Consulta de Comparendos para el Código de Policía

Aquí podrá consultar y gestionar sus comparendos relacionados con el código de policía según la ley 1801 del 2016. Se podrán Descargar sus recibos e inscribirse a su pedagogía siempre y cuando aplique para su comparendo y este dentro de los días habiles para su conmutación (Multas tipo 1 y 2).
ID | Fecha | Descripcion | Medida Correctiva de Pedagogogía | Medida Correctiva de Multa | ||
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La identificación No. {{identificacion}} con {{tipo_identificacion}} no tiene asociado ningún comparendo. | ||||||
{{comparendo.numeroFormato}} | {{comparendo.numeroExpediente}} | {{comparendo.fechaComparendo.timestamp * 1000| date:'yyyy-MM-dd HH:mm:ss'}} | {{comparendo.comportamientocontrario}} {{comparendo.descripcion}} |
La medida correctiva de multa es conmutable por participación en pedagogía/Trabajo Comunitario. La conmutación esta: {{comparendo.estado}}. Sin embargo, usted debe participar en pedagogía/Trabajo comunitario para cerrar esta medida correctiva. Su tipo de multa no es conmutable por participacion en pedagogía. Sin embargo, usted debe participar en pedagogía para cerrar medida correctiva de pedagogía. Además, podrás obtener un descuento del 25% de descuento si realizas la pedagogía dentro de los 5 primeros días habiles a partir de la fecha de comparendo. Sin embargo, podrás obtener un descuento del 25% si realizas la pedagogía dentro de los 5 primeros días habiles a partir de la fecha de comparendo. Usted ya se inscribió a una pedagogía. Para acceder dirijase a {{comparendo.pp.programacionPedagogia.lugar}} Usted ya realizó una pedagogía. Ver Certificado |
Su comparendo ya fue conmutado por pedagogía Si desea apelar esta medida correctiva dirijase a: {{comparendo.inspeccion}} Se registró un pago el {{comparendo.fechaPago.timestamp * 1000| date:'yyyy-MM-dd'}}. Este comportamiento no tiene medida correctiva de multa. |
Advertencia! En este momento no existen pedagogías disponibles, para mayor información comuníquese con la Oficina de Control a Sanciones al (2) 8965511.
Lugar: {{pedagogia.lugar}} Duración: {{pedagogia.duracion}} minutos Fecha: {{pedagogia.fecha.timestamp * 1000| date:'yyyy-MM-dd'}} Hora: {{pedagogia.hora.timestamp * 1000| date:'HH:mm:ss'}} Actividad: {{pedagogia.nombrePedagogia}} Descripción: {{pedagogia.descripcionPedagogia}} {{pedagogia.observaciones}} |
Contacto
Si su comparendo no aparece en esta búsqueda o desea mayor información por favor comuniquese con la Ventanilla Única de Atención al Ciudadano
Centro Administrativo Municipal (CAM) Avenida 2 Norte #10 - 70. Santiago de Cali - Valle del Cauca - Colombia.. email: control.sanciones@cali.gov.co
Preguntas frecuentes
Las multas generales se clasifican de la siguiente manera:
Multa Tipo 1: Cuatro smdlv.
Multa Tipo 2: Ocho smdlv.
Multa Tipo 3: Dieciséis smdlv.
Multa Tipo 4: Treinta y dos smdlv.
1. Comportamientos de los organizadores de actividades que involucran aglomeraciones de público complejas.
2. Infracción urbanística.
3. Contaminación visual.
1. Amonestación.
2. Participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia.
3. Disolución de reunión o actividad que involucra aglomeraciones de público no complejas.
4. Expulsión de domicilio.
5. Prohibición de ingreso a actividad que involucra aglomeraciones de público complejas o no complejas.
6. Decomiso.
7. Multa General o Especial.
8. Construcción, cerramiento, reparación o mantenimiento de inmueble.
9. Remoción de bienes.
10. Reparación de daños materiales de muebles o inmuebles.
11. Reparación de daños materiales por perturbación a la posesión y tenencia de inmuebles o muebles.
12. Restablecimiento del derecho de servidumbre y reparación de daños materiales.
13. Restitución y protección de bienes inmuebles.
14. Destrucción de bien.
15. Demolición de obra.
16. Suspensión de construcción o demolición.
17. Suspensión de actividad que involucre aglomeración de público compleja.
18. Suspensión temporal de actividad.
19. Suspensión definitiva de actividad.
20. Inutilización de bienes.
1. Cancelar el cincuenta (50%) del valor de la multa general en cualquiera de sus cuatro tipos, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, lo cual constituye descuento por pronto pago.
2. A cambio del pago de la multa general tipo 1 y 2 señalada en la orden de comparendo y dentro de los cinco días hábiles siguientes a la expedición, podrá solicitar que se conmute la multa por la participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia.
Deberá acudir dentro de los tres (3) días hábiles siguientes ante la Inspección de Policía de la jurisdicción donde ocurrieron los hechos, para OBJETAR EL COMPARENDO y ejercer su derecho a la defensa, en audiencia pública, la cual será agendada y notificada por el medio más expedito.
? Dentro del primer mes:
- Cobro de Interés moratorio tributario vigente.
- Reporte al Registro Nacional de Medidas Correctivas.
- Después de noventa (90) días, cobro coactivo con interés de mora y costos del cobro coactivo.
? Después de seis (6) meses la persona no podrá:
- Obtener, renovar permiso tenencia o porte de armas.
- Ser nombrado, ascendido en cargo público.
- Ingresar a las escuelas de formación de la Fuerza Pública.
- Contratar, renovar contrato con cualquiera entidad del Estado.
- Obtener, renovar registro mercantil ante las Cámaras de Comercio.