Acuerdos de pago Secretaría de Vivienda Social y Hábitat y Fondo Especial de Vivienda
Con el propósito de mejorar la calidad de vida y ayudar a las diferentes familias que aún tienen créditos de vivienda con el distrito, la Secretaría de Vivienda Social y Hábitat, mediante Decreto No 4112.010.20.1045 de diciembre 23 del 2021 y el Fondo Especial de Vivienda mediante resolución No 086 del 28 de julio del 2022, beneficiará a los deudores otorgando facilidades de pago que les permitan ponerse al día con sus obligaciones en mora o los saldos atrazados, plazo que podrá prorrogarse hasta 60 meses, además del congelamiento de los intereses de mora e intereses corrientes para los deudores que paguen cumplidamente según el acuerdo.
La Administración Distrital invita a los deudores de créditos de vivienda a que accedan a los acuerdos de pago qué ofrece el Fondo Especial de Vivienda y la Secretaría de Vivienda Social y Hábitat.
Para la suscripción del acuerdo de pago, se debe cumplir con los siguientes requisitos:
1. Ser el titular del crédito o de vivienda, tener derechos herenciales o un tercero autorizado mediante Poder.
2. No estar reportado en el Boletín de deudores morosos por incumplimiento de acuerdo de pago
3. Demostrar si tiene capacidad de pago, si es empleado, traer carta laboral donde conste el tiempo que lleve en la empresa e ingresos laborales.
4. Si es independiente, deberá aportar certificado de ingresos emitidos por un contador público, anexando copia de cédula de ciudadanía y tarjeta profesional del contador.
Acuerdo Secretaría de Vivienda Social y Hábitat
Requisitos en relación al monto de la deuda a suscribir


Acuerdo Fondo Especial de Vivienda


Si está interesado en esta facilidad, acérquese a la Secretaría de Vivienda Social y Hábitat
Avenida 5AN # 20N – 08 Edificio Fuente Versalles
segundo piso - área de Cartera.