“Los animales silvestres no son mascotas”

“Los animales silvestres no son mascotas”

En vísperas de la celebración del Día del Medio Ambiente, este 5 de junio, el Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente (Dagma), en cabeza de su directora, Beatriz Eugenia Orozco, invita a la reflexión sobre la temática de la fauna y flora silvestre.

Si compras, aceptas de regalo u obsequias una tortuga o un loro, una iguana o un mono, o cualquier otro animal silvestre, entras a hacer parte de la cadena del tráfico de fauna silvestre.

¿Por qué no debemos tener animales o plantas silvestres como mascotas o como animales domésticos?

Porque las especies animales fuera de su hábitat o ambiente natural no pueden realizar las funciones para las cuales han evolucionado en dichos espacios: dispersión de polen o semillas, dispersión de sus propias especies, control de plagas y enfermedades, mantener el equilibrio de los ecosistemas, entre otros.

Porque necesitan alimento especializado que, generalmente, solo consiguen en su hábitat y el hombre por desconocimiento o dificultad de conseguirlo, no se lo puede ofrecer, y su reemplazo le ocasiona deficiencias nutricionales y por lo tanto, enfermedades o la muerte.

Porque para reproducirse la mayoría de veces requieren de espacios naturales mucho más grandes que una jaula o una casa o una finca; igualmente, requieren la compañía, enseñanza y ejemplo de sus congéneres como estímulo y aprendizaje para sobrevivir. Ello priva a un especimen de cumplir con su función de reproducirse y perpetuar su especie en el tiempo, lo cual aumenta las posibilidades de desaparecer.

Porque aunque los tratemos muy bien y les proporcionemos buen alimento y compañía, la falta de relación con otros individuos de su especie, hace que se depriman, se debiliten y enfermen o hasta pierdan facultades naturales e instintivas, llegando incluso a morir sin causa aparente.

Porque muchos animales sacados de su medio natural son más propensos a ser portadores de hongos, bacterias, protozoos o parásitos, que producen enfermedades que ellos no padecen ostensiblemente (enfermedades zoonóticas) ya que solo son vectores, y pueden trasmitirlas a los humanos o a los animales domésticos mediante su contacto, por el de sus restos, o el de sus excrementos u orina, ya que no tenemos anticuerpos u otras defensas para afrontarlas.

Esta puede ser una de las más importantes razones que debamos tener para rechazar la utilización de animales silvestres como animales de compañía o mascotas, ya que las enfermedades trasmisibles vía zoonosis, son muchas, y en su mayoría fáciles de atacar al hombre, tales como gastroenteritis, neumonía, tuberculosis, fiebre amarilla, fiebre tifoidea, cólera, malaria, mal de chagas, paludismo, hepatitis A, peste de rabia, toxoplasmosis, herpes, psitacosis, criptococosis, histoplasmosis, salmonelosis, etc.

Hay, además, un agravante: el desconocimiento de muchos protocolos médicos para identificación de muchas de estas enfermedades y sus portadores, vectores u hospederos dentro de las mismas especies silvestres, que hace que, bajo situación de cautiverio se potencien y agraven sus manifestaciones y posibilidades de contagio al hombre o a sus animales domésticos o de cría. Esto lleva, también, a que se emitan diagnósticos errados sobre el origen y el desarrollo de ciertas enfermedades, atribuyéndoselas a otras causas y no al contacto con la fauna silvestre.

Además, la captura, transporte, almacenamiento, comercialización o cualquier forma de explotación de especies de la fauna y la flora silvestres, o cualquiera de sus partes, es un delito que está penalizado por la legislación ambiental colombiana: Decreto 1608/1978; los acuerdos 038/1973 y 1681/1974 y la Ley 165 de 1994. La tenencia como mascotas lo prohíbe la Ley 599/2000, del mismo decreto anterior.

PENALIZACIÓN: Si la especie es amenazada o en vía de extinción, incurrirá en prisión de 2 a 5 años, y multa de hasta 10 mil salarios mínimos legales mensuales (Artículo 328, del Nuevo Código Penal Colombiano).

El tráfico de especies silvestres de la fauna y la flora es posible, mientras haya ciudadanos inconscientes, que por acción u omisión posibiliten este cruel, lucrativo y miserable negocio, el cual, después del narcotráfico y el contrabando de armas, es el tercer negocio ilegal más lucrativo del mundo.

El Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente (Dagma) adelanta operativos móviles de control en plazas de mercado, almacenes de venta de mascotas y plantas y te pide colaboración para denunciar cualquier vendedor o traficante de fauna y flora silvestre, ya sea ante la autoridad ambiental local Dagma: Grupo de Control de Tráfico de Fauna: 667 58 59; al PBX: 668 05 80, o al número terminado en 83 y 93, o al PQR-Alcaldía: 195). También a la autoridad ambiental regional CVC, Cali: 331 01 00 o a CVC control aeropuerto Alfonso Bonilla Aragón: 666 30 49; línea gratuita: 018000933093; a la Policía Ambiental Cali: 882 61 15, 312 385 04 08, 317 700 39 56 y 321 638 37 89. También, a cualquier inspección de Policía o a la Policía Nacional o local.

Elaboró: Hidrobiól. J. Édgar Sterling, Protección Ambiental, con colaboración de J. Ernesto Ocampo, Fauna – Dagma

 


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Fecha de publicación 04/06/2012
Última modificación 04/06/2012

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