Estas son las 12 actividades que pagarán por el aprovechamiento del espacio público en Cali y ayudarán a su conservación
- Los ciudadanos que exploten temporalmente uno o varios espacios públicos deben hacer una contribución económica al Distrito de Santiago de Cali.
- Los recursos recaudados aportarán al mantenimiento, adquisición de terrenos y su adecuación como espacios públicos para el disfrute de todos los ciudadanos.
- Conozca las guías, publicadas por el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, que definen las condiciones técnicas y criterios para la aplicación de esta herramienta.
Santiago de Cali, 15 de mayo de 2025
Si usted va a realizar una carrera deportiva que implique cierre vial, cobro a otras personas por participar en esta y/o activaciones de marca durante el evento, deberá hacer un pago al Distrito de Santiago de Cali. Lo mismo ocurre si tiene en operación un vehículo gastronómico, si desea extender el uso de su establecimiento comercial con mesas y sillas en un espacio público, si va a realizar instalaciones de obra o un evento temporal en el espacio público.
Estas son algunas de las 12 actividades reguladas por el Aprovechamiento Económico del Espacio Público, AEEP en Cali, un instrumento de financiación que promueve la sostenibilidad del espacio público, que ya se encuentran en implementación, como parte de la misión liderada por el alcalde Alejandro Eder de recuperar a Cali entre todos.
“Si estás utilizando el espacio público para obtener un beneficio económico particular a corto plazo, es necesaria una retribución económica en dinero, reconociendo así al Distrito Especial de Santiago de Cali por los beneficios económicos derivados de la utilización del espacio, así contribuyes al mantenimiento y mejoramiento del espacio público”, explicó Diego Andrés Giraldo, director del Departamento Administrativo de Planeación Distrital de Cali.
El AEEP está reglamentado mediante los decretos 0955 de 2022, 0917 de 2023 y 1225 de 2024. Las 12 actividades que están reguladas y cuentan con guías donde se establecen los criterios para su aplicación son:
- Actividades deportivas realizadas en vía pública
- Eventos temporales
- Módulos o kioscos de ventas
- Alquiler de vehículos motorizados y no motorizados (bicicletas o patinetas)
- Valet parking
- Enlaces peatonales entre edificaciones
- Instalación de campamentos de obra y ocupaciones temporales de obra
- Infraestructura de servicios públicos y de tecnologías de la información y comunicaciones (Antenas)
- Filmaciones de obras audiovisuales
- Extensión de uso
- Vehículos gastronómicos
- Publicidad de mobiliario urbano
El pago por las actividades se establece teniendo en cuenta factores como el tiempo y el espacio a ocupar, y los recursos recaudados por esta vía irán a un fondo especial que se destinará exclusivamente a la conservación y mantenimiento del espacio público de Cali, conforme lo establece el Plan de Ordenamiento Territorial.
Puedes conocer los decretos, cada una de las guías y sus especificaciones, descargando los documentos adjuntos a este boletín.
2023_AE_Kioscos de venta_7393.pdf
1. Decreto 0955 de 2022_Reglamentación General.pdf
2024_AE_Vehículos motorizados y no motorizados_5503.pdf
2024_AE_Publicidad en mobiliario_1933_con anexo.pdf
2023_AE_Campamentos de obra_7543.pdf
2023_AE_Enlaces peatonales entre edificaciones_7613.pdf
2023_AE_Filmaciones de obras audiovisaules_7383.pdf
2023_AE_Antenas Infraestructura telecomunicaciones_5183.pdf
3. Decreto 1225 del 2024_Modificatorio.pdf
2023_AE_Vehículos gastronómicos-Foodtrucks_7413.pdf
2024_AE_Valet Parking_5163.pdf
2024_AE_Carreras deportivas_5623.pdf
2024_AE_Extensión de uso_4973.pdf
2024_AE_Eventos temporales_5633.pdf
2. Decreto 0917 de 2023_Adición_Reglamenta Espacio Publico.pdf
Comunicaciones Departamento Administrativo de Planeación