Se amplía convocatoria pública para artistas plásticos y visuales de Cali

Se amplía convocatoria pública para artistas plásticos y visuales de Cali

Con la finalidad de permitir la participación de más artistas y emprendedores, ampliar y fomentar la recepción de aplicaciones a la Primera Muestra de Proyectos de grado en Artes Visuales y Plásticas, la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali, con el apoyo de la Sociedad de Mejoras Públicas, se extiende la fecha de cierre de la convocatoria, y los lineamientos de aplicación, de la siguiente manera:

OBJETO

Estímulo para la selección de tres (3) trabajos de grado, que faciliten el encuentro, la relación y la socialización de resultados de procesos de creación, formación e investigación en artes plásticas y visuales.

Nota: Se podrán presentar trabajos de grados realizados  desde el 2013 hasta la fecha y deberán estar sustentados y aprobados por parte de una institución educativa de Cali. No podrán participar trabajos de grado o propuestas que hayan sido exhibidos en algún certamen.

Número de estímulos: Tres (3)

VALOR DE LOS ESTÍMULOS         
Primer estímulo - Dos millones de pesos ($2.000.000)
Segundo estímulo – Un millón quinientos pesos ($1.500.000)
Mención de Honor – Quinientos mil pesos ($500.000)

PROPUESTA
Hoja de vida, máximo tres (3) páginas.
Copia el Acta de Grado o documento aprobatorio emitido por la Institución que aprobó el proyecto de grado que está postulándose.
Los Trabajos de Grado que se presenten a la convocatoria deberán incluir:
El escrito como se entregó a la Institución Educativa que aprobó el proyecto de Grado, sin ningún cambio o corrección y/o, imágenes de la(s) obra(s) de igual forma como se presentaron a la Institución Educativa que aprobó el proyecto de Grado, sin ningún cambio o corrección. (En caso de trabajos teóricos, solo presentarán el escrito)

QUIENES PUEDEN PARTICIPAR
Los artistas visuales o plásticos, investigadores nacidos en Cali que propongan su trabajo de grado en Artes Plásticas o Visuales realizado en una Institución Educativa de Cali
Los artistas visuales o plásticos , investigadores que puedan comprobar una residencia de mínima de 5 años, que propongan su trabajo de grado en Artes Plásticas o Visuales realizado en una Institución Educativa de Cali

CONDICIONES
- Un concursante (o colectivo)  podrá inscribir sólo una (1) propuesta de proyecto a esta convocatoria

NO PUEDEN PARTICIPAR
Los servidores públicos de la de la Sociedad de Mejoras Públicas y de la Secretaría de Cultura y Turismo de Cali.

Las personas naturales que hayan tenido injerencia en la asesoría, preparación y elaboración de los términos, requisitos y condiciones de la convocatoria.

Las personas que formen parte del jurado del presente concurso, su cónyuge o compañero(a) permanente, así como sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge, cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).

Las personas naturales integrantes de agrupaciones a quienes la Sociedad de Mejoras Públicas y/o Secretaría de Cultura y Turismo de Cali y sus entidades adscritas le hayan declarado por acto administrativo debidamente ejecutoriado, el incumplimiento de sus deberes como ganadores del estímulo otorgado, durante los dos (2) años anteriores al cierre del presente concurso. Las anteriores causales se extienden a los integrantes de las agrupaciones.

Los artistas que no sean oriundos de Cali y no puedan comprobar una residencia mínima de 3 años en la ciudad.

FECHAS
Los participantes deberán enviar la información requerida vía Internet o presencial según las siguientes indicaciones:

http://www.wetransfer.com/   al e-mail: comunicaciones@smpcali.org hasta el 10 de noviembre de 2016 a las 11:30 a.m. No se recibirán propuestas después de la fecha y hora acordada.

Los resultados se publicarán 21 de noviembre del 2016 en la página web de la Sociedad de Mejoras Públicas de Cali www.smpcali.org

La recepción de obras se hará el viernes 25 de noviembre de 9 am a 12 m y de 2 a 5 pm.  En las Salas de Exposición del Centro Cultural de Cali, Carrera 7ª No. 4-70 esquina, las obras que no sean entregadas ese día quedaran excluidas de la exposición.

El montaje se realizará del 27 al 30 de noviembre del 2016

El Jurado hará un recorrido el día 1° de diciembre a las 10:00 a.m.  y su decisión de otorgamiento de estímulos y mención lo manifestará mediante acta.

La inauguración tendrá a lugar en las Salas de Exposición del Centro Cultural de Cali el 1 de diciembre a las 7 pm del 2016, en la cual se dará a conocer el fallo del jurado, el cual será  inapelable.

Los artistas deberán desmontar sus obras del 10 al 13 de enero de 2017 en horario de 9:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 a 5:00 p.m.

Las obras que no sean recogidas en dichas fechas, quedaran a disposición de la Secretaría de Cultura y Turismo de Cali para que determine su destino final.

ENTREGA DE LA PROPUESTA Y DOCUMENTACIÓN FORMAL
El concursante debe presentar:

Una (1) carpeta con la documentación formal legajada y foliada.
Tres (3) carpetas de idéntico contenido con la propuesta impresa en papel tamaño carta, legajada, foliada y en original
Tres (3) USB con la información idéntica del contenido de la propuesta en formato PDF. Debe verificar que la información contenida en la memoria portátil corra en cualquier equipo.

Las memorias portátiles (USB) deben marcarse con el nombre de la convocatoria y nombre del concursante.

Esta documentación debe entregarla en un sobre sellado y marcado con la siguiente información:



El sobre debe ser radicado en la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali, ubicada en la Carrera 5 No. 6 - 05, en el horario de atención de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 a 5:00 p.m., o enviado por correo certificado a la misma dirección. Es importante prever el tiempo para que la propuesta sea recibida a más tardar en la fecha y hora límite de cierre del presente concurso.

Las propuestas que sean entregadas por la empresa transportadora o por el interesado con posterioridad a la fecha y hora límite de recepción, serán RECHAZADAS por extemporaneidad, aunque hayan sido enviadas con una fecha previa.

Al momento de entregar la propuesta no se realizará ningún tipo de revisión o verificación de documentos.

CARACTERÍSTICAS GENERALES
Se elaborará un catálogo que incluye reseñas de los artistas e imágenes de las obras propuestas.

No se aceptarán trabajos de grado que aún no hayan tenido el debido el proceso de sustentación y aprobación por parte de la institución pertinente.

No podrán participar Trabajos de Grado que ya hayan sido expuestos.

Todas las técnicas y formatos serán aceptados, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos. No hay un tema específico. - Podrán aplicar Tesis y trabajos de grado en: obra: escultura, instalación, etc.   y trabajos Teóricos: Monografías sobre artistas, investigaciones sobre un tema en particular, etc.

Los artistas pueden participar con solo un proyecto de grado

Presentar todos los documentos requeridos, incluyendo imágenes, planos y toda la información necesaria para la comprensión de la obra. Las propuestas deberán incluir los detalles necesarios para el montaje, sin embargo deberán aceptar las decisiones que determinará el equipo curatorial.

Los artistas enviaran la información detallada de la propuesta como se especifica en el parágrafo *requisitos del proyecto*, de faltar a alguno de los términos y condiciones será causal de rechazo de la propuesta.

La inscripción da por sentado que el artista o colectivo acepta los términos y condiciones de la convocatoria. 

Los artistas inscritos, dan autorización para la difusión, publicación del desarrollo de sus obras a la Sociedad de Mejoras Públicas y a la Secretaría de Cultura y Turismo de Cali.

Los artistas son los encargados y responsables del montaje y desmontaje de sus obras.

Parágrafo: Si el artista se encuentra fuera de la ciudad, podrá delegar el montaje de su obra a quien considere, a través de una carta poder.

Es obligatorio que las propuestas seleccionadas se monten de acuerdo a como sean presentadas al jurado de selección.

Las obras que no estén montadas en un 100 % para el día 1° de diciembre a las 9 a.m., serán retiradas del espacio expositivo.

Las obras que requieran de equipos tales como: video proyectores, monitores, sonido y similares. Deben ser proporcionados por el artista.

Cualquier especificación que no aparezca en la presente convocatoria, puede ser consultada en comunicaciones@smpcali.org. Quien no acuda con nosotros a solucionar su dudas, se hará responsable de las divergencias que esto con lleve. En ningún caso la Sociedad de Mejoras Públicas y la Secretaría de Cultura y Turismo de Cali, se hará responsables de interpretaciones personales.

VERIFICACIÓN DE PROPUESTAS
Una vez cerrado el concurso, y para garantizar la transparencia del mismo, las propuestas recibidas serán abiertas en presencia de un equipo designado por la Sociedad de Mejoras Públicas y la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali, el cual verificará la documentación de acuerdo a lo establecido en este documento y clasificará las propuestas en los siguientes estados:

Propuestas habilitadas: aquellas presentadas con la documentación formal, la propuesta completa y que cumplen con las condiciones previstas en este documento.
Propuestas rechazadas: aquellas que NO presentan la documentación formal, que no presentan la propuesta completa o que no cumplen con las condiciones previstas en este documento.

El resultado de la verificación será publicado de acuerdo al cronograma establecido para la convocatoria.

OBSERVACIONES
El concursante que considere necesaria una aclaración sobre la verificación de sus documentos, deberá enviar una comunicación con su solicitud en físico o al correo electrónico: isabel.otero@cali.gov.co

CAUSALES DE RECHAZO
La Sociedad de Mejoras Públicas y  la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali, aplicarán el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los concursantes en relación con el cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos.

La iniciativa será clasificada como rechazada cuando:
Sea presentada en forma extemporánea, entregada en oficina o dependencia diferente a la indicada en este documento, o enviada por correo electrónico o fax.

El concursante no presente completa la documentación formal de acuerdo a las condiciones previstas en este documento.

La Sociedad de Mejoras Públicas y la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali,  soliciten alguna información como aclaración y la misma no sea suministrada por el concursante dentro del plazo establecido en la solicitud o cuando esta llegue incompleta.

El concursante se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de intereses para participar o proponer, establecidas sobre la materia en la legislación vigente.

El concursante presente más de una (1) propuesta a este concurso.

El concursante suministre a la Sociedad de Mejoras Públicas y a la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali, información que induzca a error en cuanto a las condiciones de verificación o evaluación, o que efectúe afirmaciones que no se ajusten a la verdad.

El concursante o ganador haya sido sancionado, o le haya sido formalmente declarado el incumplimiento de los deberes derivados de los concursos del sector mediante acto administrativo debidamente ejecutoriado. En estos casos no podrán participar por el término de dos (2) años en este concurso ni en los que adelante la Sociedad de Mejoras Públicas y la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali y sus entidades adscritas.

EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Realizada la verificación, las propuestas que cumplan con los requisitos serán evaluadas por un jurado compuesto por un número impar.

CRITERIOS DE EVALUACION
Solidez conceptual del proyecto. Hasta (25 puntos)
Desarrollo formal de la obra. Hasta (25 puntos)
Coherencia entre la solidez conceptual y el desarrollo formal del proyecto (25 puntos)
Montaje del proyecto (25 puntos)

JURADOS
La Sociedad de Mejoras Públicas y la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali designará al jurado experto, de reconocida trayectoria e idoneidad, quienes evaluarán las propuestas que cumplieron con los requisitos exigidos en el presente documento, emitirán un concepto escrito de las mismas, deliberarán y escogerán  los ganadores y la mención de honor de la convocatoria, previa suscripción del acta en la que se dejará constancia de los criterios aplicados para efectuar  la selección.

El jurado designado tendrá las siguientes facultades:

Efectuar la recomendación de selección por unanimidad o mayoría simple. Su recomendación será inapelable.

Recomendar declarar desierta la convocatoria, si durante la deliberación encuentra por unanimidad que la calidad de las propuestas evaluadas no amerita el otorgamiento de la beca. En este caso, el jurado expondrá las razones que tuvo en cuenta para tomar esta decisión.

Citar a sustentación al concursante, cuando así lo considere pertinente y previo a la recomendación final. En caso de que el representante de la agrupación no pueda asistir a la sustentación convocada por el jurado, deberá delegar por escrito a uno de los integrantes de la propuesta.

Otorgar otras menciones (no remuneradas) a aquellas propuestas que consideren meritorias, las cuales consignará en el acta  de la convocatoria.

La Sociedad de Mejoras Públicas y la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali, acogerán la recomendación de selección de los ganadores efectuada por el jurado.

Para el efecto, expedirán acto administrativo contra el cual proceden los recursos de ley. Una vez ejecutoriado dicho acto administrativo, surgen las obligaciones recíprocas a cargo de la Sociedad de Mejoras Públicas, la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali  y el ganador.

En el evento de sobrevenir inhabilidad, impedimento o renuncia por parte de alguno de los ganadores seleccionados, la Sociedad de Mejoras Públicas y la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali, a partir de la evaluación del jurado, podrá asignar la beca al concursante que ocupe el siguiente puesto en orden descendente de evaluación.

OTORGAMIENTO DEL ESTIMULO
Una vez publicada el acta por la cual se acoge la recomendación del jurado, la Secretaria de Cultura y Turismo y la Sociedad de Mejoras Públicas iniciará los trámites para efectuar el desembolso del estímulo.

Es responsabilidad de los concursantes revisar la publicación de los documentos mencionados.

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA ACEPTAR EL ESTÍMULO
El ganador del concurso debe presentarse ante la Sociedad de Mejoras Públicas a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del acta por la cual se acoge la selección del jurado y aportar los siguientes documentos:


Fotocopia del Certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible y actualizado.

Certificación bancaria a nombre de la persona natural o del representante de la agrupación en donde conste sucursal, número y tipo de cuenta, que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores a su entrega.
Factura, si el concursante o el representante de la agrupación pertenece al régimen común.

Anexo denominado Certificación para la determinación de la Categoría tributaria, completamente diligenciado (aplica para el representante de la agrupación y la persona natural).

Un CD que contenga reseña biográfica del ganador de máximo dos (2) párrafos, reseña de la propuesta presentada de máximo dos (2) párrafos y fotografía reciente del ganador en alta resolución, formato JPG, 300 dpi, para efectos de divulgación y memoria del proceso.

Además de los documentos mencionados, la Sociedad de Mejoras Públicas y la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali podrán solicitar documentación adicional que considere necesaria para el seguimiento a la ejecución de la propuesta.

DESEMBOLSO
Publicada el acta por la cual se acoge la selección del jurado, se iniciarán los trámites administrativos pertinentes para garantizar el desembolso del apoyo económico. La Sociedad de Mejoras Públicas procederá a realizar los desembolsos de la siguiente manera:

Un Pago único del 100% del valor del apoyo económico, al que se le aplicará las retenciones tributarias a que haya lugar.

DERECHOS DE LOS GANADORES
Recibir el estímulo correspondiente.

Gozar de las acciones de divulgación que la Sociedad de Mejoras Públicas y la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali y a sus entidades adscritas y vinculadas, realicen dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuenten para tal efecto.

Ser los titulares de los derechos morales y patrimoniales de las obras o propuestas beneficiadas con el estímulo.

DEBERES DE LOS GANADORES
Informar por escrito y con la debida anticipación a la Sociedad de Mejoras Públicas y a la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali, en caso de renunciar al estímulo otorgado.

Asistir puntualmente a las reuniones, actividades de divulgación, prensa, presentaciones públicas o privadas que sean acordadas con la Sociedad de Mejoras Públicas y la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali.

Aportar la documentación requerida por la Sociedad de Mejoras Públicas y la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali para efectos de divulgación, compilación de memorias (textos explicativos de la propuesta, imágenes, fichas técnicas), seguimiento y evaluación, entre otros, en las fechas señaladas por la entidad.

Entregar los informes solicitados en los plazos establecidos por la Sociedad de Mejoras Públicas y la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali.

Acoger las observaciones que realicen la Sociedad de Mejoras Públicas y la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali durante la ejecución de la propuesta.

Informar oportunamente a la Sociedad de Mejoras Públicas y a la  Secretaria de Cultura y Turismo de Cali, si por motivo de fuerza mayor  deben realizar alguna modificación, para ser autorizado por las entidades mediante acta suscrita entre las partes.

Contar con el visto bueno de la Oficina Asesora de Comunicaciones de la Sociedad de Mejoras Públicas y de la  Secretaria de Cultura y Turismo de Cali,  cuando se generen piezas de comunicación, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación adelantadas por los ganadores en la ejecución de la propuesta, con el fin de dar un adecuado uso a las imágenes institucionales.

Atender las recomendaciones para la estrategia de circulación que realice la Sociedad de Mejoras Públicas y la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali.

Los demás que señale la  Sociedad de Mejoras Públicas y Secretaria de Cultura y Turismo de Cali.
La Sociedad de Mejoras Públicas y la  Secretaria de Cultura y Turismo de Cali  no se hacen responsables por los significados ni por las interpretaciones que puedan sugerir las propuestas concursantes.

DEBERES EN RELACIÓN CON LOS DERECHOS DE AUTOR
El ganador del estímulo, en su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales de la propuesta presentada, autoriza  a la Sociedad de Mejoras Públicas y a la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali o a quien estas designen, para que use y distribuya los ejemplares entregados con fines promocionales de divulgación, elaboración y mantenimiento de la memoria colectiva. Para efectos de reproducción y uso de la obra por cualquier medio, así como para su distribución, se suscribirán las respectivas licencias de uso.

Tramitar y obtener las respectivas licencias, autorizaciones o permisos para utilizar obras, interpretaciones, ejecuciones o fonogramas involucrados en la propuesta de las cuales no sea titular de derechos de autor, previo al inicio formal de la ejecución de la propuesta, acreditando esta situación con los respectivos documentos.

En caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual, eximir y liberar de toda responsabilidad a la Sociedad de Mejoras Públicas y a la Secretaria de Cultura y Turismo de Cali, ante los titulares de los derechos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.

Los demás que consten en la Constitución y las leyes vigentes que regulen la materia.

Se recomienda registrar la propuesta ante la Dirección Nacional del Derecho de Autor, con el fin de proteger sus derechos. Para ello puede ingresar al portal web: www.derechodeautor.gov.co o acercarse a las oficinas de dicha entidad ubicadas en la calle 28 No. 13 A - 15, piso 17, Bogotá D. C. Teléfono: 3418177. Fax: 2860813.
 
DEBERES DE LA SOCIEDAD DE MEJORAS PÚBLICAS Y LA SECRETARIA DE CULTURA Y TURISMO
Solicitar las explicaciones al jurado, durante y con posterioridad al proceso de selección, cuando a su juicio existan inconsistencias que afecten la recomendación de selección efectuada.

Aplicar las medidas correspondientes en caso de que la entidad evidencie en cualquier etapa del concurso, incluso en la ejecución, algún incumplimiento de las condiciones de participación.

Vigilar el cumplimiento de los deberes a cargo de los ganadores.

Realizar el acompañamiento y seguimiento de la propuestas ganadoras.

Efectuar los desembolsos a los ganadores en los términos previstos en el presente concurso, previa verificación del cumplimiento de los deberes adquiridos por los mismos y, de acuerdo con la programación de pagos de la entidad.

Apoyar la difusión y divulgación de la propuestas ganadoras, dentro del ámbito de las funciones propias de la entidad y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuente para tal efecto.
 


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Fecha de publicación 25/10/2016
Última modificación 25/10/2016

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