Movilidad iniciará operativos de control a vehículos de Transporte Público Colectivo Urbano que no estén legalmente autorizados
Los operativos a vehículos del Transporte Público Colectivo Urbano, que inician el jueves (14.03.2024), buscan preservar la integridad de los usuarios de este servicio.
- Secretaría de Movilidad Distrital iniciará operativos de control a los vehículos de Transporte Público Colectivo Urbano que ya no tienen empresa ni tarjeta de operación.
- Los operativos buscan preservar la integridad de los usuarios de este servicio, pues estos vehículos no cuentan con seguros de responsabilidad civil contractual y extra contractual.
- De los 222 vehículos de Transporte Público Colectivo Urbano que no se encontraban vinculados a las empresas habilitadas actualmente en Cali, solo 14 decidieron acogerse a la Resolución No. 4152.010.21.0.1080 de 2023
Santiago de Cali, 14 de marzo de 2024
Dando cumplimiento a los términos jurídicos, a partir del jueves (14.03.2024) el cuerpo de agentes de tránsito de Santiago de Cali iniciará los operativos de verificación de legalidad de los vehículos de Transporte Público Colectivo Urbano, que no se acogieron a la Resolución 4152.010.21.0.1080 de 2023. La misma, ordena las acciones necesarias para la implementación del Sistema Inteligente Integrado de Transporte Público de Santiago de Cali (SIITP), adaptado mediante el Decreto 412.010.20.0579 de 2023.
“El día 12 de marzo venció el plazo contenido en la Resolución No. 4152.010.21.0.1080 de 2023, que permitía a los buses que ya no tenían empresa o tarjeta de operación, ingresar a cualquiera de las 10 empresas de Transporte Público Colectivo Urbano que tienen en este momento habilitación en Cali. Aquellos que no se acogieron a la Resolución, estarán prestando un servicio que ya no es legal”, explicó Wilmer Tabares Marín, secretario de Movilidad Distrital.
El funcionario aseguró que los operativos se realizarán con el objetivo de preservar la integridad de los usuarios de este servicio. “Estos vehículos no cuentan con seguros de responsabilidad civil contractual y extra contractual. Adicionalmente, no hacen parte de ninguna empresa autorizada para la prestación del servicio, ni rutas de recorrido”, reiteró.
En total, eran 222 vehículos de Transporte Público Colectivo Urbano que no se encontraban vinculados a las empresas legalmente constituidas en Cali para prestar el servicio. Frente a ello y desde el 12 de septiembre de 2023, la Secretaría de Movilidad Distrital adelantó diversos espacios de diálogo con las mismas. Sin embargo, solo 14 vehículos decidieron acogerse a la Resolución No. 4152.010.21.0.1080 de 2023 e ingresar a una de las 10 empresas que aún están autorizadas en la ciudad.
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Estas son las empresas habilitadas en la modalidad de Transporte Público Colectivo para el Distrito:
- Transportes DECEPAZ S.A.S.
- Empresa de Transportes Villanueva Belén Limitada.
- Empresa de Transportes de Santiago De Cali Alameda S.A.S.
- CIA Transportadora Verde Bretaña S.A.S.
- Cooperativa Especializada de Transporte y Servicios La Ermita LTDA.
- Empresa de Transporte Cañaveral S.A.
- Cooperativa Integral de Transportadores Florida – Cali LDTA.
- Transportes Recreativos Limitada.
- Transportes Montebello S.A.
- Empresa de Transporte Río Cali S.A.
El documento también establece los requisitos que deben cumplir los vehículos vinculados a las empresas de Transporte Público Colectivo Urbano, para prestar el servicio de manera legal:
- Una vida útil de mínimo cinco (5) años al momento de radicar el trámite.
- Aportar certificado de revisión a la DIJIN, con vigencia no mayor a treinta (30) días.
- De conformidad con el Artículo 2.2.7.3.4, todo vehículo de capacidad igual o superior a 20 pasajeros, debe contar con dos (2) sillas dotadas de cinturón de seguridad, lo más cercano a las puertas de acceso y señalizadas adecuadamente, para uso preferencial por parte de personas con discapacidad (aportar evidencias).
- Los vehículos deberán contar con una salida de emergencia, acorde con las generalidades y especificaciones técnicas consignadas en la Resolución No. 005666 de 2023 del Ministerio de Transporte (aportar evidencias).
- Dispositivo GPS compatible con el Sistema de Gestión y Control de Flota-Sistema Automático de Despacho, con el que cuente la empresa afiliadora y/o convenio de colaboración empresarial.
- El vehículo deberá contar con los colores distintivos de la empresa de transporte habilitada a la cual se afilie, con las disposiciones que sobre los convenios de colaboración empresarial determine la autoridad.
La Secretaría de Movilidad Distrital invita a los ciudadanos a usar los medios de transporte público legales para sus desplazamientos: transporte público individual de pasajeros tipo taxi, Sistema de Transporte Masivo (MIO) y medios alternativos como la bicicleta.
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Rossana Jiménez Lenis
Comunicaciones Secretaría de Movilidad Distrital