Lineamientos para casetas de vigilancia legales en zonas verdes

Lineamientos para casetas de vigilancia legales en zonas verdes

En Santiago de Cali la normativa permite tener una caseta de vigilancia incluso por cada cuadra de la ciudad, siempre y cuando, cumplan con las especificaciones que establece el Decreto 0430 de 1999, que se centra en la regulación de los diseños y la instalación de este tipo de mobiliario urbano.

Tras tener definido el sitio donde se ubicará la caseta, se requiere crear un oficio firmado por todos por los vecinos que conforman la cuadra, en el cual se establezca la dirección exacta donde se instalará la caseta, los materiales que se utilizarán y además, el nombre completo de la persona que velará por la correcta colocación y el mantenimiento adecuado evitando condiciones de suciedad, inseguridad y deterioro físico.

“Dicho documento debe radicarse en las ventanillas de atención al ciudadano ubicadas en el CAM – Torre Alcaldía, en cualquiera de las dependencias externas o los C.A.L.I de las comunas 5, 6, 8, 9, 10, 15, 17, 18, 19, 20 y 21. En un tiempo máximo 15 días hábiles la comunidad tendrá respuesta a su solicitud y si cumple con los lineamientos establecidos, podrá proceder a la instalación de la caseta”, expresa Juan Fernando Reyes Kuri, Director de Desarrollo Administrativo.

Según María Virginia Borrero Garrido, Subdirectora de Ordenamiento Urbanístico, “las casetas autorizadas deben tener una altura máxima de 2.15 mts, de los cuales el 50% deberá ser construida en elementos transparentes y el otro 50% en materiales livianos como aluminio, madera o similares. La norma específica que no puede construirse en ladrillo o bloques en concreto, ni sus cubiertas podrán ser en teja de barro o losa de concreto”.

El mencionado decreto define puntualmente que este elemento de seguridad debe “construirse sobre andenes de mínimo 2.90 Mts, pues es de gran importancia que los ciudadanos tengan 1.50 mts para caminar y 0.50 Mts la separen de la vía, teniendo en cuenta que el área máxima que puede contener la caseta es de 0.90 Mts X 0.90 Mts y su instalación debe permitir el fácil desplazamiento de la misma”, puntualizó la funcionaria.

Edna Magaly Ayala
Desarrollo Administrativo


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Fecha de publicación 17/05/2015
Última modificación 17/05/2015

Versión 7.0.1

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