Formularios serán gratuitos


En adelante, los formularios que las entidades exijan para sus trámites serán gratuitos y deberán estar disponibles a través de mecanismos electrónicos. El decreto otorga tres meses de plazo para cumplir con esta orden. Cuando un ciudadano pierda sus documentos, no se le exigirá la denuncia por pérdida para el trámite del duplicado.  

Aunque el destinatario principal de estas medidas son las entidades públicas, el Gobierno instruyó a las superintendencias para que insten a sus entidades vigiladas a no exigir más requisitos de los necesarios. Si una entidad quiere establecer un trámite, deberá someterlo a consideración del Departamento Administrativo de la Función Pública.  

Por sectores, entre las medidas incluidas en el decreto antitrámites, se destacan las siguientes:  

Sector salud

 •El empleador, y no el empleado, le solicitará a la EPS las certificaciones de incapacidades por enfermedad general y licencias de maternidad o paternidad.   Desde el 2013, los colombianos sólo necesitarán su documento de identidad para acceder a los servicios de salud.

•La asignación de citas médicas y de odontología no podrá superar los tres días.

 •Las historias clínicas que conserven las entidades en liquidación deberán entregarse a los usuarios, en un plazo máximo de dos meses.

•Las reclamaciones o cualquier cobro con cargo a los recursos del Fosyga se deberán presentar ante el mismo fondo en el término máximo de un año.

 •Las EPS verificarán el cumplimiento de los requisitos de los beneficiarios que estudien y estén entre los 18 y los 25 años de edad. 

 •La publicidad de bebidas alcohólicas no requerirá autorización previa por parte del Invima. 

 •El tiempo de entrega de los medicamentos se reduce a 48 horas. 

Contratación pública

 •Se deroga la Ley 598 del 2000, que creó el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal (SICE). 

 A partir del 1º de junio, los contratos estatales se publicarán en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP). En consecuencia, se elimina el Diario Único de Contratación. 

 •Se elimina la publicación de las convocatorias a licitación. En adelante, se informará mediante tres avisos, en la página web de la entidad contratante y en el SECOP.  

Tributario

 •Los actos administrativos enviados por correo que sean devueltos deberán publicarse en el portal web de la DIAN, para que el usuario los pueda consultar. Esto mismo ocurrirá con las notificaciones mediante aviso, cuando no sea posible establecer la dirección del responsable. 

 A partir de 1º de julio, la información contenida en el Registro Único Tributario será compartida con las entidades públicas y los particulares con funciones públicas.   

Laboral y seguridad social

 •Las declaraciones extrajuicio se eliminan para los trámites que se adelanten ante las cajas de compensación familiar.

 •Los pensionados cuya mesada no exceda de dos salarios mínimos no estarán obligados a mantener saldo en su cuenta bancaria.  

Servicios públicos

 •Si se resuelve a favor del usuario una solicitud de reconexión de un servicio público domiciliario, el tiempo máximo para tener de nuevo el servicio será de 24 horas. 

 •Se les prohíbe que las empresas de servicios públicos presten el servicio sin la autorización expresa del arrendador.  

Derechos de autor

 •Se crea la ventanilla única para la obtención de licencias y pago de derechos de autor, para autorizar el funcionamiento de establecimientos que reproduzcan cualquier tipo de obra artística. 

 •Se elimina el trámite de la licencia de traducción de obras extranjeras ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor.  

Relaciones exteriores

 •Desde el primero de julio, los trámites de apostillaje se podrán solicitar mediante correo postal. La presentación personal del solicitante fue eliminada. 

 •Los ciudadanos extranjeros podrán registrarse a través del Sistema Nacional de Registro de Extranjeros, en la página web de Migración Colombia. La condición migratoria se podrá solicitar a través de esta misma página. 

 •Se crea el permiso temporal de permanencia para extranjeros que ingresan a Colombia como visitantes o para los que necesitan aclarar situaciones administrativas o judiciales. El plazo será de 90 días.   

Administración de justicia

 •Cuando el poder otorgado por una escritura se revoque en una notaría distinta a la original, el notario que lo autorice deberá comunicárselo a su colega. La misma regla se aplicará para las cancelaciones de hipoteca. 

 •Las actas de conciliación no requerirán ser elevadas a escritura pública.   

Defensa nacional

 •El certificado judicial que expedía el DAS se suprime definitivamente, por lo tanto, no se deberá presentar documento alguno para certificar antecedentes judiciales. El Ministerio de Defensa quedó obligado a desarrollar un sistema de consulta en línea para acceder a la información de antecedentes. 

 •La misma cartera tendrá un plazo de dos años para definir un servicio en línea que les permita a los ciudadanos consultar el estado de su situación militar y cancelar el valor de su cuota de compensación.   

Comercio exterior

 •A partir del 31 de mayo, las entidades participantes en la Ventanilla Única de Comercio Exterior deberán resolver las solicitudes de importación del régimen libre en un término no superior a dos días hábiles. 

 •Además, deberán resolver las solicitudes de importación del régimen de licencia previa en un término no superior a tres días.  

Tránsito y transporte

 •La revisión técnico mecánica para vehículos particulares nuevos se hará a partir del sexto año de matrícula. En la actualidad, se realiza a partir del segundo año.

 •Las multas de tránsito se podrán pagar en cualquier lugar del país y no solo en el sitio donde se cometió la infracción. 

 •Los exámenes sicotécnicos para sacar la licencia se podrán realizar en una IPS, lo que disminuiría su costo.

 •Las licencias de conducción para vehículos de servicio particular tendrán una vigencia de 10 años para conductores menores de 60 años de edad; de cinco años, para personas entre 60 y 80 años, y de un año, para mayores de 80 años. 

 •La renovación de las licencias no podrá durar más de 24 horas.   

Esta nueva norma, si bien facilitará la vida de los ciudadanos, también significa un gran reto para los organismos de la administración pública y los particulares que ejercen funciones públicas, según el ámbito de aplicación, porque exige que los procesos administrativos sean sencillos, gratuitos, soportados en la tecnología y en la información que reposa en las bases de datos de cada entidad.    

El Director Jurídico de la Alcaldía de Santiago de Cali, Javier Mauricio Pachón Arenales, recomendó a los abogados y servidores públicos de las 17 dependencias estudiar juiciosamente este Decreto Ley que ya está vigente, a fin de ajustar los trámites publicados en el Sistema Unico de Información de Trámites SUIT. 


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Fecha de publicación 13/01/2012
Última modificación 13/01/2012

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