´Cali Virtual´ recibe respaldo de Acrip

´Cali Virtual´ recibe respaldo de Acrip


Las cifras que registra Cali por COVID-19 han impulsado nuevas medidas, entre estas el llamado hecho desde la Secretaría de Salud Pública Municipal, SSPM, a evitar al máximo la movilidad de los trabajadores en la ciudad. 


Durante los dos últimos meses la vigilancia epidemiológica ha detectado 149 casos casos positivos para el nuevo coronavirus, lo que se significa que hay igual número de organizaciones en las que 9.752 personas pudieron haberse contagiado de no haber identificado y aislado a las personas positivas a tiempo.


Bajo este panorama el presidente de la Federación Nacional de Gestión Humana, Acrip, capítulo Valle y Suroccidente, Juan Carlos Ramírez, respaldó la iniciativa: “Invito a todos los empresarios para que solo aquellos trabajadores que sean indispensables de manera presencial en la organización acudan a laborar, así
podremos mitigar y contener los contagios, vamos a unirnos a la campaña Cali Virtual”, mencionó en un mensaje sentido dirigido a los empresarios. 


Según estudio de Acrip, “el 76,2% de las empresas piensa mantener esta modalidad entre uno o dos días a la semana después de la pandemia, así mismo la investigación encontró que una de cada dos empresas en Colombia no contaba con políticas o esquemas de trabajo remoto, mientras que tan solo un 11,2 por ciento ya implementaba actividades de teletrabajo.


Por eso ´Cali Virtual´ es el llamado de la SSPM, a capitalizar de manera positiva la crisis, Miyerlandi Torres, jefe de esta cartera dijo: “En la medida en la que menos personas sean requeridas de manera presencial por las empresas, menos movilidad de personas vamos a tener y por supuesto, menos contactos y contagios, en Colombia, antes de la pandemia habían menos de 200.000 personas realizando su actividad laboral sin ir a un sitio físico, ahora según estimativos de Fasecolda, entre 2 y 3 millones de colombianos laboran así por la pandemia¨.


Es importante además que los trabajadores revisen la Ley 1221 de 2008, la cual contiene la normatividad para el teletrabajo y sepan que para el trabajo remoto el Ministerio de Trabajo, emitió el pasado 4 de junio la circular 041, en la que enfatizó que “el trabajo en casa no puede equipararse al teletrabajo, dado que no contiene los elementos, requisitos y formalidades establecidos en la ley 1221”.

Catalina Chaparro


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Fecha de publicación 28/07/2020
Última modificación 28/07/2020

Versión 7.0.1

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