Secretaría de Educación, comprometida con estudiantes en situación de discapacidad
La Secretaría de Educación de Santiago de Cali, en su misión de garantizar el acceso, la permanencia y la promoción de niñas, niños y adolescentes al sistema educativo, emite las orientaciones de cómo elaborar un Plan Individual de Ajustes Razonables (PIAR) de estudiantes en situación de discapacidad y talentos excepcionales.
El PIAR se lleva a cabo en el marco de la implementación del Decreto 1421 de 2017, que reglamenta la atención educativa a la población con discapacidad, generando avances y transformaciones positivas en su formación y teniendo en cuenta los lineamientos administrativos, pedagógicos, políticos, didácticos y comunitarios de orden nacional. Estas acciones se movilizan para garantizar el derecho universal de un menor en situación de discapacidad de encontrar en la educación la ruta para construir sus sueños e independencia.
“Desde 2017 se ha implementado el PIAR en las instituciones educativas, como herramienta importante para materializar la inclusión, para que no se quede en el imaginario, exigiendo al maestro, al personal de apoyo y a la familia conocer al estudiante, planear las actividades, los apoyos y ajustes razonables desde sus necesidades particulares. No hay una receta universal para todos. Aprendemos a incluir incluyendo; aprendemos a hacer ajustes razonables, poniendo al estudiante en el centro y siendo creativos para responder a sus necesidades”, explicó Laura Barajas, líder de Discapacidad, Capacidad y Talentos Excepcionales de la Secretaría de Educación Distrital.
El Plan Individual de Ajustes Razonables se elabora durante el primer trimestre del año escolar y debe ser actualizado anualmente, facilitando la entrega pedagógica entre grados. De igual manera, la institución educativa deberá realizar el seguimiento pedagógico al estudiante, de acuerdo con el sistema institucional de evaluación e incluir en el Plan de Mejoramiento Institucional los ajustes individuales y de manera progresiva que requiera el alumno.
Se establece que dado el caso que el estudiante ingrese al sistema educativo de manera extemporánea, el PIAR deberá elaborarse en los 30 días siguientes a su incorporación, incluyendo el acta de acuerdo que se firma con la familia. Del mismo modo y en los casos de traslado de institución, se deberá entregar la historia escolar del estudiante donde se adjunte el PIAR, los ajustes razonables y las observaciones correspondientes, en los casos que se haya hecho alguna actualización.
En el año lectivo 2020, la Secretaría de Educación Municipal atiende 4362 estudiantes pertenecientes a esta población, que incluye alumnos con discapacidad, trastornos en el aprendizaje y el comportamiento, con capacidades y/o talentos excepcionales e incorporados en la modalidad de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano (ETDH) y la integración social.
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Silvia Cristina Ortiz Burgos