El Departamento Administrativo de Control Disciplinario Interno de Instrucción formula pliego de cargos a servidores públicos
- Se refuerza el control disciplinario en Santiago de Cali con el traslado de 16 casos a fase de juzgamiento, por posibles conductas irregulares de servidores públicos.
Santiago de Cali, 9 de junio de 2025
El Departamento Administrativo de Control Disciplinario Interno de Instrucción (DACDII), formuló 16 pliegos de cargos contra servidores públicos adscritos a la Alcaldía de Cali, al evidenciar conductas que comprometen su responsabilidad disciplinaria.
En cumplimiento del Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019) y de acuerdo con la nueva estructura administrativa implementada con la separación de roles, estos pliegos de cargos fueron remitidos al Departamento Administrativo de Control Disciplinario Interno de Juzgamiento (DACDIJ), para que se adelante el trámite previsto por la ley.
Se destacan casos que involucran a agentes de tránsito de la Secretaría de Movilidad Distrital e inspectores de policía adscritos a la Secretaría de Seguridad y Justicia de Cali, por presuntas irregularidades en el ejercicio de sus funciones.
Asimismo, se evaluaron conductas dentro de los pliegos de cargos que comprometen la responsabilidad de docentes de instituciones educativas adscritos a la Secretaría de Educación Distrital, relacionados con presuntas conductas constitutivas de acoso sexual y falta de respeto en el trato inadecuado en la relación docente-estudiantes.
La formulación de pliegos de cargos hace parte del compromiso del Departamento Administrativo de Control Disciplinario Interno de Instrucción con la legalidad, el debido proceso y la garantía de derechos dentro de las actuaciones disciplinarias, fortaleciendo así los principios de ética, responsabilidad y transparencia en el ejercicio de la función pública.
Para resaltar
Los servidores públicos disciplinados cuentan con los derechos de presentar descargos, aportar y controvertir las pruebas dentro de la etapa de juzgamiento, y el de recurrir a decisiones como lo prevén los artículos 110 y 112 de la Ley 1952 de 2019.
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Ana María Serna
Comunicaciones Departamento Administrativo de Control Disciplinario Interno de Instrucción