Alcaldía renueva su compromiso de brindar atención digna a los caleños
- Con la actualización y publicación de la Carta al Trato Digno al Usuario, la Administración Distrital garantiza atención digna a los ciudadanos.
- Se trata de un compendio de derechos y deberes de los ciudadanos y los servidores públicos que promueven relaciones basadas en el trato respetuoso, equitativo y transparente.
- La Carta también da a conocer los canales de atención presencial y virtual dispuestos por la Alcaldía para el servicio a los usuarios
Santiago de Cali, 19 de junio de 2025
Con la actualización y publicación de la Carta al Trato Digno al Usuario, la Administración Distrital de Santiago de Cali renueva su compromiso con todos los ciudadanos de “ofrecer un trato equitativo, diligente y respetuoso; igualmente, a dar a conocer los canales de atención dispuestos por la entidad”.
El documento, expedido por mandato legal de acuerdo con la Ley 1437 de 2011, es un compendio de los derechos y deberes a que están sujetos tanto los ciudadanos como los servidores públicos, quienes se deben relacionar mediante un trato respetuoso y transparente, en el marco del mandato constitucional y legal.
“Como organismo encargado de garantizar el cumplimiento del proceso de Atención al Usuario, la Secretaría de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana anualmente realiza la socialización de esta Carta mediante su publicación a través de los canales institucionales de atención y la fijación en lugares visibles de la Administración, para facilitarles a los caleños el conocimiento sobre los deberes y derechos tanto de los ciudadanos, como de los funcionarios y autoridades”, indicó Maritza Aponzá Zapata, titular del organismo.
Entre los derechos ciudadanos se mencionan: presentar peticiones en cualquiera de sus modalidades; obtener información y orientación oportunas; conocer, salvo expresa reserva legal, el estado de cualquier actuación o trámite; recibir atención especial y preferente si se trata de personas en situación de discapacidad, niños, niñas, adolescentes, mujeres gestantes o personas mayores, veteranos de la fuerza pública y, en general, personas en estado de indefensión o de debilidad.
Los ciudadanos también tienen deberes como acatar la Constitución y las leyes, obrar de buena fe, no emplear maniobras dilatorias en las actuaciones ni incurrir en falsedades, ejercer con responsabilidad sus derechos, tener un trato respetuoso con los servidores públicos y hacer buen uso de las instalaciones físicas, respetar turnos y prioridades de las personas en condiciones particulares.
Por parte de las autoridades se señalan deberes como dar trato respetuoso, considerado y diligente a todas las personas, sin distinción; atender quejas y reclamos y dar orientación al público de acuerdo con su competencia; adoptar medios tecnológicos para el trámite y resolución de peticiones; habilitar puntos de atención y en general los que señalen la Constitución, la ley y los reglamentos.
Entre las prohibiciones para los funcionarios se indican: negarse a recibir peticiones o a expedir las respectivas constancias; exigir la presentación personal de peticiones, recursos o documentos cuando la ley no lo exija; asignar la orientación y atención a personal no capacitado; no dar traslado dentro del término legal de los documentos recibidos a quien deba decidir; demorar en forma injustificada la producción del acto, su comunicación o notificación; intimidar a quienes quieran acudir al control ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.
El documento presenta, además, el listado de canales de atención presencial, telefónica y virtual, ventanillas únicas, programas de Bienestar Social, redes de la Alcaldía y dos códigos QR que podrán ser escaneados para consultar información y recibir atención.
Conozca el texto completo en el pdf adjunto.
Carta de Trato Digno al ciudadano
Comunicaciones Secretaría de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana