Funciones del organismo


Aseo públicoAprovechamientorcdAlumbrado públicoAlumbrado ornamental y navideñoAntenasAgua potableMínimo vitalLixiviadosCUR

Nuestras funciones, según Decreto extraordinario No. 516 de 2016 son:

  • Diseñar las estrategias, planes y programas para el manejo integral de los residuos sólidos, alumbrado público y servicios funerarios.
  • Dirigir y coordinar la prestación de los servicios públicos propios del manejo integral de residuos sólidos, el servicio de alumbrado público y los servicios funerarios.
  • Realizar el seguimiento y la evaluación de los servicios propios del manejo integral de residuos sólidos, alumbrado público y servicios funerarios.
  • Promover la participación democrática de los usuarios de los servicios a su cargo.
  • Realizar el seguimiento a los prestadores y operadores de los servicios públicos. 
  • Realizar los estudios técnicos que permitan la prestación de los servicios públicos con calidad, cobertura y continuidad.
  • Promover la participación de los usuarios en la gestión y fiscalización de las entidades que prestan servicios públicos.
  • Otorgar a los usuarios de servicios públicos domiciliarios los subsidios, de acuerdo con lo dispuesto en la normatividad. 
  • Administrar el Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos del orden municipal para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, conforme a la normatividad vigente.
  • Realizar el reconocimiento del pago del programa de mínimo vital de Agua Potable, para los suscriptores residenciales de los estratos 1 y 2 del Municipio y la zona rural.
  • Compilar y reportar la información de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo en el Sistema Único de Información - SUI
  • Ejercer la coordinación intersectorial, interinstitucional y con la sociedad civil organizada en el marco de la ¡implementación del Sistema de Gestión de Residuos Sólidos.
  • Otorgar las autorizaciones para la instalación de infraestructura de TIC en el municipio.
  • Administrar la prestación del servicio de alumbrado público y supervisar los prestadores del mismo.

  • Diseñar e implementar el alumbrado ornamental y navideño.
  • Administrar la prestación del servicio de recolección de residuos sólidos, poda de árboles y césped, y supervisar los prestadores del mismo.
  • Cumplir y coordinar con los demás organismos y entidades el cumplimiento de las sentencias proferidas por las jurisdicciones constitucional y de lo contencioso administrativo, proferidas en contra de la entidad territorial, en aquellos asuntos relacionados con el propósito de la Unidad. 
  • Operar el sistema de tratamiento de lixiviados del antiguo sitio de disposición final de Navarro.
  • Realizar las actividades de post clausura del antiguo sitio de disposición final de Navarro. 
  • Mantener actualizado el censo de recicladores de oficio de acuerdo a la normatividad vigente. 21. Implementar el esquema de aprovechamiento de residuos sólidos domiciliarios.
  • Implementar el control de residuos sólidos domiciliarios. 
  • Implementar la infraestructura del esquema de aprovechamiento de residuos sólidos domiciliarios.
  • Implementar el esquema de aprovechamiento de residuos de construcción y de demolición. 

  • Promover la conformación de las Juntas Administradoras de Agua o Asociaciones de Usuarios para la administración de los acueductos rurales.
  • Coordinar el Comité de Inclusión Social de Recicladores de oficio.
  • Realizar la construcción, ampliación y mejoramiento de la infraestructura de servicios de acueducto y alcantarillado en la zona rural que se encuentre debidamente regularizada, en proceso de regularización urbanística o con concepto viable expedido por el Departamento Administrativo de Planeación Municipal.
  • Suministrar apoyo técnico y social a los pequeños prestadores de Servicios públicos de acueducto y alcantarillado de conformidad a los recursos existentes.
  • Desarrollar las demás funciones y negocios que le sean asignadas acordes con su competencia. Parágrafo. La prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado en la zona rural será prestada por las empresas de servicios públicos de carácter oficial, privado o mixto o quien en el marco de la Ley 142 de 1994, pueda hacerlo. 

 

 

 


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Fecha de publicación 29/01/2018
Última modificación 22/03/2024

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