Trámite para el traslado de bienes devolutivos
BIENES DEVOLUTIVOS O ACTIVOS FIJOS: : son las propiedades, planta y equipo que comprenden los bienes tangibles e intangibles de propiedad de la entidad contable y los recibidos de terceros para el uso permanente y sin contraprestación y que su vida útil es superior a un año.
BIENES DEVOLUTIVOS EN SERVICIO EN LAS DEPENDENCIAS: son bienes que se encuentran al servicio de los Servidores Públicos registrados, prestando una función o cometido estatal para el cual fueron adquiridos.
Es deber de los Servidores Públicos del Distrito de Santiago de Cali, al terminar el vínculo laboral, hacer entrega real y material de todos los bienes que estén a su cargo a la persona que le remplace en sus funciones, bien sea en forma temporal o definitiva o al administrativo o quien haga sus veces, o a la persona que sea designada por el superior jerárquico.
Para el traslado de los bienes se debe usar el formato MAJA01.03.02.P021.F005 Movimiento de bienes muebles, registrando los datos de los activos y firmando el funcionario que entrega y el que recibe. Es necesario diligenciar dos copias y ambas deben ser firmadas por los servidores públicos.
Llevar los formatos al proceso de Administración de Bienes ubicados en la bodega Piloto, para que tomen la firma de la Subsecretaría Administrativa y Financiera, y posteriormente radiquen en la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Bienes y Servicios, organismo encargado de dar comisión y actualizar la información en el Inventario Sistema SAP.