En la Cámara, el proyecto de ley que plantea mejoras a la situación política y económica de los ediles
- El proyecto de ley tiene la autoría del representante a la Cámara, Edinson Vladimir Olaya Mancipe, por la Circunscripción Territorial de Casanare.
- Según la Registraduría Nacional del Estado Civil, en las elecciones territoriales 2023 se presentaron 15.804 candidatos a las JAL, de estos fueron electos 6.885 con una votación cercana a 10.321.401 votos válidos; siendo esta última cifra la que sirve como base para la reposición de votos.
- El proyecto se socializó, por su autor, en el VXIII Congreso Nacional de Ediles 2025, que se realiza desde este jueves, 11 de septiembre, en Cali
Santiago de Cali, 11 de septiembre de 2025
En el centro de eventos Arena USC, donde se congregan por estos días (11 al 14 de septiembre de 2025) más de 1500 mil ediles y edilesas de todo el país, se expuso la necesidad de fortalecer a las Juntas Administradoras Locales (JAL) y a quienes las conforman.
Se trata del proyecto de ley 041 de 2024, radicado en julio de 2024, en la Cámara de Representantes, con autoría del administrador público y representante a la Cámara, Edinson Vladimir Olaya Mancipe, presente en el VXIII Congreso Nacional de Ediles de Colombia 2025.
La iniciativa tiene como objeto modificar y adicionar disposiciones a las leyes 136 de 1994, 1551 de 2012 y 2086 de 2021, con el fin de fortalecer la estructura y funcionamiento de las Juntas Administradoras Locales, JAL, mejorar los procesos de selección y nombramiento de corregidores, equiparar la reposición de gastos de campaña, asegurar beneficios pensionales y aumentos de honorarios para los ediles y edilesas y, declarar el 30 de octubre de cada año, como el Día Nacional del Edil o Miembro de la JAL.
Olaya Mancipe expuso, en el marco del XVIII Congreso Nacional de Ediles de Colombia, que “el proyecto está estructurado en siete artículos, que contienen disposiciones relacionadas con promover, estructurar y fortalecer la Corporación democrática, participativa, representativa y el funcionamiento de las Juntas Administradoras Locales, en nuestro país”.
Agregó el representante a la Cámara que también contempla el proceso de selección y nombramiento de corregidores asegurando la inclusión de mujeres y la aplicación de pruebas de competencia.
Otro aspecto que trabaja el proyecto en mención es que los ediles/edilesas tengan el beneficio de la reposición de gastos de campaña, tal y como hoy lo tienen los alcaldes y concejales; a la par, define que los miembros de JAL tomen posesión el 2 de enero ante el alcalde local; se les garantice el derecho a una pensión, se les otorgue la participación en consejos de gobierno, el incremento de honorarios y pago oportuno de los mismos.
En el articulado se declara el 30 de octubre de cada año, como el Día Nacional del Edil o Miembro de la JAL.
Beneficios pensionales
La iniciativa señala que, a partir del primero (1) de enero de cada año, los honorarios de los ediles(as) se incrementarán en un porcentaje equivalente a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), durante el año inmediatamente anterior y los ediles tendrán derecho a seguridad social, pensión, salud y ARL, sin que esto implique vinculación laboral con la entidad territorio.
Para tal efecto, los miembros de las JAL deberán cotizar para su respectiva pensión; aquellos que no demuestren otra fuente de ingreso adicional recibirán un subsidio a la cotización a la pensión del 75 % con cargo al Fondo de Solidaridad Pensional.
Este subsidio se concederá solo por el periodo en el que ostentan la calidad de Miembros de la JAL, lo cual se hará con cargo al presupuesto de la administración municipal, sin que esto implique vínculo laboral con la entidad territorial.
Comunicaciones Secretaría de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana