Así aplican en Cali las nuevas medidas del Gobierno Nacional sobre arrendamientos y propiedad horizontal
- Las medidas del Decreto 1423 del 17 de septiembre de 2026, aplican en Cali para arrendatarios, propietarios y propiedades horizontales directamente afectados por el terremoto del 10 de agosto.
- La nueva norma contempla medidas temporales sobre contratos de arrendamiento, reajustes de cánones y prevención de incrementos especulativos.
- Las propiedades horizontales afectadas podrán utilizar recursos del Fondo de Imprevistos para avanzar en su recuperación.
- En Cali se pueden enviar los casos a los correos electrónicos despacho.ssj@cali.gov.co o proteccion@cali.gov.co, o radicar una petición en www.cali.gov.co.
Santiago de Cali, 6 de octubre de 2026
Tras el terremoto del 10 de agosto de 2026, el Gobierno Nacional estableció medidas extraordinarias y temporales para proteger a los arrendatarios, propietarios y las comunidades que resultaron directamente afectadas por el sismo.
Las disposiciones están contenidas en el Decreto Legislativo 1423 del 17 de septiembre de 2026 y contemplan medidas para los contratos de arrendamiento y las propiedades sometidas al régimen de propiedad horizontal.
¿Qué cambia para los arrendatarios?
Entre las principales medidas se encuentran…
- Suspensión temporal de algunas diligencias de entrega, lanzamiento o restitución de inmuebles, en los casos que cumplan las condiciones establecidas por el decreto.
- Aplazamiento de los reajustes de los cánones de arrendamiento durante el periodo previsto por la norma.
- Prórroga por hasta seis meses de determinados contratos, cuyo vencimiento esté previsto entre el 10 de agosto y el 31 de diciembre de 2026, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
- Medidas para evitar incrementos especulativos en los nuevos contratos de arrendamiento.
- Posibilidad de que propietarios y arrendatarios acuerden el manejo de los cánones causados durante la emergencia.
Estas medidas no aplican de manera automática a todos los contratos de arrendamiento. Se deben cumplir las condiciones y excepciones establecidas en el decreto.
¿Qué pueden hacer las propiedades horizontales afectadas?
Las copropiedades que hayan sufrido afectaciones por el terremoto, cuentan con herramientas especiales para avanzar en su recuperación.
Durante un periodo de hasta dos años, podrán utilizar recursos del Fondo de Imprevistos para cubrir gastos relacionados con reparación, rehabilitación, reforzamiento o reconstrucción de las edificaciones afectadas.
Además, las asambleas de propietarios podrán establecer planes especiales de pago, para atender las obligaciones económicas derivadas de las obras de recuperación en las copropiedades.
¿Qué hará la Alcaldía de Cali?
Lina Marcela Valencia Zapata, de la Oficina de Control a Contratos de Arrendamiento, adscrita a la Secretaría de Seguridad y Justicia Distrital, explicó que el decreto establece medidas transitorias y no modifica las competencias de la Alcaldía en materia de inspección, vigilancia y control de los arrendamientos.
“Este decreto establece unas reglas transitorias con una vigencia de seis meses, que se integran a las competencias que ya tenemos en materia de arrendamientos y vivienda urbana”, enfatizó la funcionaria.
La Alcaldía de Cali continuará realizando inspección, vigilancia y control, sobre las personas naturales y jurídicas matriculadas como arrendadores y los intermediarios que desarrollen esta actividad.
Asimismo, la Administración Distrital seguirá articulando acciones con las entidades nacionales para orientar a las familias, arrendatarios, propietarios y comunidades afectadas por el terremoto.
¿Dónde pueden recibir orientación los afectados?
Las personas que consideren que su situación está cobijada por las medidas, pueden solicitar orientación al equipo de Control a Arrendamientos de la Secretaría de Seguridad y Justicia.
Los casos pueden enviarse a…
- despacho.ssj@cali.gov.co.
- proteccion@cali.gov.co.
- También se puede presentar una petición a través de www.cali.gov.co.
Se recomienda
| Conservar los documentos que permitan demostrar la afectación ocasionada por el sismo.
| Consultar las condiciones específicas establecidas en el Decreto Legislativo 1423 de 2026, antes de tomar decisiones sobre el contrato de arrendamiento o las obligaciones de la copropiedad.
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