Se acercan los vencimientos para la declaración, presentación y pago de las estampillas distritales para los agentes retenedores
- Conozca las fechas de cumplimiento de esta obligación con Hacienda de Cali.
Santiago de Cali, 6 de septiembre de 2024
La estampilla constituye hecho generador para la celebración de contratos, convenios, acuerdos y los actos y documentos que se gestionen ante la Administración Distrital o cualquiera de sus organismos y entidades descentralizadas del orden municipal y departamental.
Las estampillas del mes de agosto tendrán plazo para pagarse hasta el 11 de septiembre del año 2024. Este es el plazo máximo para declarar y pagar las estampillas procultura, prodesarrollo urbano, Bienestar para el Adulto Mayor y Tasa Prodeporte. Este importante aporte tributario se encuentra definido en los artículos 201, 205, del Decreto Extraordinario 0416 de 2021 y Resolución N. 4131.010.21.0935 de 2023.
Conozca las fechas para el pago de estampillas de septiembre a diciembre:
- Septiembre: plazo hasta 10 de octubre.
- Octubre: plazo hasta 12 de noviembre.
- Noviembre: plazo hasta 11 de diciembre.
- Diciembre: plazo hasta 10 de enero año 2025.
Si tienes dudas de como presentar la declaración de las estampillas, te invitamos a acceder al siguiente enlace donde se encuentran publicados los instructivos paso a paso:
https://www.cali.gov.co/
Recuerda que para realizar algunos de los trámites de la Alcaldía de Santiago de Cali, es necesario realizar el pago de las estampillas correspondientes. Para ello, el Departamento Administrativo de Hacienda Municipal habilitó canales virtuales, a través de los siguientes enlaces:
Estampillas Alcaldía Santiago de Cali
https://servicios.cali.gov.co:
Una vez expedido el recibo de pago también podrás realizar el pago por PSE, en el siguiente enlace:
Con las estampillas virtuales, los caleños ahorran tiempo, costos y desplazamientos, porque podrán realizar el trámite desde la comodidad de su oficina y hogar.
También pueden realizar el pago de las mismas a través de estos bancos autorizados para el recaudo de las estampillas por código de barras: Banco Popular, Banco Bogotá, Banco Occidente, Banco GNB Sudameris.
Fabián Zamora Cardona
Comunicaciones Departamento Administrativo de Hacienda