Apertura de nueva sede de un establecimiento educativo

Trámite

Presencial

Dependencia:

Secretaria de Educación

Descripción:

Autorización para apertura de nueva sede de un establecimiento educativo de educación formal o educación para el trabajo y el desarrollo humano.

Dirigido a
Temática
  • Educación


Personas Naturales
  • Ciudadanos

  • Adulto (Entre los 18 y los 59 años)

  • Adulto mayor (De 60 años en adelante)

  • Cabeza de familia

  • Desplazado

  • Grupos étnicos

  • Miembros fuerzas militares y policía

  • Personas en condición de discapacidad

  • Víctima (Quien sufre un daño o perjuicio)

  • Extranjeros


Personas Jurídicas
  • Instituciones o dependencias públicas

  • Organizaciones

  • Grandes empresas

  • Micro, pequeña y mediana empresa

  • Organizaciones sin ánimo de lucro



Localización

Lugar de atención:

Dirección: Torre Alcaldía del Centro Administrativo Municipal CAM, avenida 2N entre calles 10 y 11

Teléfono: 660 32 28

Horario de atención: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:30 p.m. y de 2:00 a 5:30 p.m.

 

 

Lugar de pago: Banco de occidente Cuenta de ahorro Numero de cuenta: 001-97799-0

Responsable: Secretaría de Educación Municipal

Tiempo de respuesta: 70 días hábiles

Pagos

Requiere Pago: Si

Costo:

Derechos del trámite por valor: 5 SMMLV
Excepción: El cobro del trámite cambio de propietario solo aplica para establecimientos de educación para el trabajo y el desarrollo humano.

Documentos requeridos

1) Solicitud escrita del trámite. (Original)

Anotaciones Adicionales: (Cuando Aplique)
Indicando modificación de la licencia de funcionamiento por la novedad apertura de nueva sede. Esta deberá contener el número de cédula de ciudadanía o extranjería si el propietario es persona natural o el Número de Identificación Tributaria - NIT si el propietario es persona jurídica e indicar los números de: Concepto de uso del suelo, concepto sanitario, NIT, número de matrícula inmobiliaria.

2) Licencia de construción (Copia)

Anotaciones adicionales: Este documento puede ser remplazado por el acto de reconocimiento para los casos que ya existan las edificaciones.

3) Contrato o convenio de uso del bien inmueble escolar preferiblemente con duración mínima para una cohorte de estudiantes en caso de que el inmueble sea arrendado. (Copia)

4) Certificado de seguridad expedido por el Cuerpo de Bomberos Voluntarios. (Original)

Verificaciones de la institución

1) Tener licencia de funcionamiento.

2) Contar con el registro actualizado de las firmas del rector (a) y del secretario (a) académico.

3) Estar autorizado según el Plan de Ordenamiento Territorial para ejercer una actividad educativa en el territorio.

4) Contar con las condiciones sanitarias favorables de acuerdo a lo estipulado en el Articulo 47 del Decreto 2150 de 1995.

5) Contar con concepto técnico previo favorable de la Comisión Intersectorial para Talento Humano en Salud, si el establecimiento de educación para el trabajo y el desarrollo humano ofertará programas de auxiliares en salud en la nueva sede.

6) Contar con infraestructura física, equipamiento, recursos técnicos y dotación adecuada necesaria para la oferta del servicio educativo.

7) Contar con los equipos, elementos y materiales básicos para el funcionamiento de los programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano. Si se trata de programas del área de la salud los equipos, elementos y materiales deben cumplir con lo establecido en el Acuerdo 114 de 2010.

Exepción: Este trámite no aplica para apertura de nueva sede de una instución educativa oficial toda vez que estos son procedimientos administrativos de manejo interno de la entidad y no media una solicitud por parte del usuario.

 

Enlaces

Versión 7.0.1

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