Registro de ejemplares caninos de manejo especial

Trámite

Parcialmente en línea

Tipos de ayuda:

Interactiva

Se conoce como: Registro de caninos de manejo especial, Registro de Perros Potencialmente peligrosos, Registro especies caninas de razas de manejo especial

Dependencia:

Secretaría de Salud Pública

Descripción:

Obtener el registro en el censo de caninos de razas de manejo especial y posterior permiso para poseer los ejemplares que presenten una o más de las siguientes características: 1. Caninos que han tenido episodios de agresiones a personas; o le hayan causado la muerte a otros perros 2. Caninos que han sido adiestrados para el ataque y la defensa 3. Caninos que pertenecen a una de las siguientes razas o a sus cruces o híbridos: American staffordshire terrier, bullmastiff, dóberman, dogo argentino, dogo de burdeos, fila brasileiro, mastín napolitano, bull terrier, pit bull terrier, american pit bull terrier, de presa canario, rottweiler, staffordshire terrier, tosa japonés.

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  • Adulto (Entre los 18 y los 59 años)

  • Adulto mayor (De 60 años en adelante)

  • Extranjeros


Personas Jurídicas
  • Instituciones o dependencias públicas

  • Organizaciones



Localización

Lugar de atención:

Centro de Zoonosis.

Dirección: Carrera 9 Nro. 27 – 07 Barrio Industrial Los Mangos.

Teléfono: 4411524 - 4424229

Horario de Atención: Lunes a viernes de 7: 30 a.m. a 12:30 p.m. y de 1:30 p.m. a 5:30 pm.

 

Lugar de pago: Banco de Occidente, Cuenta de ahorros Nro. 001988237, Nombre de cuenta Fondo Local de Salud Occidente Municipio Cali - Centro de Zoonosis.

Responsable: Secretaría de Salud Pública Municipal de Cali

Tiempo de respuesta: 1 día hábil

Documentos requeridos

1) Solicitud de Registro de Perros potencialmente peligrosos. (Original)

2) Póliza. (Original) 

Anotaciones adicionales: de responsabilidad civil extracontractual, la que cubrirá la indemnización de los perjuicios patrimoniales que los ejemplares caninos ocasionen a personas, bienes, o demás animales. NOTA: Este requisitos será exigible hasta tanto el Gobierno Nacional reglamente el parágrafo único del artículo 127 de la Ley 1801 de 2016 “Por el cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia”, relacionado con la expedición de las pólizas de responsabilidad civil extracontractual

Cuando no sea posible su obtención o propietario que se abstenga de adquirir la póliza de responsabilidad civil extracontractual, acarreará con todos los gastos para indemnizar integralmente al (los) afectado (s) por los perjuicios que ocasione el ejemplar, sin perjuicio de las sanciones que establezca la ley.

3) Registro de vacunas del ejemplar. (Original)

Anotaciones adicionales: Las cuales deben encontrase al día firmado y con número de matrícula profesional del médico veterinario que lo expide.

 

Verificaciones de la Institución

1) Valoracion sanitaria y conductual : Conocer el lugar de ubicación del propietario, el nombre del ejemplar canino, las características fenotípicas del ejemplar que hagan posible su identificación, el lugar habitual de residencia del animal y si está destinado a convivir con los seres humanos o si será destinado a la guarda, protección u otra tarea específica.

2) Radicar la documentación requerida y presentar el animal en el Centro de Zoonosis.

Verificación de la Institución: Verificar el estado sanitario y presencia o aplicación de sistema de identificación (microchip) para la expedición del registro en el censo de perros potencialmente peligrosos.

Nota: para cumplir con esta acción no debe adjuntar ningún soporte. La institución verificará que usted cumpla con lo que se solicita

Enlaces

Versión 7.0.1

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