EDUCACION PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO ANTES EDUCACION NO FORMAL
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Publicación:
11/05/2004
CIRCULAR 4143.2.22.2.145-08
DE JOSE DARWIN LENIS MEJIA
Subsecretario Desarrollo Pedagógico
PARA COMUNIDAD EDUCATIVA CALEÑA
ASUNTO PROGRAMAS DE EDUCACION PARA EL TRABAJO Y EL
DESARROLLO HUMANO
FECHA Septiembre 18 de 2008.
La Secretaría de Educación Municipal en cumplimiento de su objetivo misional está empeñada en que el servicio educativo ofertado en los programas de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano sea prestado por establecimientos autorizados, por ello ha convocado a las Instituciones Educativas del sector para que se atemperen al nuevo orden legislativo ya que, quienes no hayan adelantado el proceso allí establecido, no podrán admitir nuevos estudiantes y se procederá mediante acto administrativo a cancelar el registro de los programas.
Las entidades que contemplen constituirse como instituciones prestadoras del servicio de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano o las que pretendan renovar los registros de sus programas tendrán que, como lo indica la norma, formular, diseñar y evaluar su oferta educativa para garantizar que sus educandos desarrollen las competencias acorde con los lineamientos establecidos en el Decreto 3616 de Octubre 10 de 2005, 3870 de Noviembre 02 de 2006 y 2888 de Julio 31 de 2007.
Así las cosas, se precisa que:
1. El Decreto 3616 de Octubre 10 de 2005, el Ministerio de Educación Nacional, establece las denominaciones de los auxiliares en las áreas de la salud, adoptan sus perfiles ocupacionales y de formación, indica los requisitos básicos de calidad de los programas en el área de la salud y delinea el procedimiento para la obtención del concepto técnico de pertinencia por el Comité de Recursos Humanos en Salud, y después del cual se presenta a la Secretaría de Educación para los trámites pertinentes a licencia de funcionamiento y registro de programas.
2. Con el Decreto 3870 del 02 de Noviembre de 2006, el Ministerio de Educación Nacional adoptóel “Marco común europeo de referencia para las lenguas: aprendizaje, enseñanza, evaluación” como el sistema de referencia para los procesos de aprendizaje, enseñanza y evaluación de idiomas en Colombia.
Para obtener y/o actualizar el registro de los Programas de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano en el Área de Idiomas,las instituciones prestadoras del servicio educativo deberán demostrar el cumplimiento de las condiciones de calidad mencionadas en la precitada norma; aquellos establecimientos que actualmente cuentan con autorización y no han tramitado la renovación del registro de sus programas deberán hacerlo de inmediato.
3. En Julio 31 de 2007 se expide el Decreto 2888, con él se reglamenta la creación, organización y funcionamiento de las instituciones que ofrecen el servicio educativo para el Trabajo y el Desarrollo Humano, antes denominado Educación No Formal -Ley 1064 de Julio 26 de 2006- y establece los requisitos para el funcionamiento de los programas de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano.
Las instituciones de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano de la municipalidad deberán solicitar la renovación del registro de los programas que actualmente ofrecen hasta el 30 de Enero de 2009, vencido el término anterior sin que se haya presentado dicha solicitud, expirará el registro de los programas y la institución no podrá admitir nuevos estudiantes para tales programas.
La Secretaría de Educación Municipal, con el fin de cumplir con su responsabilidad social de orientar y divulgar información veraz y precisa sobre la legalidad de los servicios y sobre la calidad de las ofertas educativas de la municipalidad, para que la población acceda a propuestas que le posibiliten una mejor calidad de vida, publicará en la página web la base de datos de las Instituciones Educativas de Educación Formal y de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano debidamente legalizadas en un tiempo prudencial.
Igualmente, es importante anotar que la Secretaría de Educacion Municipal realiza el acompañamiento requerido para la constitución de la Institución Educativa y la asesoría necesaria para la formulación e implementación del proyecto pedagógico por medio de los Directores de Nucleo Educativo y Supervisores de Educación, a quienes la comunidad educativa podrá recurrir los martes y los jueves en horario de oficina en las direcciones relacionadas en el directorio adjunto.
En este orden de ideas se adjunta información de interés general para formular, ejecutar y evaluar las propuestas de Educacion para el Trabajo y el Desarrollo humano.
-original firmado-
JOSE DARWIN LENIS MEJIA
Subsecretario Desarrollo Pedagógico