Recuperando tu Casa
Comunicado Oficial – Secretaría de Vivienda
La Secretaría de Vivienda informa a la ciudadanía que, mediante la Resolución No. 121 del 12 de junio de 2025, se adoptó y reglamentó el programa “Recuperando tu Casa”.
La Secretaría de Vivienda informa a la ciudadanía que, mediante la Resolución No. 121 del 12 de junio de 2025, se adoptó y reglamentó el programa “Recuperando tu Casa”.
Este programa tiene como objetivo otorgar subsidios para la adquisición de vivienda nueva, dirigidos a hogares con ingresos de hasta cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), que se encontraban registrados en el programa Mi Casa Ya en estado “Interesado Cumple” o su equivalente, y que perdieron la posibilidad de lograr el cierre financiero debido a la suspensión del mencionado subsidio familiar.
A partir del lunes 16 de junio de 2025, los constructores o enajenadores interesados en participar en el programa podrán realizar su inscripción oficial, tanto como personas jurídicas habilitadas como constructoras, como con los respectivos proyectos de vivienda.
¿Cómo postularse al programa “Recuperando Tu Casa”?
Si haces parte de un hogar que tiene un proceso de compraventa con un constructor vinculado al programa Recuperando Tu Casa, y este constructor también está registrado en el programa Mi Casa Ya con estado “interesado cumple” o equivalente, podrás postularte al subsidio distrital de vivienda. Para ello, debes seguir estos pasos:
- Consultar los requisitos del programa establecidos en la Resolución No. 4244.0.9.10.121-2025 y verificar que los cumples.
- Acercarte a las oficinas del constructor con quien estás adelantando el proceso y manifestar tu interés en acceder al subsidio para completar el cierre financiero.
- Entregar los documentos requeridos e información necesaria para realizar tu postulación a través del enlace que aparece en la resolución de la convocatoria pública.
- Firmar el formulario de postulación.
- Estar pendiente de los resultados publicados por la convocatoria.
- Cumplir con las fechas que el constructor establezca para la firma de la escritura pública.
- Firmar los formatos entregados por el constructor relacionados con la autorización del desembolso y el acta de recibo a satisfacción de la vivienda.