Procedimiento para radicar en línea las solicitudes de liquidación para aportes por mayor edificabilidad y compensación por estacionamientos adicionales


Debido a la emergencia sanitaria decretada en todo el territorio nacional por la Presidencia de la República mediante la Resolución 385 del 12 de marzo del 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social, y el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica del orden nacional que obra en el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020; el Gobierno Nacional tomó medidas de bioseguridad para mitigar, evitar la propagación y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19. 

Así mismo, en concordancia con lo estipulado por el Gobierno Nacional y en medio de la autonomía regional, la Gobernación del Valle del Cauca y la Alcaldía de Santiago de Cali, tomaron medidas adicionales (mediante el Decreto Municipal 728 del 19 de marzo de 2020 y demás disposiciones posteriores relacionadas); por lo cual la Dirección del Departamento Administrativo de Planeación Municipal, acogiéndose a estas disposiciones y considerando que los trámites de “Liquidación de aportes por mayor edificabilidad” y “Liquidación de compensación por estacionamientos adicionales” son parte fundamental en el proceso de licenciamiento urbanístico de algunos proyectos; en aras de contribuir a la reactivación económica del sector de la construcción sin incrementar el riesgo de contagio, determinó implementar medidas seguras y eficaces para permitir la continuidad del procedimiento de expedición de aportes por mayor edificabilidad y de liquidación de compensación por estacionamientos adicionales.

En este sentido, el Departamento Administrativo de Planeación expide la Circular 4132.050.22.2.1020.002601 en la cual se determina el procedimiento de radicación en línea para los trámites de “Liquidación de aportes por mayor edificabilidad” y “Liquidación de compensación por estacionamientos adicionales” mientras dure el estado de emergencia sanitaria en todo el territorio colombiano y hasta nueva orden.

Nombre:
Circular edificabilidad Junio 2020.pdf 5.91Mb 11/06/2020
Descripción:

Circular con carácter informativo sobre el sistema de radicación para los tramites "solicitud de cálculo de aportes urbanísticos por mayor edificabilidad" y "solicitud de cálculo de compensación por estacionamientos adicionales" durante el estado de emerg


 

Procedimiento:

A. Ante la Subdirección de Planificación del Territorio del Departamento Administrativo de Planeación Municipal.

    1- El peticionario radica en la página de la Alcaldía la Solicitud de Cálculo de aportes urbanísticos por mayor edificabilidad o Solicitud de Cálculo de compensación por estacionamientos adicionales en el siguiente enlace:

Oficina de Atención al Ciudadano

Diligenciar y anexar los formatos: “Solicitud de Cálculo de aportes urbanísticos por mayor edificabilidad” - MEDE01.04.03.18.P02.F01 o “Solicitud de Cálculo de compensación por estacionamientos adicionales” - MEDE01.04.03.18.P02.F03, los cuales se pueden descargar del siguiente enlace:

Nombre:
Solicitud de Cálculo de Aportes Urbanísticos por Mayor Edificabilidad.pdf 0.29Mb 25/04/2022
Descripción:

Solicitud de Cálculo de Aportes Urbanísticos por Mayor Edificabilidad


Nombre:
Solicitud de Cálculo de Compensación por Parqueaderos Adicionales.pdf 0.28Mb 25/04/2022
Descripción:

Solicitud de Cálculo de Compensación por Parqueaderos Adicionales


 

    2- Por su parte, la Curaduría Urbana en donde se adelanta el proceso de licenciamiento debe aportar los planos del proyecto arquitectónico en formato DWG y los planos arquitectónicos en formato PDF con el sello y la firma de visado de la Curaduría en la carpeta en línea (Drive) asignada para dicho fin. La información aportada en la unidad de Drive compartida se debe organizar asignando a cada proyecto una carpeta con el número de radicación en la Alcaldía (todos los números del radicado) y el trámite solicitado así:

    • “2020XXXXXXXXXXXXXX EDIFIC” si es liquidación de edificabilidad

    • “2020XXXXXXXXXXXXXX PARQ” si es liquidación de estacionamientos

    • “2020XXXXXXXXXXXXXX EDIFIC Y PARQ” si son los dos trámites 

A su vez, y en el interior de cada carpeta del proyecto debe ir una carpeta conteniendo el archivo en formato DWG marcada como “Planos DWG”, otra como con los planos arquitectónicos en formato PDF con el sello y la firma de visado de la Curaduría, llamada “Planos PDF” y si es necesario, una tercera como “Documentación”, en la cual se incluirá todo el soporte documental que consideren pertinente para el análisis o que sea solicitada posteriormente para aclarar alguna inquietud; documentación tal como licencias anteriores, liquidaciones de edificabilidad o estacionamientos previamente emitidas y pagadas, planos en formato PDF o en formato DWG de reconocimientos, permisos o autorizaciones como  el concepto de certificación de alturas de la Fuerza Aérea, certificados de tradición, etc.

En el correo electrónico en el cual estará el enlace de red para alimentar la información en el Drive compartido, enviado a cada Curaduría Urbana, irá anexo un cuadro de control en hoja de cálculo, el cual deberá ser actualizado cada vez que se radique una solicitud de liquidación de aportes por edificabilidad y de estacionamientos adicionales; con el fin de poder llevar una base de búsqueda rápida.

    3- Posteriormente a la revisión de la documentación allegada, en caso de no haber observación alguna, la Subdirección de Planificación del Territorio (SPT) emitirá la liquidación en metros cuadrados bien sea de los aportes por mayor edificabilidad o de la compensación por estacionamientos adicionales, que serán enviadas en formato PDF, debidamente firmadas, al correo electrónico del solicitante (el cual se encuentra en la radicación inicial).

 

B. Ante la Subdirección de Impuestos y Rentas del Departamento Administrativo de Hacienda Municipal.

    4- Después de recibir el correo electrónico por parte de SPT y de verificar la concordancia de la información adjunta, el solicitante debe radicar nuevamente ante la Subdirección de Impuestos y Rentas, adscrita al Departamento Administrativo de Hacienda Municipal, la solicitud de liquidación en pesos del aporte o de la compensación según sea el caso, generando un nuevo número de radicación para esta nueva solicitud, en el siguiente enlace:

Oficina de Atención al Ciudadano


    5- La Subdirección de Impuestos y Rentas emitirá el correspondiente recibo en formato PDF y será enviado al solicitante por el correo electrónico que esté en la solicitud para que sea impreso y pagado conforme a las instrucciones contenidas en el mencionado correo electrónico, con lo cual quedará concluido el trámite ante la Administración Central.

    6- El solicitante aportará a la Curaduría Urbana el recibo pagado, con el timbre del banco o la constancia del pago, para que continúe el trámite de expedición de la licencia urbanística correspondiente.


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Fecha de publicación 11/06/2020
Última modificación 11/06/2020

Versión 7.0.1

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