Por intervenciones arbóreas ilegales, este año se iniciaron 77 procesos sancionatorios
Gracias al reporte oportuno de la comunidad a la línea WhatsApp de ‘Emergencias Ambientales’ (350 583 45 64) y al 123 de la Policía Metropolitana, en 2023 el Dagma ha iniciado 77 procesos sancionatorios a infractores que afectan el patrimonio arbóreo de caleños y caleñas.
De los 573 expedientes sancionatorios que el Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente-Dagma ha iniciado en lo corrido de 2023, 90 procesos obedecen a posibles infracciones ambientales detectadas por el personal del grupo de Gestión de Flora.
Los árboles prestan importantes servicios ecosistémicos a la ciudad, entre otros, la generación de oxígeno, captura de carbono, confort térmico, sustento para la fauna silvestre y mitigación del ruido. Pero lograr una armonía entre naturaleza e infraestructura urbana, es uno de los desafíos constantes a los que se enfrentan las autoridades en ciudades modernas.
En ese contexto, durante 2013 y mediante el Acuerdo Municipal 0353, Santiago de Cali estableció el Estatuto de Silvicultura Urbana, documento que además de promover el aumento, la preservación y conservación de áreas verdes en el Distrito, también dicta otras disposiciones que buscan regular la administración del patrimonio natural, entre ellas asuntos relacionados con siembra, poda, traslado y tala, garantizando una adecuada y segura gestión del arbolado urbano.
Fractura de ramas; volcamiento del árbol por desequilibrio; presencia de fauna como abejas; accidentes por el uso de maquinaria o riesgos eléctricos por conflicto con redes de transmisión, son algunas de las situaciones asociadas a las labores silviculturales (gestión del arbolado). Frente a ello, el Estatuto de Silvicultura Urbana establece que solo es posible intervenir individuos arbóreos en la ciudad con el concepto y permiso del Dagma, en su calidad de autoridad ambiental en el área urbana de Cali.
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En el caso de individuos arbóreos con riesgos eléctricos o en conflicto con redes de transmisión, el Acuerdo 0353 y la Resolución 90708 del 30 agosto de 2013 (proferida por el Ministerio de Minas y Energía y que define el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas-RETIE), establecen que solo las empresas de servicios públicos encargadas de la red de conducción eléctrica pueden realizar actividades de tala, bloqueo y traslado o manejo silvicultural de individuos arbóreos, que representen en su ejecución algún tipo riesgo eléctrico, al igual que en el caso de alumbrado público cuando éste tenga conflicto o riesgo eléctrico con luminarias.
Esta norma busca mitigar el riesgo de accidentes, preservar la vida y contribuir a la debida y segura gestión del arbolado de la ciudad. Un ejemplo de esto es que ante las emergencias que se presentan por volcamiento o caída de ramas, la central de comunicaciones del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Cali (el ente coordinador de la atención de este tipo de emergencias), asigna a las cuadrillas de Empresas Municipales de Cali-Emcali la atención de todo incidente que involucra conflicto con redes eléctricas. De otro lado, las cuadrillas del Dagma y Bomberos atienden otros casos.
Miguel Fernando Vásquez Abadía, líder del grupo de Gestión de Flora del Dagma, explicó que al realizar la poda o tala de un individuo arbóreo sin la debida autorización, además de poner en riesgo a las personas que realizan la maniobra, el responsable de la intervención se está haciendo merecedor al inicio de un proceso sancionatorio, cuyo costo oscila entre 1 y 5 mil salarios mínimos legales vigentes–SMLV ($1.160.000 y $5800 millones), conforme a lo dispuesto en la Ley 1333 de 2009.
“Una persona o empresa que verdaderamente conozca de silvicultura, sabe que los árboles son un bien público, que pertenecen a todos y que para intervenir un individuo arbóreo en esta o cualquier otra ciudad, debe tramitar un permiso de aprovechamiento forestal, independiente que se trate de labores de poda, tala o traslado. Quien conoce de silvicultura sabe muy bien que de no hacerlo, está infringiendo la ley y exponiendo a su cliente a una sanción muy onerosa”, puntualizó Vásquez Abadía.
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