Así son las modificaciones para ayudar a financiar y fortalecer el MIO

Así son las modificaciones para ayudar a financiar y fortalecer el MIO

El Alcalde de Cali busca que el Concejo apruebe antes del 20 de febrero de 2023 y en segundo debate, el plan de salvamento para el MIO.


El alcalde de Cali, Jorge Iván Ospina, fue enfático en proponer que se debe ayudar a financiar la operación del masivo y buscar la sostenibilidad, a mediano y largo plazo, mediante la reorientación de recursos que regularmente se recaudan en la ciudad, sin la necesidad de crear impuestos nuevos.

A finales de 2022, la Administración Distrital presentó ante el Concejo de Santiago de Cali el Proyecto de Acuerdo No. 180, “por el cual se modifican los acuerdos 0401 de 2016 y 0452 de 2018 y se dictan otras disposiciones”. En síntesis, este sería el plan de salvamento con el cual se podrían inyectar recursos frescos para el funcionamiento del Sistema de Transporte Masivo MIO de la capital vallecaucana.

Este documento ya fue estudiado y aprobado en primer debate, en diciembre de 2022, faltando el estudio en plenaria y el segundo debate en el Concejo Distrital. De allí que el Alcalde citó a dicha corporación a sesiones extras, para que entre enero y febrero de 2023 se dé el trámite respectivo a este y otros proyectos de gran importancia para Cali.

“Nosotros queremos que el Concejo lo apruebe antes del 20 de febrero de 2023. Si lo operamos antes de esta fecha, tenemos los tiempos para poder hacer la arquitectura de las inversiones. Si no se aprueba, no va a alcanzar el tiempo que necesitamos para adelantar las inversiones en la infraestructura vial, llevar acabo los proceso del rediseño completo del sistema masivo y poder dejarle al futuro gobernante una ruta de salida y no un problema”, argumentó Jorge Iván Ospina.

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Y es que la ley colombiana permite a las alcaldías buscar otras fuentes de financiación para los sistemas de transporte, con el objeto de contribuir a su sostenibilidad, mejorar la calidad del servicio y su infraestructura, incrementar la seguridad ciudadana, la atención y protección al usuario, el mejoramiento continuo del sistema y contar con mecanismos de gestión de la demanda. En este sentido, las entidades territoriales podrán establecer recursos complementarios a los ingresos por recaudo de la tarifa al usuario, que serán canalizados a través de fondos de estabilización y subvención (Ley 1753 de 2015).

En este acuerdo se incluyeron las siguientes fuentes de financiación…
1.
Contribución por el servicio de garajes o zonas de estacionamiento de uso público.

2. Tasa por congestión o contaminación.

3. Explotación económica del estacionamiento en vía pública.

4. Rentas reorientadas.

5. Servicios prestados por la Secretaría de Movilidad, impuesto de vehículos automotores de servicio público.

6. Participación del Distrito en el impuesto sobre vehículos automotores.

7. Servicios de patios de tránsito.

8. Sobretasa a la gasolina corriente y extra.

En términos específicos, parte del dinero que recauda la Secretaría de Movilidad Distrital por infracciones de tránsito (30%), la tasa por congestión (pago por circular en pico y placa) y el pago por parqueo en vía pública, entre otros recaudos, serán destinados al MIO.

Asimismo, la sobretasa a la gasolina sufrirá cambios: hasta el año 2040, el 78,6% del recaudo se destinará a la financiación de la infraestructura física, tecnológica de recaudo y control, el material rodante, así como las demás estrategias que se definan para la sostenibilidad integral del Sistema Integrado de Transporte Masivo MIO. El 21,4% restante se destinará al mantenimiento de la red vial, tanto urbana como rural.

A partir del 2041 y hasta el 2045, el 40% se destinará a la financiación de la infraestructura física, tecnológica de recaudo y control, el material rodante y las demás estrategias que se definan para la sostenibilidad integral del MIO, enfocado a la incorporación de un sistema inteligente que permita la integración con los diversos modos de transporte y la priorización del transporte público del Distrito de Santiago de Cali, mejorando las condiciones de servicio del sistema, en cumplimiento de la Ley 1955 de 2019 o la norma que la modifique, sustituya o adicione. El primer orden de prioridad en el uso de estos recursos es el cumplimiento de las obligaciones contenidas en los Convenios de Cofinanciación suscritos con la Nación y sus otrosíes modificatorios.

El 60% restante se destinará al mantenimiento de la red vial, tanto urbana como rural, del Distrito Especial de Santiago do Cali, previa aprobación del COMFIS Municipal.

Por último, Metro Cali S.A. podrá recaudar y dirigir recursos no operacionales para tal fin, como el aprovechamiento publicitario en estaciones y buses.


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Juan Carlos Zapata M.


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Fecha de publicación 25/01/2023
Última modificación 25/01/2023

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