De nuevo, la DIAN asesora a organismos comunales para expedición del Registro Único de Beneficiarios (RUB)
- Nuevamente la Alcaldía, en articulación con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), insta a los organismos comunales para la expedición del RUB.
- Para facilitar esta tarea se brindará asesoría virtual el jueves 21 de noviembre, a las 5:00 p.m., a través del enlace: meet.google.com/npu-jskk-xoa,
- Este trámite debe realizarse antes del 31 de enero de 2025.
Santiago de Cali, 19 de noviembre de 2025
Una jornada virtual de asesoría para los organismos comunales, con respecto a la expedición del Registro Único de Beneficiarios (RUB), tendrá ocasión este jueves 21 de noviembre de 2024, a las 5 p.m. Así lo indicó Maritza Aponzá Zapata, subsecretaria de Promoción y Fortalecimiento de la Participación, de la Secretaría de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana.
La funcionaria expresó que se trata de una actividad de apoyo interinstitucional que se realizará entre la DIAN y la Subsecretaría, a través del enlace meet.google.com/npu-jskk-xoa, con el objetivo de que los organismos comunales cumplan con las normativas vigentes.
Cabe indicar que, aunque la DIAN extendió el plazo hasta el 31 de enero de 2025
(Resolución 109 de 2024) para que los organismos comunales diligencien el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB), es preciso que se tramite a la mayor brevedad este requisito exigido por el Estatuto Tributario Colombiano.
En el RUB se debe suministrar la información de los beneficiarios finales y aplica, para el caso de los organismos comunales, a los referidos en el artículo 7 de la Ley 2166 de 2021, que son: Juntas de Acción Comunal, Asociación de Juntas Comunales, Federación de Acción Comunal y Confederación Nacional de Acción Comunal (organismos de primer, segundo, tercer y cuarto grado). Es importante saber que, para la contratación con el Estado, se exige presentar este documento.
El beneficiario final, según la Resolución 164 de 2021 de la DIAN, es la persona(s) natural(es) que posee(n) o controla(n) directa o indirectamente, una personería jurídica, para el caso de los organismos comunales. Uno de los objetivos del RUB es contribuir en la lucha contra la corrupción, el lavado de activos, la financiación del terrorismo y la evasión fiscal.
Formas para registrarse en el RUB
- Presencial: agende una cita ante la DIAN en el enlace https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/Agendamiento-de-Citas/Paginas/Inicio.aspx y lleve copia del Registro Único Tributario (RUT) del organismo comunal, certificado vigente de los dignatarios de su JAC y copia del documento de identidad del representante legal de la JAC.
- Virtual: siga las instrucciones dadas en el manual anexo (debe tener a la mano el Registro Único Tributario (RUT) del organismo comunal, el certificado vigente de dignatarios del organismo comunal y copia del documento de identidad del representante legal de la JAC.
¿Qué información debe suministrarse en el RUB?
Respecto de cada beneficiario final debe informarse:
- Tipo de documento, número de identificación y país de expedición
- Número de identificación tributaria (NIT) o equivalente funcional y país de expedición
- Nombres y apellidos, fecha y país de nacimiento, país de nacionalidad, ubicación
- Criterios de determinación del beneficiario final, porcentaje de participación en el capital de la persona jurídica, porcentaje de beneficio en los rendimientos, resultados o utilidades de la persona jurídica, estructura sin personería jurídica o similar.
- Fecha desde la cual tiene la calidad de beneficiario final o existe la condición, fecha desde la cual deja de tener la calidad de beneficiario final o de existir la condición.

Comunicaciones Secretaría de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana