Evaluación de Gerentes Públicos
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Publicación:
01/07/2010
La Ley 909 de 2004, dispone que los empleados que ejerzan funciones gerenciales en las entidades públicas, están obligados a actuar con objetividad, transparencia y profesionalidad en el ejercicio de su cargo, y sujetos a la responsabilidad de la gestión, lo que significa que su desempeño será valorado de acuerdo con los principios de eficacia y eficiencia.
La evaluación de la gestión gerencial se realizara con base en los Acuerdos de Gestión, documentos suscritos por el Gerente Público con su Superior Jerárquico, en los cuales se concretan los compromisos adoptadlos con fundamento en los planes, programas y proyectos de la entidad para la correspondiente vigencia.
El Acuerdo de Gestión debe estar muy ligado a la planeación institucional, y debe pactarse para una vigencia anual que coincida con los períodos de programación y evaluación previstos en el ciclo de evaluación de la entidad.
El Acuerdo de Gestión debe ser producto de un proceso concertado entre el Superior Jerárquico y cada Gerente Público, entendiendo la concertación como un espacio de intercambio de expectativas personales y organizacionales, sin que se vea afectada la facultad que tiene el nominador para decidir.
Para que el Gerente Público y su Superior Jerárquico concierten y formalicen el Acuerdo de Gestión se prevé un plazo no mayor a cuatro (4) meses, contados a partir de la fecha de posesión del cargo.
Su evaluación debe realizarse en un plazo no mayor de tres (3) meses, contado a partir de la finalización de la vigencia del Acuerdo; sin embargo, es conveniente que este proceso se realice antes de que se surtan las evaluaciones del desempeño de los funcionarios de carrera, para que sirva de referente de las mismas.
El Departamento Administrativo de la Función Pública diseñó una metodología para concertar, hacer seguimiento y evaluar los Acuerdos de Gestión, la cual fue adoptada por la Administración Municipal, a través del Decreto No. 411.0.20.0717 de 2008.
Calidad de Vida Laboral
Isabel Cristina Rodríguez Cajíao