bahía
Pero (parafraseando a Arango – 2005), es posible que aquello que se cree un derecho, sea la posición subjetiva de un individuo o comunidad, que cree poder aportar razones lógicas y normativas suficientes y que considera que el no reconocimiento de su posición, le ocasiona un daño al sujeto o la comunidad. Puede entonces no constituir un derecho aquello que sitúa al sujeto en el plano de las aspiraciones no resueltas, incluso por su propia inacción y la inacción de otros actores sociales e institucionales. Así las cosas, no constituyen derechos todo aquello que está en el ordenamiento jurídico o fáctico de una sociedad, por lo cual, si quienes nos movilizamos en vehículo particular, no encontramos una bahía de estacionamiento en el espacio público, no implica que se nos vulnere un derecho. Por tanto, aunque las bahías son parte constitutiva del espacio público y están acogidas como tal en diversas normas nacionales y locales, aspirar a tener acceso a ellas no se constituye en un derecho. Es decir, el derecho a la bahía no existe.
Lo que se puede deducir del desesperado llamado que hacen los comerciantes localizados sobre las troncales del SITM, es una manifestación implícita por la urgente necesidad de transformar la ciudad para adecuarla al cumplimiento de los derechos colectivos y las razonables aspiraciones de los diversos grupos de interés. Corresponde al Estado y los ciudadanos utilizar todos los instrumentos disponibles para este propósito. Reivindicar una supuesta violación de derechos inexistentes, soportada en la politización de procesos técnicos y quebrantamiento de la institucionalidad, no es otra cosa que aumentar pasivos a la deuda que Planeación tiene con la ciudad de Cali.
Renovar nuestra idea de ciudad, requiere de los individuos, las comunidades y los grupos de interés un giro en la percepción que sobre el Estado tienen y sobre su papel en el entramado del desarrollo urbano y territorial. También requiere de audacia por parte de los gestores y dirigentes de la nueva ciudad, para permitirnos pasar de la inacción o la respuesta simple y torpe, a la acción creativa. De ahí que si damos por supuesto que todo cambio exige renovación, entenderemos entonces que la renovación urbana no es solamente de las estructuras físicas, sino, previamente, de las estructuras mentales y administrativas.
/ David Millán Orozco – Subdirector del POT y Servicios Públicos
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Foto: Archivo Alcaldía