Mesa municipal del Simap
ARTÍCULO 7. Mesa Municipal SIMAP. La Mesa Municipal del Sistema Municipal de Áreas Protegidas y Estrategias de Conservación constituye su máxima instancia de coordinación por lo que en ella estarán representados todos los actores del Sistema Municipal de Áreas Protegidas y Estrategias de Conservación – SIMAP – del Municipio de Santiago de Cali.
Imagen 1. Conformación de la mesa (algunos de quienes la conforman)
Funciones de la Mesa Municipal SIMAP. Dado su carácter de máxima instancia de coordinación, la Mesa Municipal SIMAP tendrá las siguientes funciones:
•Definir y velar por el cumplimiento de los principios y criterios que se establezcan para el Sistema Municipal de Áreas Protegidas y Estrategias Complementarias – SIMAP – del Municipio de Santiago de Cali.
•Orientar el desarrollo del Sistema Municipal de Áreas Protegidas y Estrategias Complementarias – SIMAP – del Municipio de Santiago de Cali, conforme a lo dispuesto por el Reglamento del SIMAP.
•Estudiar, revisar, ajustar y aprobar el Reglamento del Sistema Municipal de Áreas Protegidas y Estrategias Complementarias – SIMAP – del Municipio de Santiago de Cali.
•Estudiar, revisar, ajustar y aprobar el Plan de Acción del Sistema Municipal de Áreas Protegidas y Estrategias Complementarias – SIMAP – del Municipio de Santiago de Cali.
•Orientar y dar seguimiento a la ejecución del Plan de Acción del Sistema Municipal de Áreas Protegidas y Estrategias Complementarias – SIMAP – del Municipio de Santiago de Cali.
•Apoyar la gestión de declaratoria de nuevas áreas protegidas en el Municipio.
•Emitir concepto favorable para la aprobación del Plan de Manejo de las áreas protegidas del orden municipal por parte del Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente – DAGMA –, de acuerdo con las recomendaciones hechas por la Secretaría Técnica del SIMAP.
•Emitir concepto favorable acerca de la Categoría de Conservación propuesta para las nuevas áreas protegidas del orden municipal, para su declaratoria por parte del Concejo Municipal, de acuerdo con las recomendaciones hechas por la Secretaría Técnica del SIMAP.
•Emitir concepto favorable acerca de nuevas categorías de conservación propuestas para áreas protegidas del orden municipal, para su aprobación por parte del Concejo Municipal, de acuerdo con las recomendaciones hechas por la Secretaría Técnica del SIMAP.
•Aprobar la documentación allegada para la declaratoria de nuevas áreas protegidas del orden municipal, de acuerdo con las recomendaciones hechas por la Secretaría Técnica del SIMAP: Integrantes de la Mesa Municipal SIMAP. Forman parte de la Mesa Municipal SIMAP los siguientes actores:
Actores Institucionales con voz y voto:
a)Un (1) representante del Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente – DAGMA – del Municipio de Cali.
b)Un (1) representante de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca – CVC –.
c)Un (1) representante del Parques Nacionales Naturales – Dirección Territorial Pacífico.
d)Un (1) representante del Departamento Administrativo de Planeación Municipal.
e)Un (1) representante de la Unidad Municipal de Asistencia Técnica Agropecuaria – UMATA – o quien haga sus veces.
f)Un (1) representante de EMCALI.
g)Un (1) representante del Sistema Departamental de Áreas Protegidas – SIDAP – del Departamento del Valle del Cauca.
Actores Institucionales con voz pero sin voto:
a)Un (1) representante de la Secretaría de Cultura y Turismo.
b)Un (1) representante del Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo.
c)Un (1) representante de la Secretaría de Gobierno, Convivencia y seguridad.
d)Un (1) representante del CALI Rural.
Actores Comunitarios con voz y voto:
a)Un (1) representante del Consejo Municipal de Desarrollo Rural –CMDR–
b)Un (1) representante del Sistema de Gestión Ambiental Comunitario –SIGAC–.
c)Un (1) representante de los Comités de Planificación. (OBSERVACIÓN)
Actores del Sector Privado con voz pero sin voto:
a) Un (1) representante de la ANDI.
b) Un (1) representante de la Cámara de Comercio de Cali.
c) Un (1) representante de CAMACOL.
El DAGMA será el encargado de convocar a los integrantes de la mesa municipal SIMAP
PARÁGRAFO 2: Los actores institucionales, comunitarios y del sector privado deberán designar un representante idóneo con experiencia en procesos de ordenamiento y planificación ambiental territorial y/o gestión de áreas protegidas y asegurar su permanencia para dar continuidad a los procesos emprendidos.
ARTÍCULO 10. Sesiones de la Mesa Municipal SIMAP: La Mesa Municipal SIMAP se reunirá regularmente una (1) vez por mes y podrá reunirse de modo extraordinario cuando sea necesario acelerar los procesos de análisis y aprobación de asuntos tocantes a la competencia institucional de la Mesa, por convocatoria de la Secretaría Técnica.
PARÁGRAFO: Podrán participar como invitados, cuando el tema amerite su intervención, uno o varios actores institucionales, comunitarios o privados, no incluidos en la representación de la Mesa Municipal SIMAP, quienes podrán actuar en un espacio denominado Mesa Municipal SIMAP Ampliada, donde tendrán voz pero no voto. Para tal efecto serán convocados previamente.
ARTÍCULO 11: Toma de Decisiones. La Mesa Municipal SIMAP tomará decisiones sobre los distintos asuntos de su competencia mediante el consenso de los actores que le integran. Cuando dicho consenso no sea posible, se recurrirá a la votación, tomando decisiones sobre la aprobación del 75% del quorum, que deberá ser de la mitad más 1.
ARTÍCULO 12: Secretaría Técnica del SIMAP. La Secretaría Técnica del SIMAP constituye su instancia de coordinación operativa la cual, atendiendo lo dispuesto por el Artículo 61 del Acuerdo Municipal 0373 de 2014, deberá ser liderada por el Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente – DAGMA –,
ARTÍCULO 13: Funciones de la Secretaría Técnica del SIMAP. Dado su carácter de coordinación operativa, la Secretaría Técnica del SIMAP tendrá las siguientes funciones: