El maltrato animal no tiene justificación y es castigado con todo el peso de la ley
El Centro de Bienestar Animal de Cali lidera acciones para proteger y restituir los derechos de animales víctimas de maltrato.
- Cali cuenta con una ruta de atención para casos de maltrato animal, que incluye la línea Whatsapp de recepción de denuncias 318 275 01 01 y los correos electrónicos bienestar.animal@cali.gov.co e inspeccion.uaepa@cali.gov.co.
Santiago de Cali, 11 de junio de 2025
La Alcaldía de Cali, a través de la Unidad Administrativa Especial de Protección Animal (Uaepa) y la Inspección de Policía Especializada en Protección Animal, reitera su compromiso con la defensa de estos seres sintientes y hace un llamado urgente a la ciudadanía para que denuncie cualquier caso de maltrato. Esta conducta está penada por la ley y puede derivar en sanciones económicas, decomisos definitivos e incluso cárcel.
Según explica Diego Alejandro Bonilla Peña, inspector de Policía especializado en protección animal, el Distrito cuenta con una ruta de atención que incluye la línea Whatsapp de recepción de denuncias por maltrato 318 275 01 01 y los correos electrónicos bienestar.animal@cali.gov.co e inspeccion.uaepa@cali.gov.co.
Una vez se recibe la denuncia es remitida al Grupo de Campo de la Uaepa, compuesto por un auxiliar veterinario y un veterinario, que se encargan de hacer las verificaciones de bienestar correspondientes. “Y luego de esa visita, se presenta un informe a la inspección de Policía y se determina el paso a seguir, conforme con las competencias del Artículo 223 del Código de Policía para los inspectores de Policía”, explica Bonilla Peña.
Cuando el Grupo de Campo remite su informe, se evalúa la gravedad del caso. En situaciones críticas se actúa de inmediato, en articulación con la Policía Ambiental, para realizar una aprehensión material preventiva, es decir, rescatar al animal y asegurar su bienestar mientras se inicia el proceso sancionatorio establecido en la Ley 84 de 1989. En casos donde no sea evidente el maltrato, se activa un protocolo de seguimiento con visitas y verificación constante.
“La ciudadanía debe presentar denuncias completas, con descripción detallada del modo, tiempo y lugar de los hechos. Es fundamental acompañar estas denuncias con evidencias fotográficas o fílmicas, que nos permitan determinar con mayor claridad la gravedad del presunto maltrato”, complementó el inspector de Policía especializado.
¿Qué es considerado maltrato animal?
El maltrato animal está definido dentro de la Ley 2455 de 2025, también conocida como Ley Ángel. Allí se determina que un menoscabo grave a la salud e integridad física y emocional de un animal podrá ser considerado como delito, que cuando incluye agravantes puede ser castigado con sanciones desde los 48 meses de prisión. “Ya el delito no es excarcelable. Recuerde que el menoscabo grave y la muerte del animal son considerados delitos”, puntualizó Diego Alejandro Bonilla.
Las conductas que constituyen maltrato animal, están claramente tipificadas en el Artículo 6 de la Ley 84 de 1989 e incluyen acciones como…
- Herir o lesionar con armas punzantes o de fuego.
- Privar al animal de aire, luz, alimento o espacio para moverse.
- Negar condiciones mínimas de higiene.
- Provocar sufrimiento físico o emocional grave.
Sanciones severas a los maltratadores de animales
La Ley 1774 de 2016 establece multas entre 5 y 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Además y con la entrada en vigor de la Ley Ángel, se permite el decomiso definitivo del animal, para asegurar que nunca más vuelva a ser maltratado por la misma persona.
La Administración Distrital hace un llamado a toda la ciudadanía para estar alerta frente a los casos de maltrato. Denuncie sin miedo y recuerde que en Cali el respeto por la vida animal es un compromiso de todos.
De su interés…
- ¡Atención! Si tienes Sisbén A o B, tu animal de compañía puede recibir atención veterinaria gratuita en el Centro de Bienestar Animal de Cali
Valentina Polanía
Comunicaciones Alcaldía de Cali