Cancelación de la personería jurídica de las organizaciones comunales de primero y segundo grado

Trámite

Presencial

Se conoce como: Organizaciones comunales

Dependencia:

Secretaría de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana

Descripción:

Cancelación del reconocimiento legal que se impone a una organización comunal por violación de las normas legales y estatutarias o por disolución de la organización.

Dirigido a
Temática
  • Urbanismo

  • Social


Personas Jurídicas
  • Organizaciones



Localización

Lugar de atención:

Alcaldía Distrital de Santiago de Cali - CAM

Dirección: CAM Avenida 2norte #10 - 70

Horario: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:30 p.m. en Jornada Continua.

Teléfono: 195, (57) (602) 8879020 y 018000222195.

Responsable: Secretaría de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana

Tiempo de respuesta: 15 días hábiles

Documentos requeridos

1) Solicitud de cancelación de personería jurídica. (Original)

Anotaciones Adicionales: Dirigida a la secretaría de gobierno o su equivalente en el que se solicite la cancelación de la personería por disolución de la organización. Dirigida en el caso de la Alcaldía de Cali a la Secretaría de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana.

2) Acta de asamblea. (Original)

Anotaciones adicionales: Donde se acuerde la disolución de la entidad por motivos tales como: inactividad total de la organización, la imposibilidad de cumplir el objeto social o por necesidad de fusionarse con otra organización comunal vecina.

3) Decisión de la entidad que ejerce inspección, control y vigilancia. (Original)

Anotaciones adicionales: En la que se evidencie la existencia del presunto incumplimiento.

Excepción: En caso que exista un presunto incumplimiento de las obligaciones impuestas por la ley y sus reglamentos por parte de un organismo de acción comunal.

Enlaces

Versión 7.0.1

Powered by Nexura