Formulación y radicación de planes especiales de manejo y protección para los bienes inmuebles de interés cultural
Trámite
PresencialObtener la aprobación de la propuesta del Plan Especial de Manejo y Protección para los Bienes Inmuebles de Interés Cultural – PEMPBICM, desarrollado conforme a lo establecido en ley 1185 de 2008 y Decreto 1080 de 2015 para poder intervenir un bien de interés cultural garantizando su conservación, sostenibilidad en el tiempo y su divulgación a la ciudadanía en general
Urbanismo
Ciudadanos
Extranjeros
Instituciones o dependencias públicas
Organizaciones
Lugar de atención:
Ventanilla Única de Atención al Ciudadano
Dirección: Avenida 2 Norte # 10 - 70 Centro Administrativo Municipal CAM
Horario de Atención de 8:00 am a 4:30 pm en jornada continua.
Telèfono: (602) 8879020
Responsable: Departamento Administrativo de Planeación Municipal
Tiempo de respuesta: 30 Día(s) Hábiles
1) Carta de solicitud. (Original)
2) Documento técnico de soporte de análisis y diagnóstico. (Original)
Anotaciones adicionales: El cual debe 1. Definir las condiciones para la articulación de los bienes con su contexto físico, arquitectónico, urbano o rural, los planes preexistentes y su entorno socio-cultural, partiendo de la conservación sus valores, mitigación de sus riesgos y el aprovechamiento de sus potencialidades. 2. Precisar las acciones de protección de carácter preventivo y/o correctivo que sean necesarias para la conservación los bienes. 3. Establecer las condiciones físicas, de mantenimiento conservación y rehabilitación de los bienes. 4. Establecer mecanismos o determinantes que permitan la recuperación y sostenibilidad de los bienes. 5. Generar las condiciones y estrategias para el mejor conocimiento y la apropiación de los bienes por parte de la comunidad, con el fin de garantizar su conservación y su transmisión a las futuras generaciones. 6. Armonizar y garantizar la regulación de usos del suelo, la ocupación y el aprovechamiento para la protección del BIC e integración con el entorno local. 7. Estudio histórico y valoración del BIC. 8. Diagnóstico físico-espacial. 9. Para el caso de los BIC del Grupo Arquitectónico, el PEMP debe contener un registro fotográfico y planimetría. 10. Identificación y caracterización de las manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial asociados al BIC. 11. Identificación y caracterización de los bienes muebles de interés cultural asociados al BIC.12. Diagnóstico socioeconómico. 13. Diagnóstico legal e institucional. 14. Diagnóstico administrativo y financiero. 15. Síntesis del diagnóstico.
3) Documento técnico de soporte Propuesta integral. (Original) (A escala y formato adecuado 1:2000 a 1:5000)
Anotaciones adicionales: Que incluya: 1. Aspectos generales del Plan. 2. Delimitación del área afectada y de su zona de influencia. 3. Niveles permitidos de intervención. 4. Condiciones de manejo. 5. Plan de Divulgación. 6. Definición del proceso de seguimiento de la ejecución del PEMP.
4) Cartografía. (Original) (A escala y formato adecuado 1:2000 a 1:5000)
Anotaciones adicionales: La constituyen las delimitaciones, propuesta general, de programas y proyectos, planos de normativa y clasificación de inmuebles. Las delimitaciones deben estar en un plano que contenga los límites del área urbana, del área rural, del área afectada y de su zona de influencia.
5) Presentación de síntesis del Plan Especial de Manejo y Protección - PEMP. (Original)
Anotaciones adicionales: Es una presentación del Plan Especial de Manejo y Protección - PEMP en un programa digital a fin de contar con un instrumento para la difusión y presentación ante los diferentes actores involucrados.
Verificaciones de la Institución
1. Contar con el Documento resumen. Anotaciones Adicionales: El cual consiste en el resumen o memoria explicativa como medio de divulgación y socialización para que la ciudadanía conozca la síntesis y conclusiones generales del mismo. La memoria debe contener una explicación de los objetivos, las estrategias del PEMP y las principales líneas de acción formuladas a partir del diagnóstico, de forma tal que se identifiquen los problemas y su propuesta de solución.
2.Contar con Documento Normativo. Anotaciones Adicionales: Contenido de resolución que aprueba el PEMP que deberá contener:
2.1. Indicar el acto de declaratoria.
2.2. Normatividad aplicable al PEMP.
2.3. Objetivos generales y específicos.
2.4. Estrategias de corto, mediano y largo plazos para el cumplimiento de los objetivos.
2.5. Delimitación del área afectada y de la zona de influencia del BIC, con la identificación de los inmuebles que los conforman, mediante su ubicación, nomenclatura, folio de matrícula y registro catastral.
2.6. Niveles de intervención.
2.7. Competencia y delegaciones para autorizar intervenciones, si así lo considera la autoridad competente.
2.8. Condiciones de manejo del BIC y estructura de unidad de gestión.
2.9. En caso de existir manifestaciones de patrimonio cultural Inmaterial en relación con el BIC y su zona de influencia se deben establecer lineamientos para su salvaguardia.
2.10. Plan de divulgación.
2.11. Cartografía en el caso de los PEMP de inmuebles o paisajes culturales.
2. 12. Actividades económicas para el caso de bienes del grupo urbano, reflejados en los códigos CIIU.
3.Contar con Documento.
Anotaciones Adicionales: Las actas deben certificar la participación ciudadana en el proceso de formulación del PEMP; como ejemplo se mencionan: el acta del Consejo Territorial, las juntas de acción comunal, las veedurías ciudadanas y los Vigías del Patrimonio, entre otros.
- Típo de gestión
- Estado automatización
- Costo
- Organismos
-
- Departamento Administrativo De Gestión Medio Ambiente - DAGMA
- Secretaría de Salud Pública
- Secretaría de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana
- Secretaria de Educación
- Departamento Administrativo de Planeación Municipal
- Departamento Administrativo de Hacienda Municipal
- Secretaría de Movilidad
- Secretaría del Deporte y la Recreación
- Secretaría de Desarrollo Económico
- Secretaría de Seguridad y Justicia
- Secretaría de Bienestar Social
- Secretaría de Paz y Cultura Ciudadana
- Secretaría de Cultura
- Departamento Administrativo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
- Secretaría de Vivienda Social y Habitat
- Secretaría de Infraestructura
- Departamento Administrativo de Desarollo e Innovación Institucional
- Departamento Administrativo de Control Disciplinario Interno
- Departamento Administrativo de Control Interno
- Departamento Administrativo de Gestión Jurídica Pública
- Secretaría de Gobierno
- Unidad Administrativa Especial de Gestión de Bienes y Servicios
- Temática
- Personas Naturales
-
- Ciudadanos
- Adulto (Entre los 18 y los 59 años)
- Adulto mayor (De 60 años en adelante)
- Cabeza de familia
- Desplazado
- Grupos étnicos
- Infancia (Entre los 0 y los 12 años)
- Juventud (Entre 13 y 17 años de edad)
- Miembros fuerzas militares y policía
- Personas en condición de discapacidad
- Víctima (Quien sufre un daño o perjuicio)
- Extranjeros
- Personas Jurídicas