Hasta el 20 de febrero hay plazo para presentarse a la convocatoria para la renovación del Consejo Municipal de Planeación
El Departamento Administrativo de Planeación extendió el plazo para que las organizaciones jurídicamente reconocidas presenten sus ternas para la renovación de 9 representantes de diferentes sectores del Consejo Municipal de Planeación. Este plazo se fijó hasta el 20 de febrero del 2024, a través de la Resolución 4132.010.21.0.006 – 2024 firmada por el director de Planeación, Diego Hau.
Este plazo pretende que las organizaciones que aún no han presentado sus ternas tengan la posibilidad de hacerlo en la Ventanilla Única del CAM.
El Consejo Municipal de Planeación es una instancia de participación ciudadana que tiene como función analizar, discutir, emitir concepto y formular recomendaciones al proyecto del Plan de Desarrollo, así como facilitar su reconocimiento y discusión con los distintos sectores representativos de la comunidad.
Los nuevos integrantes del Consejo Municipal de Planeación serán seleccionados y designados por el primer mandatario de las ternas de las organizaciones jurídicamente reconocidas de los diferentes sectores, conforme a los requisitos del Acuerdo Municipal 01 de 1995.
De acuerdo con la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo (Ley 152 de 1994), el Consejo Municipal de Planeación recibirá, del alcalde Alejandro Eder, el proyecto del Plan de Desarrollo el próximo 29 de febrero para que emitan concepto y recomendaciones. Los consejeros tendrán plazo para hacerlo hasta el 31 de marzo.
En el caso del Distrito de Cali, se renovarán los representantes del Consejo Municipal de Planeación de los siguientes sectores:
- Sector educativo, investigativo y cultural: Un (1) representante por las organizaciones culturales que cuenten con personería jurídica.
- Sector económico: un (1) representante por entidades financieras y aseguradoras que cuenten con personería jurídica.
- Sector comunitario: un (1) representante por las Juntas Administradoras Locales rurales.
- Sector social: un (1) representante por organizaciones de profesionales, informales y campesinos que cuenten con personería jurídica.
- Sector ecológico: Un (1) representante de las organizaciones o instituciones del sector ambiental que cuenten con personería jurídica.
- Comunidades étnicas (indígenas y afrodescendientes): Un (1) representante de las organizaciones o instituciones del sector que cuenten con personería jurídica.
- Grupos minoritarios (tercera edad y discapacitados): Un (1) representante de las organizaciones o instituciones que cuenten con personería jurídica.
- Sectores obreros, empleados y sector sindical: Un (1) representante de las organizaciones o instituciones que cuenten con personería jurídica.
- Sector cooperativo y microempresarial: Un (1) representante de las organizaciones o instituciones del sector que cuenten con personería jurídica.
Quienes sean elegidos como consejeros en 2024, estarán por un periodo de ocho años (hasta 2031). Cabe recordar que cada cuatro años se renueva el 50 % de los miembros del respectivo Consejo Municipal de Planeación, con el objeto de hacer más democrática la participación ciudadana.
Comunicaciones Planeación