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BIENES DE INTERÉS CULTURAL (BIC)

Un Bien de Interés Cultural (BIC) es un objeto mueble o inmueble que tiene la característica de representar sentidos de identidad para los colombianos y, para el caso de Santiago de Cali, que sirve de referente para la memoria colectiva de los caleños; por consiguiente, ha obtenido una declaratoria individual como tal o ha sido incorporado en los Planes de Ordenamiento Territorial, previo a la expedición de la Ley 1185 de 2008.

Un BIC puede ser tanto individual como un conjunto de bienes, y puede corresponder a: «...obras de arte, objetos, documentos, archivos, libros (soporte material), instrumentos, utensilios, bienes muebles (aquellos susceptibles de ser trasladados de un sitio a otro), inmuebles, sitios naturales, centros históricos, zonas de una ciudad, espacios públicos, parques, en cualquier caso con independencia de su época de elaboración, confección o construcción o, incluso, de las disputas sobre su propiedad o sus elementos jurídicos.»* (Pág. 18-19).

Se pueden identificar varios tipos de BIC inmueble, como aquellos que pertenecen al 'grupo urbano‘, divididos en sectores urbanos —como San Antonio o el Centro Histórico— y en aquellos definidos como espacio público —como el Parque Panamericano—; por otra parte, tenemos los BIC pertenecientes al 'grupo arquitectónico‘, correspondientes a construcciones de «...arquitectura habitacional, institucional, comercial, industrial, militar, religiosa, para el transporte y las obras de ingeniería»* (Pág. 34). Así mismo, para el caso de bienes muebles, estos se dividen en 'colecciones privadas y públicas' y 'monumentos en el espacio público' —como las fuentes y monumentos, como Cristo Rey—.

Como cualquier otra propiedad, todo BIC requiere del cuidado y del mantenimiento de sus propietarios, y aquellos que así lo hacen pueden solicitar incentivos que ayuden a su esfuerzo por conservar este patrimonio que nos identifica como caleños, los cuales son de dos tipos: uno corresponde a una deducción en el cobro por impuesto predial (aplicable a todos BIC), y otro está fijado exclusivamente para aquellos inmuebles con uso residencial, a los cuales el valor de la tarifa con la que se les realiza el cálculo para el cobro de los servicios públicos se asimila al valor fijado para cualquier inmueble localizado en un sector estrato 1.

Así entonces, es claro que los BIC pueden ser intervenidos en procura de su conservación y buen uso, mediante un proyecto particular debidamente autorizado por la Subsecretaría de Patrimonio, Bibliotecas e Infraestructura Cultural (SPBIC), previo a cualquier tipo de licenciamiento urbanístico. Para obras menores o de mantenimiento, como por ejemplo una limpieza superficial, pintura —sin afectar murales o papeles originales de colgadura—, reemplazo de una teja en mal estado o dar solución a una gotera —sin alterar la cubierta—, mantenimiento de canales o bajantes, cambio de un grifo o una baldosa en mal estado o realizar un apuntalamiento para evitar la caída de algún elemento de la edificación, simplemente se debe enviar una comunicación a la SPBIC, informando lo que se piensa hacer en el BIC respectivo (Resolución Nacional 0983 de 2010). Esta comunicación oportuna con la SPBIC nos permite mantener una relación recíproca en el manejo de los BIC y evitar situaciones que deriven en algún tipo de sanción o multa por el daño causado al patrimonio cultural de los caleños.

Si alguien destruye un BIC, lo modifica o interviene sin licencia, se hace acreedor a sanciones.
PATRIMONIO CULTURAL PARA TODOS. Una guía de fácil comprensión. Ministerio de Cultura, República de Colombia. Bogotá D.C., junio de 2010.

Accede aquí al mapa N° 24 del POT Acuerdo 0373 de 2014 - Bienes Inmuebles de Interés Cultural.

Descarga aquí el listado de Bienes Inmuebles de Interés Cultural de Santiago de Cali:

Nombre:
listadosBICCali.pdf 13.8Mb 25/09/2018
Descripción:

Listado de Bienes Inmuebles de Interés Cultural de Santiago de Cali


EXPEDIENTE MUNICIPAL (ExMu)

El Expediente Municipal se constituye como un observatorio de ordenamiento territorial, establecido en la Ley 388 de 1997. Es un sistema de información compuesto por documentos, mapas y elementos georreferenciados, que funciona como herramienta de seguimiento y evaluación del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Santiago de Cali – Acuerdo 0373 de 2014.

Para cumplir con su objetivo, el Expediente Municipal de Santiago de Cali se ha estructurado sobre tres grandes ejes:

  1. La evaluación del Modelo de Ordenamiento Territorial.
  2. La evaluación y avance de los proyectos del POT.
  3. La construcción de indicadores clave del territorio municipal.

Haz clic aquí para acceder al micrositio del Expediente Municipal.

INFRAESTRUCTURA DE DATOS ESPACIALES DE SANTIAGO DE CALI (Idesc)

La Infraestructura de Datos Espaciales de Santiago de Cali (Idesc) es un proceso que pretende una eficiente gestión de la información geográfica del municipio. Se define como la suma de políticas, estándares, organizaciones y recursos tecnológicos que facilitan la obtención, uso y acceso a la información geoespacial de Santiago de Cali, lo cual es indispensable para la generación continua de conocimiento sobre los recursos y la evolución del mismo, al igual que para la toma de decisiones a diferentes niveles, con información georreferenciada relevante, oportuna y confiable, de manera que apoye al desarrollo sostenible.

La prioridad de la Idesc es armonizar los procesos de captura, análisis, acceso, uso y distribución de la información geográfica que ejecutan las organismos de la Administración, empresas e instituciones públicas o privadas en Santiago de Cali, para evitar la duplicidad de esfuerzos y promover el intercambio de datos espaciales, dotando a la comunidad de herramientas para la planificación y toma de decisiones. Para esto, la Idesc trabaja en el establecimiento de políticas, estándares y servicios de información geográfica.

Haz clic aquí para acceder al micrositio de la Idesc.

OBSERVATORIO DE MOVILIDAD SOSTENIBLE (Observatorio Movis)

El Observatorio de Movilidad Sostenible (Observatorio Movis) constituye el principal instrumento de seguimiento y evaluación del Plan Integral de Movilidad Urbana (PIMU), así como también se configura como un espacio de encuentro entre los diversos agentes relacionados con la temática de la movilidad sostenible

El objetivo del Observatorio Movis es identificar, analizar y evaluar los diferentes comportamientos poblacionales relacionados con la oferta y demanda de los diferentes modos de transporte y el impacto que en ellos tienen las políticas, estrategias, programas y proyectos formulados por el sector público y las iniciativas del sector privado. Asimismo, le apunta a formular propuestas en pro de una reorientación de las tendencias de movilidad de la ciudad, con base en criterios de sostenibilidad.

La dirección y coordinación del Observatorio Movis cuenta con la colaboración de diversos organismos y entidades adscritas a la Administración, como la Secretaría de Movilidad, la Secretaría de Infraestructura, Metro Cali y el Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente, así como también cuenta con el apoyo de diversos aliados de la academia, el sector privado y las organizaciones cívicas.

Haz clic aquí para acceder al micrositio del Observatorio de Movilidad Sostenible.

PLAN DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS (PGIRS)

La gestión integral de los residuos sólidos procura la recuperación, el transporte y el tratamiento diferenciado de los residuos sólidos, de acuerdo al tipo de residuo y su potencial de aprovechamiento. Este sistema define etapas y actores que, en la operación de la función que les corresponde, deben funcionar articulados.

De acuerdo con la Política Nacional para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos, desde el año 2004, Santiago de Cali cuenta con una herramienta de planificación que establece las directrices y lineamientos para el manejo adecuado de los residuos sólidos a nivel municipal, denominada Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS), cuya versión más reciente fue adoptada a través del Decreto 1147 de 2015 - PGIRS 2015-2027.

El PGIRS busca propender por la implementación y cumplimiento de los lineamientos establecidos para la gestión integral de los residuos sólidos generados en Santiago de Cali, así como también le apunta a promover la cultura ciudadana, mediante estrategias de información, comunicación y educación, que contribuyan con la gestión integral de los residuos sólidos y la prestación del servicio público de aseo en el municipio.

Además, este plan pretende fortalecer los procesos de participación de los usuarios, empresas prestadoras del servicio público de aseo y el municipio, y definir estrategias de residuos sólidos potencialmente aprovechables, que sean compatibles y viables para el contexto municipal.

Todo esto con el objetivo de convertir a Santiago de Cali en una ciudad sostenible y bioagradable; para ello, es indispensable contar con la participación de los diferentes actores y sectores que tienen competencia en el tema, entre ellos: las instituciones, los empresarios, los comerciantes, la academia, la comunidad, en general, y los recicladores y los carretilleros que trabajan recogiendo residuos aprovechables, para así dar paso a una verdadera gestión integral de residuos sólidos, donde predomine el aprovechamiento y la minimización en su generación.

Santiago de Cali debe convertirse en una ciudad próspera, con una verdadera conciencia de transformación y adaptación a esa dinámica ambiental moderna, a través de la consolidación de una cultura ciudadana responsable, que cuente con un soporte institucional fuerte y una articulación intersectorial eficiente, que permita que cada uno de los caleños participe activamente en la aplicación de las políticas orientadas al manejo adecuado de los residuos sólidos, acorde con lo que la ciudad necesita.

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PLAN INTEGRAL DE MOVILIDAD URBANA (PIMU)

El Plan Integral de Movilidad Urbana (PIMU) es un instrumento maestro de planificación de la movilidad urbana, que provee un diagnóstico documentado, establece un escenario objetivo y propone una selección de medidas acordes con este; todo ello en el marco de la promoción de una movilidad más sostenible, eficiente, equitativa y segura, y con un enfoque de planificación participativa.

El objetivo general del Plan Integral de Movilidad Urbana de Santiago de Cali, adoptado mediante Decreto 0332 de 2019, es fomentar un modelo de movilidad multimodal e intermodal que, con base en criterios de sostenibilidad ambiental, social y económica, otorgue a los modos de transporte público optimizados y no motorizados (peatón y bicicleta) prioridad sobre el transporte privado, fomente la seguridad vial y garantice la accesibilidad a todos los grupos poblacionales; buscando con ello la mejora de la calidad de vida de los habitantes de Santiago de Cali.

Haz clic aquí para acceder al micrositio del PIMU

PLANES PARCIALES

Los Planes Parciales son instrumentos que desarrollan y complementan las disposiciones del Plan de Ordenamiento Territorial para áreas de la ciudad que no se han urbanizado o del suelo de expansión, es decir, áreas que no se han dotado de infraestructura de servicios públicos, vías, equipamientos y espacio público, así como para áreas de la ciudad que sean aptas para ser renovadas.

Existen dos tipos:

  1. Planes Parciales de Renovación Urbana.
  2. Planes Parciales de Desarrollo.

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UNIDADES DE PLANIFICACIÓN URBANA Y RURAL (UPU Y UPR)

El Plan de Ordenamiento Territorial – Acuerdo 0373 de 2014 dividió a Cali en 15 grupos de barrios denominados Unidades de Planificación Urbana (UPU) y 5 grupos de veredas y sectores asociados a cuencas hidrográficas, denominados Unidades de Planificación Rural (UPR).

Estas Unidades de Planificación surgen de la necesidad de analizar con más detalle los territorios y propiciar un mayor acercamiento a las comunidades de estas zonas, para definir proyectos y programas de escala local acordes con las necesidades de sus habitantes y las características específicas de los barrios, sectores y veredas. Es como si le pusiéramos una lupa al territorio para poder, a través de estos instrumentos, planificar con un detalle mayor al del POT.

Este proceso abarca la realización de un diagnóstico territorial y la elaboración de propuestas de intervención en el territorio, involucrando a la comunidad existente en el área y a todos los organismos de la Alcaldía, dando como resultado un proceso de construcción colectiva.

Estos proyectos y programas se reglamentan mediante Acuerdo en el Concejo de Cali, lo que fortalece las posibilidades de participación ciudadana y hace que sean de obligatorio cumplimiento.

Así, las Unidades de Planificación Urbana y Rural resultan ser una guía clara para la inversión de los recursos públicos en obras y acciones locales realmente importantes para las comunidades.

Haz clic aquí para acceder al micrositio de las Unidades de Planificación.

USO DEL SUELO

El concepto de uso del suelo no es un permiso de funcionamiento para establecimientos de comercio, servicios, industria o dotacionales, según lo indica la norma. El Decreto Nacional 1077 de 2015, modificado por artículo 7 del Decreto Nacional 1197 de 2016, en el artículo 2.2.6.1.3.1, numeral 3, señala que:

  • “Concepto de uso del suelo. Es el dictamen escrito por medio del cual el curador urbano o la autoridad municipal o distrital competente para expedir licencias o la oficina de planeación o la que haga sus veces, informa al interesado sobre el uso o usos permitidos en un predio o edificación, de conformidad con las normas urbanísticas del Plan de Ordenamiento Territorial y los instrumentos que lo desarrollen. La expedición de estos conceptos no otorga derechos ni obligaciones a su peticionario y no modifica los derechos conferidos mediante licencias que estén vigentes o que hayan sido ejecutadas”. (Subrayado fuera de texto).

Así, el concepto de uso del suelo obedece a una verificación de norma, que permite, de conformidad con el Plan de Ordenamiento Territorial de Santiago de Cali – Acuerdo 0373 de 2014, informar al interesado sobre el potencial de actividades comerciales permitidas en un predio o edificación, sin que represente bajo ninguna circunstancia una autorización o permiso de funcionamiento.

En este sentido, es oportuno destacar lo manifestado por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, en Sentencia del 15 de marzo de 2018, expediente 25000-23-24-000-2006-00178-02, respecto a que “sobre los usos del suelo los particulares no pueden predicar ‘derechos adquiridos’ ni situaciones consolidadas”; por lo tanto, el concepto de uso de suelo, con anterioridad o posterioridad al POT – Acuerdo 0373 de 2014, no genera por sí solo ningún derecho ni obligación y tendrá carácter de situación consolidada o “derecho adquirido” únicamente cuando se materialice y ejecute en una Licencia Urbanística expedida por una Curaduría Urbana.

CONSULTA EN LÍNEA

El DAPM ha desarrollado un aplicativo que le permite a los ciudadanos, organismos y demás entidades que interactúan con la Administración Central de Santiago de Cali buscar o ubicar, a través de un mapa, la localización de un predio determinado y conocer qué actividades económicas se pueden desarrollar en él, de forma práctica y rápida. En este aplicativo, podrás consultar ilimitadamente y de manera gratuita todos los usos de tu interés en los predios requeridos, así como también descargar la información en formato PDF.

Recuerda que también debes tramitar la licencia en las curadurías urbanas, para asegurarte de tener tu negocio mucho tiempo, ¡es la única forma de estar seguro, aunque cambie la norma! Asimismo, reiteramos que el uso del suelo está amarrado al predio donde se lleva a cabo la actividad económica; si trasladas tu negocio, debes asegurarte de que el nuevo lugar tenga permitida la actividad a realizar y cuente con licencia urbanística acorde.

Haz clic aquí para acceder al aplicativo de Uso del Suelo.


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Fecha de publicación 27/12/2018
Última modificación 19/11/2019

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