Alcaldía de Cali define nuevo plazo para que desmovilizados, reincorporados o reintegrados puedan postularse al subsidio ‘Casa Mía’
La secretaria de Vivienda de Cali, María del Mar Mozo, acompañando una feria de servicios donde se ofertaron los subsidios distritales.
- La convocatoria para que desmovilizados, reincorporados o reintegrados puedan aplicar al subsidio ‘Casa Mía’, se amplía hasta el 16 de septiembre de 2024.
- Se espera que más personas en esta condición se postulen y puedan obtener el beneficio que les permita acercarse más al sueño de tener casa propia.
Santiago de Cali, 30 de agosto de 2024
La Secretaría de Vivienda Social y Hábitat Distrital anunció la ampliación del plazo de la convocatoria para que personas desmovilizadas, reincorporadas o reintegradas, puedan aplicar al subsidio de vivienda ‘Casa Mía’.
Inicialmente programada para concluir el viernes (30.08.2024), la convocatoria se extenderá hasta el 16 de septiembre de 2024, brindando así más tiempo a los interesados para postularse y hacer realidad el sueño de tener vivienda propia.
Esta convocatoria, que se llevará a cabo de manera virtual, busca facilitar el acceso a viviendas de interés prioritario (VIP) o de interés social (VIS) a quienes desean reintegrarse de manera efectiva a la sociedad.
Los interesados deberán diligenciar un formulario en línea disponible en la página web de la Secretaría de Vivienda Social y Hábitat (www.cali.gov.co/vivienda), además de cargar la documentación requerida.
“Invitamos a todas las personas desmovilizadas, reincorporadas o reintegradas que se encuentran en el proceso de adquisición de vivienda nueva o usada, a que se postulen a la convocatoria que estamos realizando de manera virtual en nuestra página web. Allí podrán encontrar los requisitos necesarios para hacer parte de este proceso. Es una oportunidad para hacer realidad el sueño de tener vivienda propia”, expresó María del Mar Mozo, secretaria de Vivienda Social y Hábitat de Cali.
Requisitos para postularse
1. A la fecha de postularse, ninguno de los miembros del hogar puede ser propietario o poseedor de una vivienda, excepto si el bien inmueble está localizado en el lugar de desplazamiento.
2. Estar registrado e incluido en la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN).
3. No haber sido beneficiario del Subsidio Distrital de Vivienda.
4. Demostrar ingresos iguales o inferiores a cuatro salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).
5. La vivienda sobre la cual se aplicará el subsidio debe estar libre de todo gravamen, hipoteca, pleito pendiente o de protección.
6. Disponer de recursos para el cierre financiero de la compra de la vivienda.
Documentos necesarios
- Cédula de ciudadanía o registro civil de los integrantes del hogar.
- Documento que acredite vínculo de matrimonio o unión marital de hecho (si aplica).
- Carta laboral o declaración juramentada de ingresos para trabajadores independientes.
- Certificado que acredite el aporte complementario para el cierre financiero.
- Recibo de servicios públicos.
- Certificado de vecindad que demuestre residencia mínima de cinco años en Cali.
- Certificado de discapacidad, si aplica.
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RESOLUCION F.E.V NO. 4244.0.9.10.068.2024
María Alejandra Bolívar López
Comunicaciones Secretaría de Vivienda Social y Hábitat de Cali