Alcaldía define condiciones para el otorgamiento de facilidades de pago en materia tributaria
En la Resolución 0928 de 2010, la Administración Municipal estableció los plazos máximos de pago de la deuda, la cuota mínima inicial y las garantías que deben presentar los ciudadanos para acceder a las facilidades de pago.
Este acto administrativo, adoptado en cumplimiento de la Ley 1066 de julio 29 de 2006, deja claro que el cálculo de los intereses causados o moratorios, deberán determinarse en meses y aplicando la tasa de interés vigente al momento de conceder la facilidad de pago.
Dichas facilidades de pago se otorgarán mediante una resolución en la que se indica plazo del acuerdo, monto de la deuda, valor de la cuota inicial, valor en número de cuotas, fecha del pago de cada una de ellas, obligaciones que se cancelan y la imputación.
La Resolución 0928 de 2010, determina las condiciones para los acuerdos de pago a establecerse en tres condiciones diferentes: por facilidades de pago, en caso de estar en una etapa previa o concomitante de cobro coactivo o cuando la persona ya se encuentra en cobro coactivo.
Para cada uno de estos casos, las facilidades de pago se definirán de acuerdo al siguiente cuadro.
FACILIDADES DE PAGO VIGENCIAS PLAZO MÁXIMO CUOTA INICIAL MÍNIMA GARANTÍAS Todas las vigencias en mora 12 meses 5% Sin 18 meses 5% Personal 24 meses 5% Bancarias, reales, libranzas, débito automático, pólizas de cumplimiento, etc. 30 meses 5% 48 meses 5% Reales Algunas vigencias en mora 12 meses 10% Sin 18 meses 10% Personal 24 meses 10% Bancarias, reales, libranzas, débito automático, pólizas de cumplimiento, etc. 30 meses 10% 48 meses 10% Reales ETAPA PREVIA O CONCOMITANTE DE COBRO PERSUASIVO VIGENCIAS PLAZO MÁXIMO CUOTA INICIAL MÍNIMA GARANTÍAS Todas las vigencias en mora 12 meses 10% Personal y deudor 18 meses 10% 24 meses 10% Personal, deudor y codeudor 30 meses 10% Bancarias, reales, libranzas, débito automático, pólizas de cumplimiento, etc. 48 meses 10% Real Algunas vigencias en mora 12 meses 15% Personal y deudor 18 meses 15% 24 meses 15% Personal, deudor y codeudor 30 meses 15% Bancarias, reales, libranzas, débito automático, pólizas de cumplimiento, etc. 48 meses 15% Real EN ETAPA DE COBRO COACTIVO VIGENCIAS PLAZO MÁXIMO CUOTA INICIAL MÍNIMA GARANTÍAS Todas las vigencias en mora 12 meses 15% Personal y deudor 18 meses 15% 24 meses 15% Personal, deudor y codeudor 30 meses 15% Bancarias, reales, libranzas, débito automático, pólizas de cumplimiento, etc. 48 meses 15% Real Algunas vigencias en mora 12 meses 20% Personal y deudor 18 meses 20% 24 meses 20% Personal, deudor y codeudor 30 meses 20% Bancarias, reales, libranzas, débito automático, pólizas de cumplimiento, etc. 48 meses 20% Real
Quienes incumplan las facilidades de pago otorgadas pasarán a cobro coactivo.
Además, no podrán suscribir nuevas facilidades por los mismos conceptos.
Las facturas de pago de las cuotas siguiente a la inicial deberán ser solicitadas en los diferentes CALI o en la casilla de liquidación de impuestos del Centro de Atención al Contribuyente.
Las causales de terminación de las facilidades de pago son:
1.- Pago total de la deuda
2.- Incumplimiento de dos cuotas continuas o discontinuas
3.- La Constitución de gravámenes a la propiedad o la transferencia de dominio
4.- La falsedad en los documentos
5.- La terminación del vínculo laboral cuando se trate de libranzas
6.- La muerte del deudor o codeudor.
/Ma. Isabel Ortega/maria.ortega@cali.gov.co
Foto: Germán Nieto